BOLETÍN Nº 62 - 31 de marzo de 2015

5. Procedimiento Electoral

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ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 25 de marzo de 2015, por el que se determinan los modelos de papeletas, sobres e impresos que se han de utilizar en las elecciones al Parlamento de Navarra del año 2015.

La Presidenta del Gobierno de Navarra, en virtud de las competencias reconocidas por la Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra, ha convocado, mediante Decreto Foral, elecciones al Parlamento de Navarra para el día 24 de mayo de 2015.

En dicho proceso se utilizan una serie de documentos que siguen los modelos oficiales aprobados conforme a las previsiones de la normativa electoral al respecto. Así, corresponde a la Junta Electoral Central aprobar los modelos de actas a que se refiere el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, reguladora del Régimen Electoral General.

Por otra parte, el Ministerio del Interior determina los modelos de sobres e impresos comunes a utilizar en los procesos electorales que se celebrarán el día 24 de mayo de 2015, señalando que los restantes impresos y sobres estarán singularizados para cada proceso electoral.

Procede, por tanto, y en virtud de las facultades reconocidas por la disposición final de la Ley Foral 16/1986, la determinación de los documentos electorales específicos para las elecciones al Parlamento de Navarra del año 2015, y de los modelos de sobres y papeletas de votación, sin perjuicio de los que, en ejercicio de sus competencias, apruebe como modelos oficiales la Junta Electoral Provincial.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,

ACUERDA:

1.º Los modelos de papeletas, sobres e impresos que se han de utilizar en las elecciones al Parlamento de Navarra del año 2015 se ajustarán a las características y condiciones de impresión señaladas en el anexo de este acuerdo.

2.º Facultar al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para adoptar cuantas medidas sean necesarias para el adecuado desarrollo de lo previsto en este acuerdo.

3.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 25 de marzo de 2015.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, F. Javier Morrás Iturmendi.

ANEXO

Relación de documentos electorales en castellano y bilingües
(en castellano y vascuence)

1. Papeleta de votación (P.1).

2. Sobre de votación (S.1).

3. Sobre para la remisión de la documentación electoral a los residentes en el extranjero (S.2.2).

4. Sobre a utilizar por las mesas electorales (S.5).

5. Comunicación de constitución de coalición electoral (C.1). Formato electrónico.

6. Presentación de candidatura por partidos políticos, federaciones o coaliciones (C.2.a). Formato electrónico.

7. Presentación de candidatura por agrupaciones electorales (C.2.b). Formato electrónico.

8. Hoja de firmas (C.3). Formato electrónico.

9. Recibo de entrega de la documentación electoral (M.2).

10. Credencial de representante de la Administración (N.5). Formato electrónico.

11. Credencial de Parlamentario Foral (CR.1). Formato electrónico.

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