BOLETÍN Nº 46 - 9 de marzo de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SAKANA

Convocatoria de subvenciones para actividades de fomento del euskara

El Presidente de la Mancomunidad de Sakana ha aprobado las Resoluciones número 39/2015 a 44/2015 y la Resolución 46/2015, con el fin de aprobar las convocatorias de subvenciones que concede el Servicio de Euskara.

En cumplimiento del artículo 14.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, procede publicar dichas convocatorias, para que los interesados hagan sus solicitudes.

Lakuntza, 27 de febrero de 2015.–El Presidente, Aitor Karasatorre Mugurutza.

BASES

1. Finalidad y objeto de estas bases. La finalidad de estas bases es regular el modo en que se conceden subvenciones para actividades de fomento del euskara en Sakana.

2. Aspectos y conceptos subvencionables. Se subvencionarán los proyectos cuya objetivo sea aumentar el conocimiento y uso del euskera o mejorar la actitud de la población para con el mismo. Concretamente, se subvencionarán los siguientes proyectos:

a) Aquellos cuyo objetivo sea pasar del conocimiento al uso del idioma.

b) Proyectos para acercar al euskera a los vecinos y vecinas que lo desconocen.

c) Proyectos cuyo objetivo sea recoger, guardar o difundir el patrimonio del euskera.

d) Jornadas cuyo objetivo sea el análisis de las distintas facetas del euskera.

e) Proyectos para homenajear a personas o sociedades que hayan tenido una trayectoria encomiable en el ámbito del euskera.

f) Proyectos cuyo objetivo sea reforzar la transmisión familiar del euskera.

g) Proyectos para fomentar la afición a la lectura de textos en euskera.

h) Proyectos para impulsar la creación cultural en euskera (conferencias, exposiciones, conciertos, representaciones teatrales y talleres).

i) Proyectos para fomentar el uso del euskera entre los inmigrantes.

j) Juguetes, juegos y pasatiempos en euskera.

En general, no se subvencionarán actividades que carezcan de interés en el área concreta del fomento del euskera, ni tampoco las que puedan recibir subvención en otro ámbito de la Mancomunidad de Sakana, ni tampoco aquellas que, en general, no entren dentro del campo de actuación del Servicio de Euskera de la Mancomunidad de Sakana.

Del mismo modo, quedarán fuera de esta subvención las actividades de tiempo libre dirigidas a la infancia y a la juventud, entre otros, los campamentos de verano abiertos y campamentos de verano urbanos, así como ludotecas y rincón de los niños o haur txokoa.

Por otra parte, se subvencionarán los gastos derivados del funcionamiento ordinario de la entidad y de las actividades desarrolladas en Sakana, más concretamente:

a) Material fungible.

b) Mantenimiento de la página web.

c) SGAE.

d) Inversiones.

e) Asociaciones.

f) Cursos de preparación.

Quedan fuera de la presente convocatoria los gastos de representación y protocolo (comidas, regalos...), incluidos los gastos de viaje de miembros de la entidad.

Para gastos de funcionamiento se puede recibir como máximo el 25% del presupuesto total de las actividades subvencionadas.

La presente convocatoria tomará en consideración las actividades que se desarrollen durante 2015.

3. Cuantía de la subvención. Con este objetivo se destinarán en total 5.000 euros, a cargo del crédito de la partida 4 451 48208 (Subvenciones para grupos de euskera) de los Presupuestos del ejercicio de 2015 del Servicio de Euskera. El órgano que, teniendo en cuenta la cantidad modificada, tenga atribuida la competencia, podrá aumentar o disminuir el gasto aprobado, pero, de todas formas, ello no conllevará la necesidad de realizar una nueva convocatoria.

La consignación máxima prevista en los presupuestos se prorrateará entre las solicitudes que se presenten en tiempo y forma y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, en el supuesto de que el importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la misma.

4. Publicidad de la convocatoria. Esta convocatoria se publicitará por medio de una nota de prensa que se enviará a los medios de comunicación. Además, se notificará a aquellos que pudieran ser posibles receptores de la misma. Además, el texto completo de la convocatoria se publicará en la página web de la Mancomunidad de Sakana y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Plazo para la presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2015, ambos inclusive.

6. Documentación a presentar. Los solicitantes que deseen la concesión de la ayuda de la presente convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación, junto con la solicitud:

a) Fotocopia del CIF.

b) Planificación detallada de la actividad que se desee realizar.

c) Presupuesto de ingresos y gastos derivados de la actividad.

d) Declaración de todas las subvenciones solicitadas a administraciones públicas o entidades privadas, o concedidas por ellas. Se hará constar si la subvención ha sido ya resuelta o está todavía sin resolver; en caso de que haya resolución sobre la concesión de la subvención, se adjuntará una copia.

La documentación se presentará en el Registro General de la Mancomunidad de Sakana o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dirección en la que se ha de presentar la documentación:

Mancomunidad de Sakana.

Uriz, 32. 31830 Lakuntza.

948 464840.

euskara@sakana-mank.com.

7. Requisitos a cumplir por los solicitantes. Podrán solicitar subvenciones las siguientes entidades:

a) Grupos de euskera de Sakana.

b) Entidades cuya finalidad sea la normalización del euskera, que aún no siendo de Sakana tengan, entre otros lugares, actividad en Sakana.

c) Cada actividad tendrá como máximo un presupuesto de 1.000 euros.

d) Cada solicitante podrá solicitar como máximo ayuda económica para 3 actividades.

e) Los solicitantes deberán estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales con la Mancomunidad de Sakana (la Mancomunidad comprobará de oficio dicha circunstancia y la recogerá mediante el procedimiento correspondiente).

8. Subsanación de errores en la solicitud presentada. Si se advirtiera en la documentación presentada por el solicitante la existencia de algún error o que la misma está incompleta, se le concederá un plazo de 10 días para que complete dicha documentación. Si el plazo transcurriera sin que el solicitante procediera a la subsanación, se entenderá que este ha desistido de seguir adelante con la solicitud. El presidente de la Mancomunidad de Sakana dictará una resolución con tal fin.

9. Resolución. La resolución para la concesión de subvenciones de esta convocatoria la dictará el presidente de la Mancomunidad de Sakana en un plazo de quince días y siempre en base a la decisión tomada por la Comisión de Euskera.

Esta resolución se dará a conocer a todos los interesados. En el acuerdo de adjudicación deberán detallarse los beneficiarios de la subvención, y deberá expresarse explícitamente que el resto de las solicitudes han sido denegadas. Del mismo modo, la resolución deberá expresar los recursos que existen para impugnarla, ante qué órganos deben presentarse dichos recursos y el plazo existente para hacerlo, sin anular, en ningún caso, el derecho de los interesados a adoptar otro modo de recurrir.

A partir de que se dicte la resolución se establece un plazo máximo de cuatro meses para su abono. Una vez concedida la subvención, el plazo para la resolución de pago finalizará el 31 de diciembre de 2015. Si no se adopta resolución expresa en dicho plazo, el solicitante podrá considerar que la petición ha sido denegada.

10. Criterios de valoración. La Comisión de Euskara valorará las solicitudes, en sesión ordinaria, y tendrá en cuenta los aspectos siguientes:

a) Repercusión que la actividad tiene en la normalización lingüística y su efecto multiplicador: 35 puntos.

b) Calidad, originalidad y carácter novedoso de la actividad: 25 puntos.

c) Nivel de autofinanciación: 10 puntos.

d) Permanencia y estabilidad de la entidad solicitante: 10 puntos.

e) Trabajo en colaboración con otras entidades: 20 puntos.

11. Pago de la subvención. Se abonará la subvención en dos partes: un 50% en el momento en que se notifique la resolución de concesión de la subvención, a través de transferencia bancaria al número de cuenta que señale el solicitante. El otro 50%, una vez que se valoren la memoria de actividades realizadas y las cuentas. El plazo para la presentación de la memoria y las cuentas finalizará el 8 de enero de 2016.

Si la cuantía de la subvención adjudicada a un beneficiario se reduce porque no ha presentado toda la documentación, por falta de justificación o por incumplimiento de plazos o de una base de la convocatoria, la cantidad sobrante podrá repartirse proporcionalmente entre el resto de beneficiarios.

12. Compatibilidad. Las subvenciones de la presente convocatoria son compatibles con otras concedidas con el mismo objetivo por otras entidades públicas o privadas, siempre que no exista sobrefinanciación.

13. Devolución de las subvenciones. Los beneficiarios deberán reintegrar totalmente o una parte de la subvención, cuando se den las siguientes circunstancias:

a) Haber conseguido la subvención sin cumplir las condiciones requeridas, por razones imputables al propio beneficiario.

b) No haber presentado los documentos requeridos en el plazo establecido para ello.

c) No desarrollar las actividades del proyecto, después de presentarlo y recibir las subvenciones.

d) Haber recibido simultáneamente ayudas que son incompatibles.

e) No haber admitido o haber obstaculizado verificaciones de carácter obligatorio.

14. Infracciones y sanciones. En lo que respecta a infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en la Ley General 38/2003, de 17 de noviembre, y el Reglamento General de Subvenciones aprobado mediante el Decreto Real 887/2006, de 21 de julio. El procedimiento sancionador será el establecido en el Título V de la Ley Foral 15/2004, del 3 de diciembre.

15. Protección de datos. Los datos de los solicitantes se tratarán de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos. Los datos facilitados por los solicitantes se introducirán en los ficheros de datos personales que gestiona la Mancomunidad de Sakana. La finalidad siempre será la de gestionar esta convocatoria de subvenciones y cualquier otro expediente administrativo que esté relacionado con la misma. El responsable de ese fichero es el Servicio de Euskara de la Mancomunidad de Sakana, ante el que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a la oficina de atención al público de la Mancomunidad de Sakana (Uriz, 32, Lakuntza).

16. Normas supletorias. Para todo lo no previsto en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones.

17. Recursos. Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas, podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

c) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE FOMENTO DEL EUSKARA EN SAKANA

Solicitud

–Entidad solicitante:

  • Nombre .................................................................... CIF ................
  • Dirección .........................................................................................
  • Localidad ................................................................. C.P. ...............
  • Teléfono ................ Correo electrónico ...........................................
  • Número de cuenta corriente ............................................................

–Persona responsable:

  • Nombre y apellidos .........................................................................

–Características de la actividad:

  • Nombre de la actividad ...................................................................
  • Fecha de la actividad ......................................................................
  • Lugar de la actividad .......................................................................
  • A quién va dirigida ...........................................................................
  • Objetivo de la actividad ...................................................................
  • Programa concreto de la actividad (contenido, infraestructuras, etc.)
    .........................................................................................................

–Ingresos y gastos previstos (conceptos y cantidades):

  • Ingresos:
  • Ingresos propios de la actividad ..................................................
  • Aportación del ayuntamiento .......................................................
  • Subvención de las entidades privadas ........................................
  • Cantidad que se solicita a la Mancomunidad de Sakana ...........
  • Total, ingresos ..............................................................................
  • Gastos:
  • Total, gastos .................................................................................

  Lugar y fecha

 Firma del responsable y sello de la entidad

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que sus datos personales se introducirán en un fichero, cuya finalidad exclusiva será la gestión de las subvenciones de la presente convocatoria y de cualquier otro expediente administrativo relacionado. El responsable de ese fichero es el Servicio de Euskara de la Mancomunidad de Sakana, ante el que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose, con el DNI, a la oficina de atención al ciudadano de la Mancomunidad de Sakana (Uriz, 32, Lakuntza).

Declaración jurada

El solicitante declara lo siguiente:

Que no se encuentra inmerso en ningún procedimiento de obligación de devolución de subvenciones públicas o proceso judicial.

Que aparte de esta solicitud de subvención no ha solicitado ni recibido ninguna otra subvención para el mismo fin, concedida por otra entidad pública ni privada.

Que ha solicitado subvención a las siguientes entidades:

ENTIDAD

CANTIDAD

SITUACIÓN
(Sin resolver/Resuelta pero sin cobrar/Cobrada)

–Que en el caso de solicite ayuda para el mismo fin a otra entidad pública o privada, se compromete a comunicárselo a la Mancomunidad de Sakana.

 Y, para que así conste, firma la presente

 (Fecha y firma)

Código del anuncio: L1503263

Hace cien años

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