BOLETÍN Nº 40 - 27 de febrero de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERBINZANA

Aprobación definitiva de Ordenanzas Fiscales y Tasas
año 2015

El Ayuntamiento de Berbinzana en sesión de plenaria ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2014, se adoptó el acuerdo de aprobación inicial de modificación de ordenanzas fiscales y tasas que van a regir para el año 2015.

Publicado el anuncio de dicha aprobación inicial, en Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de Navarra número 251, de 26 de diciembre de 2014, y transcurrido el período de información pública sin haberse presentado reclamaciones, reparos u observaciones, se entienden aprobados definitivamente. Las ordenanzas que no se detallan o bien no tienen tasas o bien no se ha producido modificación alguna.

En consecuencia, se procede a la publicación definitiva de las ordenanzas fiscales modificadas y tasas expresadas que rigen a partir del 1 de enero de 2015, que son las siguientes.

1.–ORDENANZA FISCAL POR TRAMITACIÓN
DE DOCUMENTOS

1. Instancias y documentos.

a) Solicitudes a Alcaldía en reconocimiento de de derechos e intereses de los vecinos.

b) Recibos y copias que acrediten la presentación de documentos:

Copias de documentos anteriores a 1975: 25,00 euros/hora.

c) Documentos a instancia de parte.

d) Declaraciones de los interesados.

e) Copias y fotocopias:

–15 cent. DIN-A4.

–Imprimir desde pendrive: 15 cent./hoja.

–25 cent. DIN-A3.

–12,00 euros/folio de toda aquella documentación que se haya entregado al particular.

f) Otras:

–Fax: 1,20 euros.

–Megafonía: 1,50 euros.

–Cédulas parcelarias: 1,50 euro.

2. Certificaciones.

a) Certificaciones y compulsas.

–0,60 cent. normales –50% reducción familias numerosas–.

–12,00 euros/folio de toda documentación que se haya entregado al particular.

–Compulsas: 1,50 euros –50% reducción familias numerosas–.

b) Certificaciones acreditativas del estado urbanístico de las fincas:

–100% coste de servicio.

3. Licencias, concesiones y autorizaciones.

a) Solicitudes.

–Tasa: 30,00 euros.

b) Copias de documentos anteriores 1975.

–Tasa 25,00 euros/hora de búsqueda.

c) Aprobaciones de Planes parciales:

–100% coste de servicio.

d) Modificación de Planes parciales.

e) Planes de ordenación.

–100% Coste de Servicio.

f) Licencias no sujetas a la apertura:

–37,00 euros por cada local menor de 200 m², y,

–51,00 euros por cada local mayor de 200,01 m².

g) Licencia de apertura:

–37,00 euros por cada local menor de 200 m², y,

–51,00 euros por cada local mayor de 200,01 m².

4. Concursos y subastas:

a) De personal:

–0,00 euros por solicitar formar parte.

b) De obras:

–0,00 euros por cada proposición.

c) Bastanteo de poderes:

–0,00 euros.

5. Servicios Urbanísticos.

a) Reconocimiento de edificios y fincas a solicitud del particular:

–100% coste del servicio.

b) Señalamiento de alineaciones:

–100% del coste del servicio.

6. Museo y Yacimiento Arqueológico Las Eretas.

Visita sin guía:

–Adultos: 4,00 euros.

–Infantil (7 a 14 años): 1,00 euro.

–Menores de 7 años gratis.

–Precios especiales:

  • Familias numerosas.
  • Carné de estudiantes.
  • Minusvalías.
  • Parados.

* Todos tendrán descuento del 10% del total.

–Entradas gratuitas:

  • Miembros del ICOM.
  • Miembros de EXARC.
  • Investigadores.

Vista guiada concertada:

–Grupos + 20 personas: 3,50 euros.

–Escolares: 1,50 euros.

–Menores 7 años gratis.

7. Uso de sala para bodas civiles.

60,00 euros por uso de la sala: tardes, sábados, domingos y festivos.

8. Alquiler material:

–Mesa: 2,00 euros/unidad.

–Silla: 0,50 euros/unidad.

Se exceptúa del cobro a las asociaciones locales para actividades en favor de los socios o de la comunidad en general.

2.–ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS DE PRIMERA UTILIZACIÓN

a) Primera utilización de edificios:

–251,00 euros por cada unidad residencial.

b) Ocupación de Locales no sujetos a licencia de apertura:

–37,00 euros por cada local menor de 200 m², y,

–51,00 euros por cada local mayor de 200,01 m².

3.–ORDENANZA REGULADORA
DE APROVECHAMIENTOS COMUNALES

a) Aprovechamiento agrícola prioritario:

–Secano 7,00 euros/robada/año.

–Regadío 13,00 euros/robada/año.

b) Aprovechamiento agrícola vecinal.

–Secano 10,00 euros/robada/año.

–Regadío tradicional 13,00 euros/robada/año.

c) Pastos de la Corraliza:

–Superficie de pasto 1.025,28 ha cuota: 2.849,17 euros.

d) Leña hogares:

–La cuota que anualmente determine el Ayuntamiento.

e) Regadío sector IV-1:

–Regadío 13,00 euros/robada/año.

f) Regadío sector XXIII:

–Regadío 18,00 euros/robada/año.

g) Regadío sector XXII-Arga-1:

–Regadío 18,00 euros/robada/año.

Las adjudicaciones de los lotes se incrementarán según el IPC de Navarra; si el IPC sube el importe sube y si el IPC baja la cuota se mantiene igual con la finalidad de tener siempre el mismo precio base que sirvió para establecer las cuotas.

4.–ORDENANZA REGULADORA DEL COMERCIO NO SEDENTARIO

Mercadillo semanal:

–Puestos de hasta 3 ml: 2,00 euros/día.

–Puestos de más de 3 ml: 3,00 euro/día.

El resto de cuotas no están reflejadas en esta ordenanza sino en la de aprovechamiento especial de suelo.

5.–ORDENANZA REGULADORA DE APERTURA ZANJAS, REMOCIÓN DE PAVIMENTOS, OCUPACIÓN DE ACERAS

–Apertura de zanjas ml:

  • Pavimento piedra: 0,60 euros metro lineal.
  • Pavimento general: 0,60 euros metro lineal.
  • Sin pavimentar: 0,60 euros metro lineal.

–Remoción de pavimento y acera: 0,60 euros metro lineal.

–Ocupación acera:

  • Contenedores obras:
  • 50,00 euros máximo de ocupación 1 mes.
  • Periodos superiores a 1 mes: 1,00 euro por m² ocupado cada día.
  • Grúas y Andamios: 1,00 euro por m² ocupado cada día.

6.–ORDENANZA REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN
DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

Se establecen 4 clasificaciones que a su vez derivan en 4 cuotas:

–Infantil de 4 a 11 años.

–Juvenil de 12 a 17 años.

–Adulto 18 a 64 años.

–Jubilados + de 65 años.

Entradas día completo: personal e intransferible.

–Infantil : 4,00 euros.

–Juvenil: 6,00 euros.

–Adulto : 6,00 euros.

–Jubilado:4,00 euros.

Entrada a partir de las 17:30 de la tarde: personal e intransferible.

–Infantil: 2,00 euros.

–Juvenil: 3,00 euros.

–Adulto : 3,00 euros.

–Jubilado: 2,00 euros.

Pase de temporada: 10 días alternos.

–Infantil : 33,00 euros.

–Juvenil: 41,00 euros.

–Adulto : 44,00 euros.

–Jubilado: 33,00 euros.

Abonos: 1 mes.

–Infantil : 30,00 euros.

–Juvenil: 38,00 euros.

–Adulto : 40,20 euros.

–Jubilado: 30,00 euros.

Abonos: 3 meses o temporada.

–Infantil: 44,00 euros - 40,00 euros empadronado.

–Juvenil: 57,00 euros - 51,00 euros empadronado.

–Adulto: 75,00 euros - 67,50 euros empadronado.

–Jubilado: 44,00 euros - 40,00 euros empadronado.

En todos los casos hasta 4 años: 0,00 euros.

Descuentos.

–Familias Numerosas, abono de todos los miembros de la familia, descuento del 15%.

–Familias, que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados con antigüedad de 6 meses en Berbinzana y con hijos abono de todos los miembros de la familia, descuento del 10%.

–Persona con minusvalía descuento del 10%.

–Parado con antigüedad superior a 6 meses - 20% descuento.

Los descuentos antes señalados no son acumulables entre si.

Frontón

–Uso en temporada de verano:

Todas las personas que no tengan entrada en el polideportivo y quieran usar el frontón, deberán hacerlo fuera de horas de piscina.

–Uso fuera de temporada de verano:

  • De 9:00 a 18:55 gratuito y de libre acceso.
  • De 19:00 a 22:00 horas solicitar reserva y ficha de alumbrado.

A las 23:00 horas se cerrará el frontón y dejará de funcionar el alumbrado:

  • Cancha: 2,00 euros empadronado. 10,00 euros resto de usuarios.
  • Alumbrado: 3,50 euros/1 hora principal. 2,00 euros ½ hora refuerzo.

7.–ORDENANZA REGULADORA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL

a) Inhumaciones:

–Periodo de 10 años: 280,00 euros.

Inhumación en tumba existente por periodo de 10 años: lápida será retirada por el particular y 290,00 euros.

b) Exhumaciones anticipadas: coste del servicio.

c) Limpieza: 0,00 euros.

–Limpieza extraordinaria: coste del servicio.

d) Concesiones: Máximo 40 años:

–Tumbas tierra:

  • Nuevas: Los 10 primeros años gratis.
  • Renovaciones: Cada 10 años 170:00 euros.
  • Tumbas antiguas:
  • Medidas Estándar (1,20 ml x 0,80): 178,00 euros.
  • Otras medidas:
  • De + 1,20 ml: 185,00 euros.
  • De + 1,40 ml: 205,00 euros.
  • De + 1,50 ml: 215,00 euros.

–Nichos:

  • Concesiones: máximo 40 años.
  • Periodo de 10 años: 280,00 euros.
  • Renovación: cada 10 años: 178,00 euros.

–Columbarios:

  • Concesiones
  • Máximo 15 años, no prorrogable:
  • Periodo de 15 años: 150,00 euros.

13.–ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA
DE APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUELO, VUELO
Y SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA Y TERRENOS DEL COMÚN

–Mercadillos y rastrillos: Va a la de comercio no sedentario.

–Puesto de venta en fiestas.

  • Ferias y Fiestas/día: 9,00 euros.
  • Venta de helados: 15,00 euros temporada.

–Tasa ocupación escombros:

  • Reducida 50,00 euros.
  • General 1 euros/m²/día.

–Andamios.

–Caravanas.

Vehículos bar:

–Balcones y terrazas.

Berbinzana, 12 de febrero de 2015.–El Alcalde, Francisco Javier Terés Ibáñez.

Código del anuncio: L1502454