4. Procedimientos Judiciales
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO CINCO DE PAMPLONA
Edicto de notificación general. Juicio verbal 745/2014
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
En este Juzgado se sigue el procedimiento de juicio verbal número 745/14 seguidos por Grupo Alimentario Argal, S.A., representado por la procurador Araiz y defendido por la letrada señora Díaz frente al demandado Carniceros y Ganaderos de Navarra Unidos, S.L., en el que se ha dictado sentencia 249/14 con fecha 30 de diciembre de 2014 y se ha dictado el siguiente fallo:
Sentencia número 249/2014.
Que, estimando íntegramente la demanda deducida por el Procurador señor Araiz en nombre de Grupo Alimentario Argal, S.A., frente a Carniceros y Ganaderos de Navarra Unidos, S.L., condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.546,23 euros.
Intereses del artículo 7 de la Ley 3/04, de 29.12, de acuerdo con el siguiente calendario:
a) Sobre la suma de 340,60 euros desde el día 29.09.12 hasta el 05 10.12;
b) Sobre la suma de 649,84 euros desde el día 06.10.12 hasta el 27.10.12;
c) Sobre la suma de 1.000,43 euros desde el 28.10.12 hasta el 09.11.12;
d) Sobre la suma de 1.357,77 euros desde el 09.11.12 hasta el 22.12.12;
e) Sobre la suma de 1.472,62 euros desde e 23.12.12 hasta el 28.11.12;
f) Y sobre la suma de 1.546,23 euros desde el 28.11.12 hasta el completo pago.
Las costas del procedimiento, para el caso en que fueren de abono.
Notifíquese esta sentencia a las partes (a la demandada por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra) haciéndoles saber que es firme y no admite recurso (art. 455.1 LEC al no ser la cuantía litigiosa superior a los 3.000 euros).
Y como consecuencia del ignorado paradero de Carniceros y Ganaderos de Navarra Unidos, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Pamplona, 7 de enero de 2015.–La Secretaria, firma ilegible.
Código del anuncio: J1500423