BOLETÍN Nº 47 - 10 de marzo de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ODIETA

Delegación de competencias

El Alcalde del Ayuntamiento Odieta, en fecha 26 de febrero de 2015, ha dictado la Resolución número 8/2015, cuyo texto se transcribe a continuación:

“Asunto: Delegación de la competencia para la celebración de bodas civiles en la persona de la Concejala doña María Soledad Errea Iribas”.

–Visto que de acuerdo con la normativa relativa a la celebración de matrimonios civiles la competencia para su celebración corresponde a los alcaldes de los ayuntamientos.

–Visto que se considera conveniente que estas funciones de celebraciones de bodas civiles sean desempeñadas, en las dependencias de este Ayuntamiento, por la Concejala doña María Soledad Errea Iribas.

–Visto que por parte de la Alcaldía del Ayuntamiento de Odieta no existe inconveniente en la delegación de la competencia para la celebración de matrimonios civiles y que la referida Concejala muestra su total disponibilidad para ello.

–Visto el contenido de los artículos 23.-4 y concordantes de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local y artículos 43.-4, 43.-5, 44 y concordantes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aplicables en materia de delegación de competencias,

RESUELVE:

Primero.–Delegar la competencia para la celebración de bodas civiles en este Ayuntamiento de Odieta en la Concejala doña María Soledad Errea Iribas.

Segundo.–Notificar a dicha Concejala esta delegación de atribuciones, que surtirá efecto desde el día siguiente a la fecha de la presente Resolución si, tal y como se faculta en el artículo 44.-2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de Navarra en los términos previstos por el Artículo 13.-3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.–Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Odieta, a efecto de su conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.-4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Ripa, 26 de febrero de 2015.–El Alcalde, Alberto Urdaniz Elizondo.

Código del anuncio: L1503145