2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
MANCOMUNIDAD DE SAKANA
Convocatoria de subvenciones para participantes en campamentos de verano en euskara
El Presidente de la Mancomunidad de Sakana ha aprobado las Resoluciones número 39/2015 a 44/2015 y la Resolución 46/2015, con el fin de aprobar las convocatorias de subvenciones que concede el Servicio de Euskara.
En cumplimiento del artículo 14.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, procede publicar dichas convocatorias, para que los interesados hagan sus solicitudes.
Lakuntza, 27 de febrero de 2015.–El Presidente, Aitor Karasatorre Mugurutza.
BASES
1. Objeto de las bases. Las bases de esta convocatoria tienen como objeto subvencionar los gastos que origina la participación en campamentos en euskara.
2. Actividades subvencionables. Esta convocatoria incluye los campamentos que se lleven a cabo dentro del 2015 y que tengan las siguientes características:
a) Ser campamentos en euskera dirigidos a niños/as y jóvenes.
b) La duración del campamento no será inferior a 5 días ni superior a 15 días, y se llevará a cabo durante el periodo vacacional de verano (del 15 de junio al 30 de septiembre).
Quedan excluidos de esta convocatoria:
a) Los gestionados –directa o indirectamente– por la Mancomunidad de Sakana, así como aquellos subvencionados por la misma.
b) Las excursiones o viajes.
c) Los campus deportivos que no requieran régimen de internado.
d) Los campamentos urbanos o campamentos abiertos que no requieran régimen de internado.
3. Cuantía de la subvención. Con este objetivo se destinarán en total 5.000 euros, a cargo del crédito de la partida 445148204 (Subvenciones para campamentos) de los Presupuestos del ejercicio de 2015 del Servicio de Euskera. El órgano que, teniendo en cuenta la cantidad modificada, tenga atribuida la competencia, podrá aumentar o disminuir el gasto aprobado, pero, de todas formas, ello no conllevará la necesidad de realizar una nueva convocatoria.
La consignación máxima prevista en los presupuestos se prorrateará entre las solicitudes que se presenten en tiempo y forma y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, en el supuesto de que importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la misma.
Unicamente se subvencionará 1 campamento por niño/a o joven.
La cuantía económica de la subvención será de un máximo del 50% del gasto.
4. Publicidad de la convocatoria. Esta convocatoria se publicitará por medio de una nota de prensa que se enviará a los medios de comunicación, y se notificará a quellos que pudieran ser posibles receptores de la misma. Además, el texto completo de la convocatoria se publicará en la página web de la Mancomunidad de Sakana y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.
5. Plazo para la presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2015.
En el caso de que hermanos/as, el padre/madre/tutor deberá realizar una solicitud por cada uno de ellos.
6. Documentación a presentar. La solicitud de subvención de esta convocatoria deberá realizarla el padre/madre/tutor del niño/a o joven que ha participado en el campamento.
Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación siguiente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del padre/madre/tutor del niño/a o joven que ha participado en el campamento.
b) Certificado de empadronamiento de la persona que ha acudido al campamento (será imprescindible presentar la antiguedad).
c) Documento de la entidad organizadora del campamento en el que se detallarán las condiciones del mismo (duración, tratamiento dado al euskera, programa de las actividades), suscrito por la propia entidad, o soporte utilizado para su publicidad.
d) Certificado de asistencia firmado por la entidad.
e) Recibo o justificante de haber satisfecho todo el pago de la matrícula.
La documentación debe presentarse en el registro general de la Mancomunidad o en cualquier lugar previsto en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Dirección:
Mancomunidad de Sakana.
Uriz, 32.
31830 Lakuntza.
948 464840.
euskara@sakana-mank.com.
7. Requisitos a cumplir por los solicitantes y los campamentos. Podrán solicitar subvención para campamentos en euskera las personas que reunan los siguientes requisitos (que deberán cumplirse para el día en el que finalice el plazo de presentación de solicitudes):
a) Ser estudiante de Enseñanza Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria.
b) Estar empadronadas en Sakana al menos un año antes de la solicitud de subvención.
c) Estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales con la Mancomunidad (la Mancomunidad comprobará de oficio dicha circunstancia y la recogerá mediante el procedimiento correspondiente).
8. Subsanación de errores en la solicitud presentada. Si se adviritiera en la documentación presentada por el solicitante la existencia de algún defecto o que la misma está incompleta, se le concederá un plazo de 10 días para que complete dicha documentación. Si el plazo transcurriera sin que el solicitante procediera a la subsanación se entenderá que este ha desistido de seguir adelante con la solicitud. El presidente de la Mancomunidad de Sakana dictará una resolución con tal fin.
9. Resolución. La resolución para la concesión de subvenciones de esta convocatoria la dictará el presidente de la Mancomunidad de Sakana una vez conocida la opinión de la Comisión de Euskera, en un plazo de quince días. Esta resolución se dará a conocer a todos los interesados. En el acuerdo de adjudicación deberán detallarse los beneficiarios de la subvención, y deberá expresarse explícitamente que el resto de las solicitudes han sido denegadas.
A partir de que se dicte la resolución se establece un plazo máximo de cuatro meses para su abono. Una vez concedida la subvención, el plazo para la resolución de pago finalizará el 31 de diciembre de 2015. Si no se adopta resolución expresa en dicho plazo, el solicitante podrá considerar que la petición ha sido denegada.
10. Compatibilidad. Las subvenciones establecidas en esta convocatoria son compatibles con las concedidas para el mismo objetivo por otras entidades públicas y privadas, siempre y cuando no exista sobrefinanciación.
11. Devolución de las subvenciones. Los beneficiarios de la subvención deberán devolver la subvención en su totalidad o en parte, siempre y cuando se de una de las siguientes circunstancias:
a) Cuando se reciba la subvención sin haber cumplido los requisitos establecidos en la convocatoria, por razones que puedan atribuirse al beneficiario de la misma.
b) No presentar los documentos exigidos en el plazo establecido para ello.
c) Recibir al mismo tiempo otras subvenciones que sean incompatibles.
d) No admitir y obstaculizar las verificaciones que se deben adoptar obligatoriamente.
12. Infracciones y sanciones. En lo que respecta a infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en la Ley General 38/2003, de 17 de noviembre, y el Reglamento General de Subvenciones aprobado mediante el Decreto Real 887/2006, de 21 de julio. El procedimiento sancionador será el establecido en el Título V de la Ley Foral 15/2004, del 3 de diciembre.
13. Protección de Datos. Los datos serán tratados siguiendo lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos personales. Los datos proporcionados por los solicitantes serán guardados en los ficheros de datos personales que gestiona la Mancomunidad de Sakana. De cualquier modo, la finalidad será gestionar esta convocatoria de subvenciones así como cualquier otro espediente administrativo que tenga relación con la misma. El responsable de dicho fichero es el Servicio de Euskera de la Mancomunidad de Sakana, y ante el se prodrán ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, concretamente en el servicio de atención al público de la Mancomunidad de Sakana (Uriz 32, Lakuntza).
14. Normas supletorias. Para todo aquello que no está establecido en esta convocatoria se aplicarán la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, sobre Administración y la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, sobre subvenciones.
15. Recursos. Contra esta convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto objeto del recurso.
b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses. Dicho plazo se contará desde el día de la notificación o publicación del acto recurrido.
AYUDAS ECONÓMICAS PARA NIÑOS/AS O JÓVENES QUE HAN PARTICIPADO EN CAMPAMENTOS DE VERANO EN EUSKARA: BASES
–Datos del solicitante (madre/padre/tutor del niño/a o joven):
- Nombre y apellidos .........................................................................
- DNI ..................................................................................................
- Dirección .........................................................................................
- Código Postal ..................................................................................
- Localidad .........................................................................................
- Teléfono ...........................................................................................
- E-mail ..............................................................................................
- Número cuenta corriente .................................................................
–Datos sobre el campamento:
- Nombre y apellidos del niño/a o joven que ha participado en el campamento ..............................................................................................
- Entidad organizadora ......................................................................
- Fechas ............................................................................................
- Importe de la matrícula: ....................................................... euros.
(Fecha y firma)
Le comunicamos que sus datos serán guardados en un fichero, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales. De cualquier modo, la finalidad será gestionar esta convocatoria de subvenciones así como cualquier otro espediente administrativo que tenga relación con la misma. El responsable de dicho fichero es el Servicio de Euskera de la Mancomunidad de Sakana, y ante el deberá ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, para lo cual deberá acudir con su DNI al servicio de atención al público de la Mancomunidad de Sakana (Uriz 32, Lakuntza).
AYUDAS ECONÓMICAS PARA NIÑOS/AS O JÓVENES QUE HAN PARTICIPADO EN CAMPAMENTOS DE VERANO EN EUSKARA: BASES
El solicitante declara lo siguiente:
Que no se halla inmerso en ningún proceso de devolución de subvenciones públicas o en un proceso sancionador.
Que aparte de esta solicitud no ha solicitado ni recibido ninguna otra subvención concedida por una entidad pública o privada.
Que ha solicitado subvención a las entidades que abajo se relacionan:
ENTIDAD | CANTIDAD | SITUACIÓN (Sin resolver/Resuelta pero sin cobrar/Cobrada) |
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–Que se compromete a que en el caso de que con el mismo objeto solicite subvención a una entidad pública o privada ponerlo en conocimiento de la Mancomunidad.
Y, para que así conste, firma este documento.
(Fecha y firma)
Código del anuncio: L1503264