BOLETÍN Nº 78 - 23 de abril de 2015

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Propuesta de aprobación del canon de regulación
del embalse de Itoiz año 2015

Con fecha 19 de marzo de 2015 Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado propuesta del canon de regulación del Embalse de Itoiz año 2015 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (Boletín Oficial del Estado número 103, de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

a) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 32,1083429540 euros/Ha.

b) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 32,7052522886 euros/Ha.

c) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores IV.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 33,3021616231 euros/Ha.

d) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 33,8990709577 euros/Ha.

e) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores V, VII y VIII abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 34,4959802922 euros/Ha.

f) Los usuarios agrícolas con concesión de agua parppa riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 35,0928896268 euros/Ha.

g) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,7943951324 euros/Ha.

h) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,3880580072 euros/Ha.

i) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 25,1822747960 euros/Ha.

j) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 14,1767845600 euros/Ha.

k) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 106.454,16 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

l) Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0100556653 euros/Kwh.

m) Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0102571903 euros/Kwh.

n) Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0033446191 euros/Kwh.

o) Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0034100160 euros/Kwh.

p) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el río Iratí, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0332821784 euros/m³.

q) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0084498501 euros/m³.

r) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0025084643 euros/m³.

s) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0008386226 euros/m³.

t) El Estado como beneficiario de las Obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor, en concepto de Canon de Regulación un total de 3.279.414,42 euros.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el señor Presidente de Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra de Navarra. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta, 24-28, de Zaragoza.

Zaragoza, 23 de marzo de 2015.–El Director Técnico, Raimundo Lafuente Dios.

Código del anuncio: E1504939