BOLETÍN Nº 106 - 2 de junio de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 431E/2016, de 22 de abril, de La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela H-2.1 de la Unidad Morfológica H-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Erripagaña, promovido por Abaigar Summa, S.L.U.

Por Resolución 43E/2016, de 22 de enero, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela H-2.1 de la Unidad Morfológica H-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Erripagaña, promovido por Abáigar Summa, S.L.U.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 35, de 22 de febrero de 2016, sometiéndose el citado Estudio de Detalle por plazo de veinte días a lo trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados. Del mismo modo, se publicó en los diarios editados en Navarra, de fecha 26 de febrero de 2016.

Durante el plazo habilitado al efecto no se han presentado alegaciones al mismo.

El instrumento se ajusta a lo establecido en la legislación urbanística en cuanto a tramitación y objeto, de conformidad con el artículo 62 y concordantes de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Así como a la Normativa del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, en concreto a sus artículos 9 y 103.2. Contiene exclusivamente determinaciones de ordenación pormenorizada objeto y competencia de un Estudio de Detalle.

Corresponde la tramitación y aprobación del Estudio de Detalle al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por aplicación del artículo 43.1.d) de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por tratarse de un instrumento que desarrolla un Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Examinado el expediente por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de conformidad con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en virtud de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 137/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1. Aprobar Definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela H-2.1 de la Unidad Morfológica H-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Erripagaña, promovido por Abaigar Summa, S.L.U.

2. Señalar que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de Navarra y notificarla al promotor del expediente, a los Ayuntamientos de Burlada, Pamplona, Huarte y Egüés, a la Junta de Compensación y a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de abril de 2016.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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