BOLETÍN Nº 98 - 22 de mayo de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 48/2015, de 8 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se crea un Comité de Expertos en Daño Cerebral Adquirido Infantil.

El Daño Cerebral Adquirido (DCA) es el daño producido en el cerebro con posterioridad al nacimiento que provoca un menoscabo de la salud y calidad de vida de quien lo padece.

Las causas que lo producen son variadas, las más importantes los traumatismos craneoencefálicos (TCE) y los Accidentes cerebro-vasculares (ACV), pero otras lesiones del cerebro como tumores, infecciones cerebrales, anoxias, etc, también son capaces de producirlo.

El cerebro es el órgano que controla todas las funciones vitales, por lo que cualquier lesión que se produzca en él puede afectar a cualquier función del organismo en forma de secuelas físicas, psíquicas o sensoriales.

La cuantificación del problema es difícil por el origen diverso de la patología, las distintas manifestaciones que presenta y por la ausencia de criterios homogéneos para definir la lesiones de delimitan el daño cerebral.

En líneas generales el sistema sanitario español garantiza una atención adecuada en las fases iniciales, cuando el paciente se encuentra en estado crítico y la supervivencia es el objetivo prioritario. Superada esa primera fase, cuando se trata de dar continuidad al servicio iniciado en el hospital y de ajustar los objetivos a las fases por las que pasa la persona con DCA y su familia, la atención es más desigual, y es especialmente dificultosa cuando los déficits se manifiestan en forma de cambios de personalidad o desórdenes emocionales y las necesidades principales se relacionan con los aspectos más sociales de la persona.

En el caso de la infancia hemos de tener en cuenta que el cerebro está en desarrollo por lo que sólo conforme se van cubriendo las etapas evolutivas que activan las áreas cerebrales se van viendo algunas carencias producidas por el DCA lo que implica mayor dificultad diagnóstica, una necesidad de seguimiento más prolongada que en un adulto y una más difícil cuantificación del problema.

En Navarra, mediante Orden Foral 60/2003, de 15 de mayo, del Consejero de Salud, se creó la Unidad de Daño Cerebral y Medular, dependiente del Servicio de Rehabilitación, en la Clínica Ubarmin, para dar una respuesta integral biopsicosocial a la problemática de estos pacientes.

Como se recoge en dicha Orden Foral para dar respuesta a las necesidades de pacientes y familiares es necesario una rehabilitación integral que permita el restablecimiento funcional más óptimo posible y facilite un adecuado nivel de integración biopsicosocial.

La Unidad de Daño Cerebral y Medular de la Clínica Ubarmin atiende a pacientes adultos pero también en el caso de los menores es necesario establecer una metodología de atención que tenga perspectiva multidisciplinar, integre a la familia, facilite el restablecimiento funcional y se coordine con otros servicios, especialmente con servicios de los Departamentos de Política Social y Educación.

Por todo ello y de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Orden Foral de 12 de enero de 1990, del Consejero de Salud, sobre estructuración de la asesoría científico-técnica en materia de salud, se considera necesario proceder a la constitución de un comité de expertos en Daño Cerebral Adquirido Infantil.

ORDENO:

1. Se crea el Comité de Expertos en Daño Cerebral Adquirido Infantil.

2. El citado Comité estará compuesto por los siguientes miembros:

–Doña Isabel Ansa Erice, Directora General de Salud que actuará como Presidenta del Comité.

–Doña María Ángeles Goñi Herranz, Subdirectora de Servicios médicos del Complejo Hospitalario de Navarra.

–Don Jesús Alfredo Martínez Larrea, Director de Salud Mental del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

–Doña M.ª Jesús Condón Huerta, Jefa de Servicio de Rehabilitación del Complejo Hospitalario de Navarra.

–Don Sergio Aguilera Albesa, Facultativo Especialista de Pediatría del Complejo Hospitalario de Navarra.

–Doña M.ª José Lasanta Sáez, Jefa de Sección de Innovación y evaluación del Servicio de Investigación, Innovación y Formación sanitaria del Departamento de Salud.

3. Las del Comité son las siguientes funciones:

a) Tipificar y cuantificar el problema del Daño Cerebral Adquirido infantil en la Comunidad Foral de Navarra.

b) Analizar la accesibilidad, adecuación y continuidad de los dispositivos asistenciales de la administración pública de Navarra para estos pacientes.

c) Detectar las áreas de mejora en la Comunidad Foral para favorecer una atención integral e integrada de este colectivo.

d) Proponer un modelo de atención acorde con las necesidades del colectivo y de sus familias y con los planes y programas del Departamento de Salud.

e) Determinar las necesidades para responder al modelo planteado.

f) Establecer los indicadores necesarios para el seguimiento de la atención a este colectivo y el análisis de la eficacia y eficiencia de las actuaciones.

4. Actuaría como Secretaria del Comité una persona elegida por el mismo de entre sus miembros.

5. El Comité podrá ser asistido por los asesores especialistas que se considere oportuno.

6. El Comité se regirá por la presente Orden Foral y por sus normas de funcionamiento interno.

7. La presente Orden Foral surtirá efecto desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 8 de abril de 2015.–La Consejera de Salud, Marta Vera Janín.

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