BOLETÍN Nº 81 - 28 de abril de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

AOIZ

Aprobación definitiva de Estudio de Detalle

El Pleno del Ayuntamiento de Aoiz, en sesión celebrada el día 1 de abril de 2015 adoptó entre otros el acuerdo de aprobar definitivamente el proyecto de estudio de detalle para alineación de fachadas, eliminación de barreras arquitectónicas e instalación de ascensor en calle Toki Eder número 1 y 2, presentado por la comunidad de propietarios de la calle Toki Eder número 1 y 2.

Lo que se publica de conformidad con lo prevenido en el artículo 81.1 de la Ley 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Aoiz, 7 de abril de 2015.–El Alcalde, Unai Lako Goñi.

ANEXO

Memoria justificativa. Promotor y objeto. Por encargo de comunidad de propietarios de Toki Eder, con C.I.F.: H 31278609 y domicilio en calle Toki Eder, 1 y 2, 31430 (Aoiz), a través de su presidente de la comunidad, don Isidro Manuel Otano Remiro, con D.N.I.: 72634235 M, se procede a la elaboración del presente Estudio de Detalle por parte de Iñaki Ayechu Echarte, Arquitecto Técnico, para la supresión de barreras arquitectónicas e instalación de ascensores en base al cumplimiento de las determinaciones recogidas en las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (P.G.O.U.) de Aoiz. El presente Estudio de Detalle hace referencia a la parcela 210 del polígono 1 subárea 1, perteneciente zona ordenada a Z.O.1.1, en el término de municipal Aoiz (Navarra). Dicha parcela presenta fachada hacia trasera frontón municipal y hacia las calles Toki Eder e Irigai, tal como se muestra en los Planos de Información que acompañan al presente Estudio de Detalle. Procedencia de su formulación. Las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (P.G.O.U.) de Aoiz, Normas pormenorizadas, zona ordenada Z.O.1.1, referente a determinaciones de eliminar barreras arquitectónicas, establecen la obligatoriedad de realizar el correspondiente Estudio de Detalle previamente a la ejecución de esta actuación. Asimismo, determina que dicho Estudio de Detalle se someterá al conocimiento y aprobación por parte del Ayuntamiento de Aoiz, previamente a la concesión de cualquier licencia. Bajo la necesidad de realizar las obras previstas para la instalación de ascensores y de supresión de barreras arquitectónicas en el citado bloque y en cumplimiento de estas disposiciones, se procede a la redacción del presente Estudio de Detalle, de acuerdo a las directrices recogidas para la redacción de este tipo de documentos, los cuales se ajustarán a los artículos 62 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, por la que se aprueba la Ley de ordenación del territorio y urbanismo.

Memoria descriptiva. Descripción del edificio. El edificio de viviendas objeto de este estudio de detalle consta de planta baja más 3, de la cuales en planta baja está destinada en su mayoría a locales comerciales y almacenes y el resto de plantas son de viviendas, con un total de 21, 12 en el portal 1 y 9 en el portal 2. En ambos portales está prevista la colocación de ascensores y la eliminación de barreras arquitectónicas. Su estructura es porticada con fachada tradicional de doble hoja en la que se combina ladrillo cerámico caravista y revestimiento de mortero con protección de pintura plástica. La cubierta es inclinada con cobertura de teja cerámica tipo árabe. Nos encontramos dos situaciones diferentes. Sobre el portal 2 no se precisa descripción en este estudio de detalle a consecuencia que no está previsto que quede fuera de alineaciones de fachada y cubierta y por lo tanto no aumenta el volumen del edificio. Por otro lado el portal 1 requiere un estudio y descripción detallada para poder ser aprobada la instalación del ascensor por parte del Ayuntamiento de Aoiz. Soluciones adoptadas. Se presenta la opción de hacer la instalación por fuera de las alineaciones de fachada. La opción presentada para la instalación del ascensor es la más adecuada tanto técnicamente como económicamente lo que conlleva el aprovechamiento fuera de fachada y de alineación. Descripción de la instalación. Según normativa municipal con objeto de eliminar barreras arquitectónicas, se podrán ejecutar obras, fuera de las alineaciones, sin consumir aprovechamiento. En este caso el lugar por donde se pretende instalar el ascensor sí que está fuera de las alineaciones actuales de fachada pero no es necesario consumir aprovechamiento público por motivo que el desembarque del ascensor en planta baja está previsto que ocupe local comercial. El cerramiento del hueco de ascensor está previsto que sea de panel tipo sándwich con un acabado color aluminio anodizado natural. La cubierta del casetón está prevista que sea plana con cobertura de árido de canto rodado y la evacuación de las aguas hacia la propia cubierta del edificio. Alineaciones, rasantes y volúmenes. Se modifica la alineación del edificio pero no existe aprovechamiento de vía pública ya que es propiedad de la comunidad de propietarios del edificio. Como se ha comentado antes el desembarque en planta baja ocupa local comercial. El volumen del edificio se verá incrementado en un 0,25% (26,76 m³) y va a tener una ocupación en planta de 2,89 m². En el elemento que sobresale de fachada está prevista la instalación propia de ascensor. El casetón sobresale por encima de la cota de aleros pero en ningún caso ningún caballete y por consiguiente la cumbrera. El hueco de escalera no se verá afectado salvo en planta baja que sufrirá algunas modificaciones para ajustarse a normativa aplicable.

Código del anuncio: L1505408