BOLETÍN Nº 87 - 7 de mayo de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación definitiva del Plan Especial para la instalación de ascensor en edificio de viviendas sito en avenida Baja Navarra, 6

El Ayuntamiento de Tafalla, en sesión ordinaria de Pleno celebrada el 31 de marzo de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

Tras su aprobación inicial en sesión de Junta Local de Gobierno de fecha 27 de enero de 2015, ha sido sometido a información pública durante el plazo de un mes mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 34 de 19 de febrero de 2015, así como en los medios de prensa diaria editados en la Comunidad Foral, Diario de Navarra y Diario de Noticias el día 12 de febrero de 2015, sin que durante el periodo de exposición pública se hayan formulado alegaciones.

Visto el informe del Director del Área Urbanística de fecha 26 de marzo de 2015, así como el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo de la misma fecha,

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar definitivamente el Plan Especial para la instalación de ascensor en edificio de viviendas situado en avendia Baja Navarra, número 6 (polígono 35, parcela 89), promovido por la Comunidad de Propietarios de avenida Baja Navarra, número 6.

Segundo.–Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de Anuncios Municipal del acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial.

Tercero.–Remitir un ejemplar del documento definitivamente aprobado junto con el presente acuerdo, al Departamento de Fomento de Gobierno de Navarra, en el plazo de diez días siguientes a la aprobación definitiva.

Cuarto.–Notificar el presente acuerdo al promotor, a los afectados, al Área de Urbanismo, Policía Municipal, Área Económica y Secretaría General a los efectos oportunos.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

a) Recurso de alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados contencioso administrativos Navarra (o la Sala correspondiente) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la resolución del recurso.

NORMATIVA URBANISTICA

Se trata de proponer una solución que teniendo en cuenta los condicionantes y el planteamiento de una solución para la intervención que se desea realizar, no suponga como se ha expuesto un aumento de la edificabilidad ni del aprovechamiento del conjunto, entendido de la forma que se contiene en la norma citada.

Se plantearía así la posibilidad de construcción de un volumen saliente en las plantas elevadas, que respete la alineación actual en planta baja y se desarrolle de acuerdo a lo siguiente:

–Alineaciones exteriores:

Serán las que figuran en el plano número 2 y corresponden a las existentes y al cuerpo en vuelo, de dimensiones 2,40 x 1,46 m, que ocuparía la parte central (ligeramente hacia la derecha) de la fachada a la avenida de la Baja Navarra.

Esto añade una superficie en plantas elevadas de 3,50 m², lo que daría un total de 17,5 m² entre las cuatro plantas más el acceso a la entrecubierta.

–Alineaciones interiores y ocupación:

No se modifican. Las instalaciones de un aparato elevador adaptado, implica la demolición de las actuales escaleras y la construcción de otras nuevas. El volumen exterior se construye para ese fin, pero no se efectúan más obras ni se aumenta la superficie de las viviendas, portal, zonas comunes de la edificación o la ocupación del suelo que se da en este momento.

–Envolvente de la edificación:

Sería la formada por el volumen actual más el añadido en la fachada principal. No se van a variar las rasantes ni se eleva la cubierta. El elevador previsto, no precisa la construcción de un “casetón” sobre la misma, por lo que se mantienen las características volumétricas existentes salvo en lo referente al volumen adosado que se ha indicado.

Contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tafalla, 14 de abril de 2015.–La Alcaldesa-Presidenta, Cristina Sota Pernaut.

Código del anuncio: L1505940