BOLETÍN Nº 98 - 22 de mayo de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 171/2015, de 5 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se autoriza al Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD) para impartir el bloque común de las actividades de formación deportiva a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en su disposición transitoria primera, dispone que hasta la implantación efectiva de las enseñanzas de una determinada modalidad o especialidad, las formaciones que hayan promovido o promuevan los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o las Federaciones deportivas en el ejercicio de las competencias reconocidas en sus estatutos y reglamentos, estarán sujetas a las siguientes condiciones:

a) El bloque común tendrá el carácter de enseñanzas oficiales y será impartido en centros autorizados por las administraciones competentes.

b) El bloque específico y el periodo de prácticas podrán obtener el reconocimiento a efectos de la correspondencia formativa con las enseñanzas reguladas en el real decreto referido, siempre que se adapten a lo establecido en las normas que dicte el Ministerio de Educación y Ciencia.

c) La superación de la formación de los bloques común y específico y del periodo de prácticas de cada uno de los niveles, podrá dará lugar a la equivalencia profesional que corresponda al ciclo de enseñanza deportiva respectivo de las enseñanzas oficiales en las misma modalidad y especialidad deportiva.

De acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de esta disposición transitoria, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aprobó la Orden ECD /158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. En su artículo 25 dispone que las Administraciones educativas, de acuerdo con la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, son las competentes para autorizar a impartir el bloque común en las condiciones a que se refiere dicha orden a, entre otros, centros públicos promovidos por los órganos competentes en materia de deportes siempre que se cumplan los requisitos mínimos de espacio, equipamiento y profesorado exigidos para el mencionado bloque en los reales decretos de enseñanzas mínimas de los títulos de enseñanzas deportivas que se establezcan como desarrollo del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

El Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD), perteneciente al organismo autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, adscrito al Departamento de Políticas Sociales de la Administración Foral de Navarra, está ubicado en las instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra (Estadio Larrabide). Dicho centro dispone de los espacios, equipamiento, recursos didácticos y profesorado que responde a los requisitos necesarios para la impartición de estas enseñanzas.

Por todo ello, y en virtud de las facultades conferidas en el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Autorizar al Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD) para la impartición del bloque común de las enseñanzas de formación deportiva a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en las condiciones establecidas, con carácter general en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, y específicamente en los términos siguientes:

–La impartición del bloque común de estas enseñanzas se realizará de conformidad a lo dispuesto en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan, entre otras cosas, los aspectos curriculares, los requisitos generales, la evaluación y los efectos de las actividades de formación a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, así como conforme a los desarrollos establecidos en cualquiera de los decretos forales que establecen la estructura y el currículo de los títulos de enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

–La presente autorización será válida para aquellas actividades de formación deportiva correspondientes a las modalidades o especialidades deportivas cuya implantación efectiva no se haya llevado a cabo, y hasta tanto la misma se realice.

–La expedición del certificado de superación del bloque común impartido en el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD) será realizada por dicho centro, previa solicitud de la persona interesada. Dicho certificado de superación se ajustará a lo establecido en el artículo 19 y demás concordantes de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, conforme al modelo contenido en el anexo de la presente orden foral.

–La convalidación de módulos del bloque común podrá ser declarada por el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD), de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

4.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Formación Profesional, a la Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional, a la Dirección Gerencia y a la Subdirección General de Deporte, ambas del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, así como al Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte.

Pamplona, 5 de mayo de 2015.–El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.

Código del anuncio: F1506811