2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ATEZ
Aprobación definitiva de modificación
del Plan Municipal de carácter pormenorizado
Este Ayuntamiento en sesión celebrada el 13 de febrero de 2015 ha aprobado definitivamente la Modificación Pormenorizada del Plan Municipal del Valle de Atez, que tiene por objeto:
1.º La modificación de la delimitación de la Subcategoría de Salvaguarda del Modelo de Desarrollo, del Suelo de preservación, dentro Suelo No Urbanizable, que el Plan Urbanístico Municipal sitúa al oeste del casco urbano de Aróstegui integrando la parcela 88 en su totalidad.
2.º La modificación del artículo 74 de las Normas particulares en suelo no urbanizable del Suelo de Preservación de Salvaguarda del Modelo de Desarrollo, del Plan General Municipal del Ayuntamiento de Atez.
NUEVA NORMATIVA URBANÍSTICA
La modificación de la Delimitación:
En el Plan Urbanístico Municipal del Ayuntamiento de Atez, en el suelo no urbanizable, el suelo de Preservación de Salvaguarda del Modelo de Desarrollo situado al oeste del casco urbano de Aróstegui, lo formará una franja de terreno, paralelo a la carretera NA-4120 Gulina-Arostegui con un fondo medio de unos 150 ml y hasta encontrarse con la carretera NA-4176 Eguillor ampliado hasta recoger la totalidad de la parcela 88 del polígono 5 de Arostegui.
La superficie que ocupa será ahora de 78.782 m² aproximadamente.
Con la modificación del artículo 74 queda redactado así:
Articulo 74. Suelo de Preservación de Salvaguarda del Modelo de Desarrollo.
En los terrenos colindantes con los núcleos, se establecen un régimen de preservación más restrictivo en orden a no comprometer el crecimiento futuro, la estructura o imagen de los mismos.
El régimen de preservación para dichos terrenos será:
A) Actividades no constructivas.
Se prohíben las actividades extractivas.
Se podrá autorizar el resto de acciones que impliquen movimiento de tierras.
Se permiten los movimientos de tierra de escasa entidad tendentes a mejorar las explotaciones agrícolas.
El resto de actividades quedan permitidas.
B) Actividades Constructivas.
Se podrán autorizar:
Los corrales domésticos.
Los viveros e invernaderos.
Las construcciones e instalaciones de infraestructuras vinculadas al servicio del casco urbano que deban emplazarse en suelo no urbanizable.
En suelo de salvaguarda previsto en Arostegui, donde se prevé un área de oportunidad para implantación de dotaciones públicas, se podrán autorizar construcciones cuya implantación se autorizable en suelo no urbanizable de preservación por su valor de explotación natural siempre que parte de las mismas tengan un destino de uso público al servicio del Valle (por ejemplo el uso de campamento turístico).
Erice de Atez, 27 de febrero de 2015.–El Alcalde, Francisco Javier Nuin Ibero.
Código del anuncio: L1503347