BOLETÍN Nº 34 - 19 de febrero de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERIÁIN

Aprobación de la convocatoria y las bases
reguladoras de las subvenciones a la contratación
para fomento de empleo y autoempleo para el año 2015

El Pleno del Ayuntamiento de Beriáin, en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2015, acordó aprobar la Convocatoria y sus Bases Reguladoras de subvenciones para fomento de empleo para el año 2015 del Ayuntamiento de Beriáin, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Lo que se publica para su general conocimiento.

Beriáin, 10 de febrero de 2015–El Alcalde, Tomás Prieto Blanco.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
A LA CONTRATACIÓN PARA FOMENTO DE EMPLEO AÑO 2015
DEL AYUNTAMIENTO DE BERIÁIN

Bases reguladoras

Base 1.–Objeto.

1. Las presentes bases reguladoras tienen por objeto establecer incentivos para el fomento de la contratación y la estabilidad en el empleo subvencionando la contratación laboral de trabajadores desempleados, empadronados en Beriáin, con una antigüedad mínima de 2 años e inscritos en las Agencias de Empleo del Servicio Navarro de Empleo.

2. Estas ayudas se aplicarán a las acciones subvencionables que se realicen a partir de la entrada en vigor de la Ordenanza Municipal Reguladora de las subvenciones del Plan Municipal de Incentivo Territorial, Económico y Social de Beriáin y hasta el 31 de diciembre de 2015.

Base 2.–Financiación.

1. La financiación durante el año 2015 para atender las subvenciones que se regulan en estas bases se hará con cargo a la partida 1-3220 “Ayudas Promoción de Empleo y Emprendedores”, del presupuesto que se encuentre vigente para este año 2015.

2. Las ayudas que se concedan serán reconocidas hasta el límite del crédito disponible en la aplicación presupuestaria citada. Las solicitudes serán resueltas por riguroso orden de presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Beriáin.

Base 3.–Beneficiarios de las ayudas.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en las presentes bases reguladoras las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten desempleados inscritos en las Agencias de Empleo del Servicio Navarro de Empleo empadronados en el municipio de Beriáin con una antigüedad mínima de 2 años y que reúnan los requisitos y las condiciones que se establecen en las presentes bases.

También podrán ser beneficiarias las personas físicas que emprendan un proyecto de autoempleo, igualmente empadronadas en el municipio de Beriain con una antigüedad mínima de 2 años y que reúnan los requisitos y las condiciones que se establecen en las presentes bases.

En el supuesto de que el proyecto de autoempleo esté constituido por más de una persona física se considerará beneficiario de las ayudas al proyecto en conjunto y no a cada persona física individual que componga el mismo, debiendo cumplirse los requisitos exigidos en el apartado anterior.

Base 4.–Requisitos de los beneficiarios.

Las empresas y personas físicas beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

b) No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

c) No hallarse en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

En el caso de empresas beneficiarias de las ayudas, además:

a) Solicitar los trabajadores a contratar mediante contrato temporal o de duración determinada a través de una Oferta de empleo a través de las agencias del Servicio Navarro de Empleo.

Base 5.–Exclusiones.

1. Las ayudas previstas en esta convocatoria no se aplicarán a:

a) Los Centros de Inserción Socio-laboral.

b) La Administración General del Estado y los Organismos regulados en el Título III y en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de. la Administración General del Estado, así como las Administraciones Autonómicas y las Entidades Locales y sus Organismos públicos.

c) Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT).

d) Las concesiones administrativas de cualquier tipo.

2. No serán objeto de subvención:

a) Las relaciones laborales de carácter especial previstas en el articulo 2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, u otras disposiciones legales.

b) Las contrataciones realizadas con trabajadores que, en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido. Igualmente, en el supuesto de vinculación laboral anterior del trabajador con empresas a las que el solicitante de los beneficios hayan sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

c) Las contrataciones realizadas con motivo de una concesión administrativa.

Base 6.–Concurrencia, cuantía máxima e incompatibilidad de las ayudas.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras, supere el cien por cien del coste salarial más las cargas sociales a cargo del empleador.

A estos efectos, la solicitud de subvención deberá acompañarse del compromiso de comunicar la superación de los citados límites en cualquier momento del período contractual subvencionado en que se produzca.

Base 7.–Contratos subvencionables.

Serán objeto de subvención, siempre que supongan un incremento de la plantilla total de la empresa respecto de la existente los 6 meses anteriores a la fecha de la nueva contratación, cuya fecha de inicio esté comprendida a partir de la entrada en vigor de la Ordenanza Municipal Reguladora de las subvenciones del Plan Municipal de Incentivo Territorial, Económico y Social de Beriáin y hasta el 31 de diciembre de 2015.

a) Los contratos de duración indefinida, incluidos los fijos discontinuos.

b) Los contratos establecidos en el artículo 15.1 apartados a) y b) de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, con una duración mínima de 12 meses, excepto en los contratos del citado apartado b) cuando el convenio colectivo sectorial no lo permita la duración mínima será la establecida en dicho convenio y, en todo caso, con un mínimo de 6 meses.

A los efectos de plantilla total no se tendrán en cuenta los trabajadores con contrato de interinidad.

c) Los contratos temporales dé fomento del empleo para personas con discapacidad, regulados en la disposición adicional primera de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

d) Los contratos para la formación realizados por empresas con parados demandantes de empleo con una duración mínima de un año, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 11.2 a) del Estatuto de los Trabajadores.

Base 8.–Cuantía de las ayudas.

1. Las ayudas consisten en las siguientes subvenciones, siempre que la jornada de trabajo se celebre a tiempo completo:

–2.400 euros para cada contrato contemplado en el apartado a) de la base 7. Igual cuantía se asignará a los que hayan iniciado un proyecto de autoempleo.

–1.800 euros para cada contrato contemplado en el apartado b) de la base 7, si tiene una duración de al menos un año.

–900 euros para cada contrato contemplado en el apartado b) de la base 7, si la duración es al menos de seis meses.

En caso de transformación en indefinido de estos contratos, hasta completar un máximo de 2.400 euros.

–750 euros por cada contrato contemplado en el apartado c) de la base 7.

–500 euros por cada contrato para la formación o contrato en prácticas.

2. En los contratos que se celebren a jornada parcial, con una duración mínima del 50% de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable y en los contratos fijos discontinuos, los incentivos anteriores se prorratearán en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

3. Las contrataciones se realizarán siguiendo las directrices marcadas por los respectivos convenios colectivos.

Base 9.–Plazo, instrucción, tramitación y resolución.

1. El procedimiento se iniciará a instancia de parte, mediante solicitud del interesado dirigida al Ayuntamiento de Beriáin, que será presentada en el registro de la citada entidad.

Asimismo se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 384 de la Ley 30/1 992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La instrucción y tramitación del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la Secretaria Municipal y la resolución al Alcalde-Presidente, con el seguimiento de la Comisión correspondiente.

2. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de inicio del contrato de trabajo o a la fecha de transformación en indefinido. Será causa de denegación de la subvención la presentación de la solicitud fuera de plazo. En el caso de las solicitudes correspondientes a contratos de 2013, será de un mes a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de las presentes Bases.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el día 31 de diciembre de 2015.

3. Las solicitudes y los anexos de esta convocatoria están disponibles en la página web del Ayuntamiento: www.beriain.es.

4. Las solicitudes deberán presentarse en los modelos normalizados junto con la documentación que figure en el reverso de impreso de solicitud.

5. El Ayuntamiento de Beriáin podrá recabar la información complementaria que estime necesaria para la adecuada valoración y resolución de la solicitud presentada.

6. El Alcalde-Presidente de Beriáin resolverá sobre la concesión o denegación de la subvención. Dicha Resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro municipal para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado Resolución expresa, la solicitud presentada se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Una vez el Ayuntamiento de Beriáin haya comprobado la realización de la actuación que fundamenta la solicitud de la subvención procederá a la concesión y abono de la misma,

La Resolución no pondrá fin a la vía administrativa por lo que contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

Base 10.–Procedimiento de concesión.

El procedimiento de concesión de las subvenciones establecidas en esta convocatoria, que se tramitarán en régimen de evaluación individualizada, se ajustará a las previsiones de la Ordenanza Municipal reguladora de las subvenciones del Plan Municipal de Incentivo Territorial, Económico y Social de Beriáin y a lo establecido en estas bases reguladoras.

Base 11.–Modificación de la Resolución de concesión.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones, así como la obtención concurrente de subvenciones ó ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión.

Base 12.–Obligaciones del beneficiario.

1. La empresa beneficiaria de la subvención estará obligada a cumplir el período mínimo de mantenimiento de los contratos de trabajo subvencionados, que en los supuestos de contratación indefinida, bien inicial o por transformación, será de dos años, contados desde el día de la contratación indefinida o desde el día en que se haga efectiva la conversión en indefinido.

2. En el supuesto de cese del trabajador cuyo contrato haya sido subvencionado, la empresa lo deberá sustituir, en el plazo máximo de un mes, por otro trabajador de acuerdo con los requisitos de esta convocatoria, comunicándolo al Ayuntamiento de Beriáin en un plazo no superior a un mes desde la fecha del nuevo contrato. En caso contrario se procederá al reintegro de la subvención concedida.

3. En el supuesto de proyecto de autoempleo será obligación del beneficiario mantener en activo el proyecto durante al menos dos años. En caso contrario deberá proceder al reintegro de la subvención concedida.

4. La empresa, durante el periodo de duración del contrato subvencionado deberá mantener, al menos, el incremento de la plantilla que haya supuesto la nueva contratación y el número de trabajadores fijos, dando lugar su incumplimiento a la reducción proporcional de la ayuda o a su revocación.

Base 13.–Pago.

Se abonará a las empresas la subvención establecida en la base 8 de manera prorrateada, previa presentación de la relación nominal del trabajador contratado (TC2).

Base 14.–Reintegro de las subvenciones.

1. Las causas de invalidez de la Resolución de concesión, recogidas en el artículo 40 de la Ordenanza reguladora, darán lugar a la obligación de reintegrar, total o parcialmente, las cantidades percibidas, as! como la exigencia del interés de demora desde la fecha del pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro de la misma.

2. El procedimiento de reintegro de subvenciones se regirá por las disposiciones generales de los procedimientos administrativos contenidas en el título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Base 15.–Régimen “de minimis”.

Estas ayudas están sometidas al régimen “de minimis” en los términos establecidos en el Reglamento (CE) número 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado CE a las ayudas “de minimis” y en la Comunicación de la Comisión 2009/C16/01, sobre el marco temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera, y por el qué se limitará a un máximo de 100.000,00 euros las ayudas a obtener por una empresa durante un período de tres años desde la primera concesión.

Base 16.–Publicidad.

Los beneficiarios deberán incorporar en todas las manifestaciones de promoción y difusión de las actuaciones que éstas están subvencionadas por el Ayuntamiento de Beriáin.

A su vez, el Ayuntamiento de Beriáin podrá publicar en su página web la relación de subvenciones concedidas.

Base 17.–Procedimiento sancionador.

Si, como consecuencia de la tramitación del expediente de reintegro, se detectara alguna de las infracciones tipificadas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones, se seguirá el procedimiento establecido en dicha Ley.

Así mismo si de la documentación presentada por la empresa se detectara alguna irregularidad sustancial, podrá anularse la subvención concedida y exigir la devolución de lo ya cobrado.

Base 18.–Normativa aplicable.

En lo no regulado en estas bases reguladoras se entenderá de aplicación la Ordenanza Municipal reguladora de las subvenciones del Plan Municipal de Incentivo Territorial, Económico y Social de Beriáin, así como la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

SOLICITUD DE SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN
PARA FOMENTO DEL EMPLEO DENTRO DEL PLAN DE EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE BERIAIN

Datos de la entidad solicitante o proyecto de autoempleo

N.I.F.

Nombre o Razón Social

CNAE (Actividad en letra)

N.º CNAE

(-----)

Domicilio

Localidad

Código Postal

Teléfono

Correo electrónico

Cuenta de cotización Seguridad social

Datos del representante legal o apoderado

Nombre y Apellidos

Teléfono

Correo electrónico

Persona para posibles aclaraciones sobre la solicitud

Nombre y Apellidos

Teléfono

Correo electrónico

Datos de la plantilla de la empresa o personas que comprenden el proyecto de autoempleo

FIJOS

NO FIJOS

INTERINOS

TOTAL

A la fecha del mes anterior al inicio del contrato

A la fecha de inicio del contrato

incluyendo la nueva contratación

Tipo de contrato

Código

Denominación

% Jornada

N.º de registro del contrato

Convenio aplicable

N.º registro oferta genérica

Datos del trabajador o del proyecto de autoempleo

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

N.I.F.

Fecha contrato o fecha de inicio de la actividad

Edad

Sexo (H/M)

Localidad

Código Postal

Fecha de inscripción agencia de empleo

Agencia de empleo

¿Perceptor de renta básica? (Si/No)?

El abajo firmante, en nombre de la Entidad representada, entrega la presente solicitud ante el Ayuntamiento de Beriain, asumiendo los efectos derivados de dicho acto, al tiempo que certifica la veracidad de todos los datos consignados.

................................, a ............ de ................ de 2015

(Firma del solicitante)

Documentación que debe acompañar a la solicitud

1.–Declaración de otras ayudas (Anexo I).

2.–Declaración sobre los requisitos de los beneficiarios establecidos en tos apartados b) y c) de a base 4 de la Convocatoria (Anexo II).

3.–Declaración sobre las exclusiones establecidas en la base 5 de la Convocatoria (Anexo III).

4.–Documentación acreditativa de que el solicitante se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con anterioridad al cobro de la subvención.

5.–Certificado de la empresa de encontrarse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente de su pago.

6.–Copia del contrato de la persona contratada de la que se solicita subvención.

7.–Relación nominal de trabajadores (TC-2) del mes anterior al que se solicite la subvención.

8.–Certificado de empadronamiento de la persona contratada (a recabar por Ayuntamiento de Beriain).

9.–En su caso, acreditación de la discapacidad de la persona contratada.

10.–Solicitud de abono por transferencia (Modelo oficial).

Don/Doña ............................................, titular del N.I.F. número ............., en calidad de ........................, de la Entidad “.......................................................”,

CERTIFICO:

Que la documentación fotocopiada que presento ante el Ayuntamiento, se corresponde fielmente con el Original.

Que poseo la autorización necesaria del trabajador contratado, cuyos datos se derivan de la presente solicitud, para el tratamiento informático de los mismos, a los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1 999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de desarrollo, facultando para el uso informático de los mismos, al Gobierno de Navarra.

................................., a ................ de ............. de 2015

(Firma del solicitante)

ANEXO 1

Declaración de otras ayudas

Además de la presente ¿ha solicitado u obtenido la entidad otras subvenciones para ia misma finalidad de cualquier administración, ente público o privado? Si No

En caso de respuesta afirmativa, hacer constar los datos del tipo de ayuda, el organismo concedente, cuantía y fecha:

AYUDA

ORGANISMO QUE LA CONCEDE

CUANTÍA Y FECHA SOLICITADA

CUANTÍA Y FECHA SOLICITADA

Además de la presente ¿ha solicitado u obtenido la entidad durante los tres últimos años alguna ayuda o subvención sometida al régimen “de minimis” para esta o cualquier otra actividad? Si No.

En caso de respuesta afirmativa, hacer constar los datos del tipo de ayuda, el organismo concedente, cuantía y fecha:

AYUDA

ORGANISMO QUE LA CONCEDE

CUANTÍA Y FECHA SOLICITADA

CUANTÍA Y FECHA SOLICITADA

Don/Doña ........................................., con NIF ............, en representación de ...................................................

DECLARA:

Ser cierta y completa la información que se hace constar en la presente declaración.

Asimismo, se Compromete a comunicar por escrito al Ayuntamiento, en un plazo inferior a 15 días a partir de la fecha de la solicitud, las nuevas solicitudes que presente para igual finalidad así como las que se presenten sometidas al régimen “de minimis”, para ésta u otra actividad.

Igualmente, y en el caso deque el importe de la subvención, alelada o en concurrencia con otras, supere el cien por cien del coste salarial más las cargas sociales a cargo del empleador la entidad se compromete a comunicar la superación del citado límite en cualquier momento del periodo contractual subvencionado en que se produzca,

........................, a ...... de ...................... de 2015

(Firmado)

ANEXO II

Declaracion sobre los requisitos de los beneficiarios establecidos
en los apartados b) y c) de la base 4 de la convocatoria

Don/Doña ............................................, con NIF ............, en representación de ......................................

DECLARA:

Ser cierta y completa la información qué se hace constar en la presente declaración,

Declaro que la entidad a la que represento no se halla incursa en ninguna de las siguientes circunstancias:

a) Haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarada en concurso, estar sujeta a intervención judicial o haber sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, ala resolución firme de’ cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de incompatibilidad que establezca la normativa vigente.

e) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

f) Haber sido sancionada mediante resolución firme con la perdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a la legislación general tributaria.

Igualmente declaro que la entidad a la que represento no ha sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con o previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado ‘por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

En, ........................ a ............... de .............. de 2015

(Firma del Solicitante)

ANEXO III

Declaración sobre las exclusiones establecidas
en las bases de la convocatoria

Don/ doña ..........................................................., con NIF ............, en representación de ............................................

DECLARA:

Ser cierta y completa la información qué se hace constar en la presente declaración,

1. La contratación realizada no afecta al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tienen el control empresarial, ostentan cargos de dirección o son miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revisten la forma jurídica de sociedad, así como las que se producen con estos últimos.

2. El trabajador contratado no ha prestado servicios, en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación, en la misma empresa, grupo de empresas o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido ni ha habido vinculación laboral anterior del trabajador con empresas a las que el solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En, ................ a ..................... de ........................ de 2015

(Firma del Solicitante)

Código del anuncio: L1502241