BOLETÍN Nº 45 - 6 de marzo de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PATRONATO MUNICIPAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA
“JULIÁN GAYARRE” DE NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Convocatoria de ayudas para estudios musicales
en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre”
curso 2014-2015

La presente convocatoria, cuyo objeto es el otorgamiento de ayudas para estudios musicales en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) correspondientes al curso 2014-2015, ha sido aprobada por la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música.

Se rige por las bases incluidas en la convocatoria, las cuales serán de inexcusable cumplimiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria se aprueba en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por el Pleno del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 14 de enero de 2014 (Boletín Oficial de Navarra número 39 de 26 de febrero), y cuyo artículo 1 dispone la aplicación tanto al Ayuntamiento como a los Organismos Autónomos municipales.

En lo no previsto en la presente convocatoria, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.

Preliminar.–Justificación de la convocatoria.

Concesión de ayudas para los estudios musicales realizados en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (valle de Elorz).

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIOS MUSICALES
EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA “JULIÁN GAYARRE”
DE NOÁIN (VALLE DE ELORZ) CURSO 2014-2015

Objetivo

Designación de ayuda económica para la realización de estudios musicales que se regirá por los criterios que se expresan a continuación, las cuales serán de inexcusable cumplimiento.

I.–Estudios incluidos en la convocatoria.

Base 1.–Podrán solicitar acogerse a estas ayudas todos los alumnos/as empadronados/as en el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) menores de edad matriculados durante la totalidad del curso escolar 2014-2015 en la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz), en las enseñanzas que a continuación se detallan:

–Nivel II del Plan de Estudios del Centro, cursando simultáneamente las asignaturas “instrumento” y “lenguaje musical” tanto por la vía “Escuela de Música” como en la opción “Preparación Conservatorio”.

–Nivel III, cursando, al igual que en el caso del Nivel II, las asignaturas obligatorias del Plan de Estudios del Centro en dicho nivel.

II.–Tipos de ayudas que se conceden.

Base 2.–Las ayudas que se conceden tienen la finalidad de ayudar en parte a las familias en la financiación de los gastos que este tipo de estudios conlleva, siendo la enseñanza el concepto por el que se pueden solicitar las ayudas objeto de la presente convocatoria.

III.–Requisitos generales que debe reunir el solicitante.

Base 3.1.–Los solicitantes y posibles beneficiarios de las ayudas deberán en todo caso constituir una unidad familiar empadronada en Noáin (Valle de Elorz) con fecha anterior a junio de 2014.

A efectos de la convocatoria, se entiende por unidad familiar:

a) La integrada por los cónyuges y los hijos menores de edad matriculados en los niveles citados en la base I.

b) La integrada por una pareja estable según su legislación específica y los hijos menores de edad matriculados.

c) En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, o no existiera pareja estable o pareja conviviente, la formada por la madre o el padre y los hijos menores de edad matriculados en los cursos citados en el párrafo precedente.

d) La integrada únicamente por el alumno cuando sea mayor de edad, o menor legal o judicialmente emancipado.

e) La integrada por el alumno mayor de edad, o menor legal o judicialmente emancipado cuando esté casado/a o conviva con persona a la que se halle unido/a con análoga relación.

Base 3.2.–El solicitante será el padre o la madre del estudiante objeto de la ayuda, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del estudiante menor de edad, o bien el propio estudiante en los supuestos d y e de la base 3.1.

IV.–Requisitos académicos.

Base 4.–Informe positivo de la Directora de la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) referido al aprovechamiento escolar del alumno/a en el curso anterior a la solicitud.

En el caso de nuevos alumnos/as, no se tendrá en cuenta este requisito, pudiéndose, no obstante, revocar la ayuda a final del curso si se entiende que no ha habido aprovechamiento del mismo por parte del alumno/a.

Base 4.1.–No estar repitiendo curso en cualquiera de las asignaturas en las que se opta a beca.

V.–Requisitos económicos.

Base 5.–Que la renta per cápita familiar de 2013 no sea superior a 7.000 euros, y que la renta total del conjunto de la unidad familiar en dicho ejercicio, no exceda de 35.000 euros.

Al efecto de la determinación de la renta familiar total que, según lo establecido en el párrafo precedente, no podrá exceder de 35.000 euros, se tomará como tal, la Base Imponible de la declaración de I.R.P.F. correspondiente al ejercicio 2013.

La renta per cápita familiar se calculará con la Base Imponible de la declaración de I.R.P.F. del ejercicio 2013, dividida por el número de miembros de la unidad familiar definida en el punto 2 de la base 3 de esta convocatoria.

A los efectos de obligación de declarar en el I.R.P.F. bases liquidables, base imponible, rentas exentas, etc. se estará a lo dispuesto en la legislación al respecto.

La ocultación de cualquier fuente de renta, o el falseamiento de los datos aportados dará lugar a la denegación de la ayuda solicitada o a su anulación y obligación de reintegro de la misma, si ya ha sido concedida.

Para intensificar el control que evite el fraude en las declaraciones encaminadas a obtener ayudas, el Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) podrá acordar que existe la ocultación a que se refiere el apartado anterior por medio de cualquier prueba.

VI.–Presupuesto, percepción y cuantía de las ayudas.

Base 6.–El abono de las ayudas en aplicación de esta Convocatoria se hará con cargo a la partida del presupuesto prorrogado del 2014 para el 2015 del vigente Presupuesto de gastos del Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) y ascenderán en su totalidad a un máximo de 5.000 euros.

Base 7.–Los intervalos de renta aplicables para la concesión de ayuda según los ingresos familiares per cápita, así como la cuantía de la ayuda que podrá ser concedida en base a éstos, son los siguientes:

Menos de 4.000 euros: Ayuda máxima del 75% de la tasa anual.

Entre 4.000 y 5.500 euros: Ayuda máxima del 50% de la tasa anual.

Entre 5.500 y 7.000 euros: Ayuda máxima del 25% de la tasa anual.

En el caso de unidades familiares formadas por dos miembros y que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria para poder solicitar beca, se concederá la ayuda máxima del 75 % de la tasa anual.

El porcentaje de ayuda establecido en cada caso es el máximo que se puede conceder, y su porcentaje exacto dependerá de la consignación presupuestaria existente y de las solicitudes presentadas.

Si la cantidad a abonar en función del número de solicitantes superase el importe de la consignación presupuestaria se procederá a prorratear las subvenciones a conceder de forma lineal.

Los perceptores de las becas serán los solicitantes.

VII.–Presentación de solicitudes.

Base 8.–Las solicitudes deberán formularse mediante instancia firmada por la persona solicitante que deberá ajustarse al modelo normalizado que acompaña la presente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Durante ese plazo, los interesados deberán presentar sus solicitudes, acompañadas de la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI del solicitante.

–Fotocopia completa de la declaración del I.R.P.F., conjunta o individual, de los miembros de la Unidad familiar que estén obligados a ello, o en su caso certificado de la Administración correspondiente de no estar obligado a efectuarla.

–Cuantos documentos sean necesarios para determinar el número de miembros de la unidad familiar.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona solicitante que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud implicará la autorización al Patronato Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) para que realice las actuaciones de comprobación que resulten procedentes, a los efectos de verificar la información facilitada por las personas solicitantes, la concurrencia de los requisitos exigidos y el cumplimiento de las obligaciones de la persona beneficiaria derivadas de la concesión.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz), Calle San Miguel, número 2, Noáin 31110 o en cualquiera de los previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

VIII.–Concesiones y denegaciones.

Base 9.1.–La resolución de esta convocatoria la realizará la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz).

Base 9.2.–A todos los efectos legales, la concesión de la ayuda será a favor del solicitante.

Base 9.3.–El plazo máximo para resolver y notificar será de un mes a contar del último día hábil para la presentación de solicitudes de subvención.

Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

Base 9.4.–El Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” podrá en cualquier momento disponer la inspección de los expedientes de solicitud para comprobar la veracidad de los datos consignados en los mismos y que sirvieron de base para la concesión de la ayuda.

Base 9.5.–Los beneficiarios o solicitantes que se nieguen a colaborar en el proceso de investigación o no aporten la información y documentación requerida causarán baja automática como solicitantes o beneficiarios y reintegrarán las cantidades percibidas en concepto de ayuda.

Base 9.6.–La ocultación o falseamiento de los datos económicos y / o circunstanciales, podrá dar lugar a la suspensión y revocación de la ayuda concedida.

Base 9.7.–La resolución de concesión por el órgano competente, que pondrá fin a la vía administrativa y frente a la que se podrán interponer los recursos que en derecho proceden, será notificada de forma individualizada a los solicitantes de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

Base 9.8.–El pago de la subvención reconocida se materializará en un único pago en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación de la Resolución de otorgamiento.

IX.–Incompatibilidad de las ayudas.

Base 10.–Las presentes ayudas no serán compatibles con el resto de ayudas, bonificaciones o becas, concedidas por el Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz).

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

X.–Interpretación y recursos.

Base 11.–La Interpretación de estas bases corresponde a la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz).

Base 12.–Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

–Recurso de Reposición ante el órgano autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

–Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la notificación del acto que se recurra.

–Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación del acto que se recurra.

Noáin (Valle de Elorz), 19 de febrero de 2015.–La Presidenta de la Junta Rectora, Sonia Elcano Erdozáin.

ANEXO I

Instancia de solicitud

Don/Doña ……………………..........………………………… con domicilio en ……………..................…………….. de Noáin 31110 (Valle de elorz), con D.N.I. número ………………………., teléfono/s …………………………… ante la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz),

EXPONE:

Que teniendo conocimiento de la convocatoria de ayudas para estudios musicales correspondientes al curso 2014-2015, para los alumnos/as menores de edad de la Escuela Municipal de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz), matriculados en los niveles II y III del plan de estudios del Centro.

Declaro responsablemente:

No hallarme incurso en ninguna de las causas de prohibición previstas en la normativa reguladora de subvenciones, incluido estar al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Que reúno los requisitos exigidos en la base 3 de la presente convocatoria.

Que son ciertos cuantos datos anteceden y cuanta documentación aporto, siendo consciente de que la ocultación o falsedad de los mismos pueden ser motivo suficiente para la cancelación del expediente, sin perjuicio de las demás acciones que en su caso procedan.

Que AUTORIZO expresamente al órgano convocante para verificar la realidad de los datos declarados y la veracidad de la documentación facilitada.

Por lo expuesto SOLICITO:

Acogerme a dicha ayuda, para lo cual acompaña a la presente instancia la siguiente documentación:

Fotocopia del D.N.I. del solicitante.

Fotocopia del Libro de Familia o cuantos documentos sean necesarios para determinar el número de miembros de la unidad familiar.

Fotocopia completa de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2013, de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de declarar al I.R.P.F. o certificado de la Administración correspondiente en el caso de no estar obligado a realizar la declaración del I.R.P.F. en cuyo caso deberá sustituirse ésta por certificado o documento de Hacienda correspondiente a los datos fiscales del año 2013 de todas las personas que formen parte de la unidad familiar o borrador del I.R.P.F.

Justificantes de los ingresos no incluidos en la declaración de la renta de 2013.

Nombre y apellidos del beneficiario/s de la ayuda solicitada:

Noáin (Valle de Elorz), a ..................... de de 2015

Firma del Solicitante

Protección de datos: En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales facilitados serán incorporados al fichero de Prestaciones Sociales del Patronato Escuela de Música “Julián Gayarre” de Noáin (Valle de Elorz) con la finalidad de gestionar la tramitación del procedimiento administrativo para el que han sido solicitados. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle San Miguel, número 2, Noáin 31110).

Código del anuncio: L1503021