BOLETÍN Nº 30 - 13 de febrero de 2015

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO CINCO DE PAMPLONA

Edicto de notificación general. Juicio verbal 745/2014

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En este Juzgado se sigue el procedimiento de juicio verbal número 745/14 seguidos por Grupo Alimentario Argal, S.A., representado por la procurador Araiz y defendido por la letrada señora Díaz frente al demandado Carniceros y Ganaderos de Navarra Unidos, S.L., en el que se ha dictado sentencia 249/14 con fecha 30 de diciembre de 2014 y se ha dictado el siguiente fallo:

Sentencia número 249/2014.

Que, estimando íntegramente la demanda deducida por el Procurador señor Araiz en nombre de Grupo Alimentario Argal, S.A., frente a Carniceros y Ganaderos de Navarra Unidos, S.L., condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.546,23 euros.

Intereses del artículo 7 de la Ley 3/04, de 29.12, de acuerdo con el siguiente calendario:

a) Sobre la suma de 340,60 euros desde el día 29.09.12 hasta el 05 10.12;

b) Sobre la suma de 649,84 euros desde el día 06.10.12 hasta el 27.10.12;

c) Sobre la suma de 1.000,43 euros desde el 28.10.12 hasta el 09.11.12;

d) Sobre la suma de 1.357,77 euros desde el 09.11.12 hasta el 22.12.12;

e) Sobre la suma de 1.472,62 euros desde e 23.12.12 hasta el 28.11.12;

f) Y sobre la suma de 1.546,23 euros desde el 28.11.12 hasta el completo pago.

Las costas del procedimiento, para el caso en que fueren de abono.

Notifíquese esta sentencia a las partes (a la demandada por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra) haciéndoles saber que es firme y no admite recurso (art. 455.1 LEC al no ser la cuantía litigiosa superior a los 3.000 euros).

Y como consecuencia del ignorado paradero de Carniceros y Ganaderos de Navarra Unidos, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 7 de enero de 2015.–La Secretaria, firma ilegible.

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