BOLETÍN Nº 106 - 2 de junio de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 124E/2016, de 28 de abril, del Director de Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático por la que se concede Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de desdoblamiento de línea eléctrica a 13,2-20 Kv Carcastillo-Mélida y Carcastillo-Murillo, en el término municipal de Carcastillo, promovido por Iberdrola distribución, S.A.

Ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe I del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

El proyecto presentado consiste en el desdoblamiento de la línea de alta tensión doble circuito de 13,2 kv “4634-02-Carcastillo-Mélida y 4634-04-Carcastillo-Murillo” para la mejora del suministro eléctrico en la zona. Para ello se construirá una nueva línea eléctrica aéreo-subterránea. El primer tramo será subterráneo, con una longitud de 90 metros de longitud y partirá de la STR de Carcastillo. El segundo tramo, aéreo, tendrá una longitud de 273 metros, y se sustituirá el actual simple circuito por un doble circuito, excepto en el primer apoyo, donde será necesario instalar dos apoyos de final de línea que permitan la maniobra con seguridad para los operarios.

Consta en el expediente informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo. La Sección de Evaluación Ambiental informa favorablemente el expediente.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 63/2015, de 22 de septiembre de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de desdoblamiento de línea eléctrica a 13,2-20Kv Carcastillo-Mélida y Carcastillo-Murillo, en el término municipal de Carcastillo, promovido por Iberdrola Distribucion, S.A.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

De contenido ambiental:

–Los aisladores utilizados en las cadenas de amarre serán del modelo U70AB66.

–Para reducir el riesgo de electrocución se aislarán en su totalidad los puentes de enlace entre los conductores de línea, seccionadores XS, pararrayos autoválvulas, y entre éstos y las botellas de la conexión. El material utilizado en el aislamiento deberá ser adecuado para trabajos en alta tensión y protección de la avifauna. Por su parte los pararrayos autoválvulas se protegerán con capuchones premoldeados BCAC (“Bushing connection animal cover”) o similares.

–Todas las infraestructuras que quedan fuera de servicio (apoyos, conductores, etc) deberán ser desmontadas.

De contenido urbanístico:

–La presente autorización no ampara la conexión a la red de eléctrica de actividades concretas localizadas sobre terreno clasificado no urbanizable o que pretendan localizarse sobre él.

–Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate. En particular:

  • 1. Siendo que las obras se inician a menos de 25 metros de la línea exterior de la NA-128 Peralta-Carcastillo, carretera de Interés de la Comunidad Foral, el promotor deberá solicitar la correspondiente autorización a la Dirección General de Obras Públicas.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Carcastillo, al Guarderío Forestal (demarcación Tudela) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de abril de 2016.–El Director de Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

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