BOLETÍN Nº 40 - 27 de febrero de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VILLAMAYOR DE MONJARDÍN

Aprobación definitiva Estudio de Detalle U.E. R.1.1

El Pleno del Ayuntamiento de Villamayor de Monjardín, en sesión celebrada el 16 de octubre de 2014, acordó aprobar definitivamente el Estudio de Detalle Reformado en la Unidad U.E.R.1.1 del PGOU, promovido por la Junta de Compensación de la U.E. R.1.1, con el objeto de definir las condiciones de ocupación, alineaciones ..., en los solares resultantes, para poder realizar hasta 4 viviendas unifamiliares, pudiendo ser dos de ellas adosadas, si el promotor lo estima procedente.

Y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a la publicación de dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, junto con la normativa urbanística aprobada.

Villamayor de Monjardín, 11 de febrero de 2015.–El Alcalde-Presidente, Eugenio Fernando Barbarin Luquin.

ANEXO I

Normativa y Ordenanzas

1.3. Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno físico y normativa urbanística:

El Plan municipal vigente de Villamayor de Monjardín delimita la unidad de ejecución UE-R.1.1 que afecta a las parcelas 405, 406, 408, 877, 878 y 879 del polígono 1 del Catastro de riqueza urbana de la localidad. La clasifica como suelo urbano, con un aprovechamiento de 0,4427 uas/m², una edificabilidad de 1.055,40 m² y un aprovechamiento lucrativo 1.055,40 UAS, fijando como sistema de ejecución el de compensación. Considera que la superficie de la unidad es de 1.933 m² de los que 1.649,99 m². se corresponden con parcelas privadas y el resto, 283,01 m². son viales aportados a la unidad. De la redacción del proyecto de reparcelación resultan dos solares, uno de ellos susceptible de ser parcelado en otros 3, que han de cumplir con las determinaciones establecidas por el plan municipal para la unidad.

Este estudio establece condiciones de ocupación, aprovechamiento, etc, en los citados solares resultantes, para poder realizarse hasta 4 viviendas unifamiliares, pudiendo ser 2 de ellas adosadas si el promotor lo estima procedente, y para las que se establece una posible ordenación de acuerdo con las limitaciones establecidas por las normas particulares del plan municipal.

Dado que las alineaciones interiores de parcelas son libres, sin exigencias de retranqueos a vecinos ni a viales, y que, tanto las alineaciones exteriores como los aprovechamientos máximos resultan del desarrollo del proyecto de reparcelación, la ordenación pormenorizada puede ser variable, y se define en este estudio una de tantas alternativas que cumplen escrupulosamente con las limitaciones establecidas por el plan.

Siendo la ordenación contenida en el Plan municipal ya detallada, por establecerse alineaciones, aprovechamientos, alturas y tipología edificatoria, se trata de ejecutar sus previsiones a través de la tramitación y aprobación de los instrumentos de gestión por el sistema de ejecución fijado en el planeamiento.

2. Alineacciones.

Son las resultantes de la reparcelación previa que se tramita con este documento, coinciden con las alineaciones de viales y son máximas, es decir, las nuevas viviendas estarán dentro de dichas alineaciones.

3. Ocupación.

La máxima ocupación permitida por el plan es del 30% de la parcela, lo que se cumple en la ordenación presentada.

4. Alturas.

La altura máxima permitida por el plan es B+1, con altura máxima de alero a punto medio de alineación de calle de 7 metros, sin perjuicio de permitirse aprovechamiento de entrecubierta dentro de la envolvente a partir de esa altura máxima, que contabilizarán como aprovechamiento a partir de una altura de 1,5 metros.

5. Volúmenes.

A partir de la ocupación en planta y la altura reguladora antes especificada resulta el volumen permitido.

6. Materiales.

Se establecen los materiales permitidos en el plan municipal, Área A2, vivienda en entorno de casco histórico.

7. Planos.

–Se adjuntan planos de: Información:

1.–Situación 1:1000.

2.–Normativa vigente 1:250.

3.–Topográfico sobre solares 1:250.

4.–Posible edificación. 1:250.

–Se adjunta plano de ordenación:

5.–Reparto de aprovechamientos, ocupaciones, alturas, y alineaciones orientativas interiores.

8. Servidumbres.

Se constituye una servidumbre de paso en la parcela 2 resultante del proyecto de reparcelación, para que se pueda pasar el saneamiento de la unidad superior.UE-R.2.1.

Código del anuncio: L1502403