BOLETÍN Nº 34 - 19 de febrero de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 57E/2015, de 26 de enero, del Director de Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de ampliación de red de suministro de gas natural a Hotel Gau-Txori y viviendas de la Guardia Civil de Saigots (Esteribar), en el término municipal de Esteribar, promovido por Gas Navarra SA.

Con fecha 19 de junio de 2014 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe I) Instalaciones relativas a la energía del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación tiene como objetivo suministrar gas natural en el Concejo de Saigots, concretamente a clientes situados en las proximidades de la red de distribución del Concejo de Zubiri, Cuartel de la Guardia Civil y Hostal-Restaurante Gau Txori.

La conducción principal partirá desde la red existente en la Avenida Roncesvalles en el concejo de Zubiri y finalizará en el cuartel de la guardia civil en las proximidades de la carretera N-135 y en la zona de aparcamiento del Hotel. El trazado de aproximadamente 354 m de longitud cruzará distintas infraestructuras existentes en la zona, concretamente, la carretera local a Francia, NA-138, el Río Arga y la carretera N-135, Pamplona-Francia, (Luizaide-Valcarlos)

En primer lugar, las obras consistirán en la conexión a la red existente en el casco urbano de Zubiri. A continuación, se proyecta que la red de distribución discurre paralela a la avenida Roncesvalles con tubería de polietileno, para luego cruzar la NA-138 (carretera local a Francia) en el p.k. 0+050. Una vez situados en el otro margen de la carretera NA-138, la conducción tiene una derivación hacia el Hotel Gau-Txori. La conducción principal continúa hacia el puente metálico peatonal existente sobre el río Arga. Este cruce se realiza mediante cruce aéreo con tubería de acero, fijados con soportes metálicos. Una vez cruzado el puente sobre el río Arga, la conducción se sitúa durante 30m paralelo a la carretera NA-135, situándose fuera de la zona de domino público, para finalizar en la zona de aparcamiento de las dependencias del cuartel de la guardia civil.

Consta en el expediente informes del Ayuntamiento de Esteribar de 21 de julio, 7 de octubre y 13 de noviembre de 2014, informe favorable con determinaciones del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 30 de septiembre de 2014, Resolución autorizadora del Director General de Obras Públicas de 3 de septiembre de 2014 y Autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 16 de septiembre de 2014.

El Ayuntamiento de Esteribar informa sobre la necesidad de modificar el trazado de la conducción en base a posibles afecciones para la ejecución de un futura rotonda en la intersección de las carreteras NA-135 y NA-138 y por posible afección estética al puente metálico existente.

La Sección de Evaluación Ambiental informa que el proyecto puede desarrollarse sin genera afecciones ambientales significativas.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 1158/2013, de 31 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de Ampliación de red de suministro de gas natural a Hotel Gau-Txori y viviendas Guardia Civil de Saigots (Esteribar), en el término municipal de Esteribar, promovido por Gas Navarra S.A.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

De contenido urbanístico:

–El Ayuntamiento de Esteribar velará por el cumplimiento de las determinaciones propias de la competencia municipal y en cuanto a la integración en el entorno, se vigilarán las condiciones y el resultado final.

–Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantos informes y autorizaciones fueran precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate. En particular, deberán cumplirse las determinaciones que se establezcan en la autorización que la empresa promotora deberá recabar de la Dirección General de Obras Públicas, en relación la carretera NA-135 (Pamplona - Francia, Luzaide-Valcarlos) y NA-138 (Pamplona-Francia (Alduides)), de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

–Se recomienda prestar especial atención en los tramos de conducción siguientes al puente que cruza el río Arga, de modo que en el caso de verse afectados los márgenes del río Arga, una vez concluida la fase de obras, se lleven a cabo las labores de restauración oportunas.

–Respecto al paso por parcelas privadas, se recuerda que la autorización se otorga, sin perjuicio del derecho de propiedad.

De contenido Ambiental:

–Se evitará dañar la vegetación de ribera del río Arga durante la ejecución de las obras. Las zonas que se vean alteradas serán restituidas a un estado lo mas próximo posible al original.

–Los materiales susceptibles de derrame se almacenaran en zonas bien delimitadas y con medios para evitar su vertido accidental. Finalizada la obra, se limpiarán los restos de obra de toda la zona. Los sobrantes que se pudieran generar deberán trasladarse al vertedero de residuos inertes autorizado mas próximo.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 3.000euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.

4.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Esteribar, al Guarderío Forestal (demarcación Aezkoa-Quinto Real) y al interesado, a los efectos oportunos

Pamplona, 26 de enero de 2015.–El Director de Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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