BOLETÍN Nº 30 - 13 de febrero de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación Carta de Servicios
de Seguridad Vial y Seguridad Ciudadana

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tudela, en sesión celebrada el 12 de enero de 2015, aprobó la Carta de Servicios de Seguridad Vial y Seguridad Ciudadana.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos, la carta aprobada se publica, a los efectos de general conocimiento.

Tudela, 16 de enero de 2015.–El Alcalde-Presidente, Luis Casado Oliver.

CARTA DE SERVICIOS POLICÍA LOCAL
SEGURIDAD VIAL Y SEGURIDAD CIUDADANA

Datos identificativos del servicio/centro

La Policía Local de Tudela es un Cuerpo que depende del M.I. Ayuntamiento de Tudela.

Las funciones que tiene encomendadas la Policía Local de Tudela, tienen su fundamento jurídico en la Constitución Española de 1978, en la Ley Orgánica 13/1986, de 13 de marzo, reguladora de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de Las Policías de Navarra, la Ley Foral 15/2010, de 25 de octubre, de modificación de la Ley Foral 8/2007 y el Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra y el Reglamento de la Policía Municipal de Tudela, aprobado por el Pleno en sesión ordinaria el 25 de marzo de 1997, teniendo como misión primordial garantizar el libre y pacífico ejercicio de los derechos de la ciudadanía.

Para conseguir esta meta es necesaria la existencia de unos principios básicos de organización y actuación.

El Ayuntamiento de Tudela tiene como uno de sus fines primordiales garantizar la seguridad en el Municipio, definiendo las funciones de los Responsables en materia de protección y seguridad ciudadana, organizando a su Policía Local de forma que permita responder de forma integral a las necesidades de la ciudadanía en el ámbito municipal.

Misión, competencias y valores

La Policía Local de Tudela es un Cuerpo de Seguridad, cuya misión es proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, hacer respetar las Ordenanzas y demás Disposiciones Municipales y colaborar en la Seguridad Ciudadana y en la defensa del Ordenamiento Constitucional.

Conforman las competencias de la Policía Local de Tudela, las previstas en el artículo 6.º del Reglamento del Cuerpo, y comprenden:

a) Protección de la Ciudadanía, de las Autoridades de la Corporación, y vigilancia o custodia de los edificios e instalaciones municipales.

b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre tráfico y seguridad vial.

c) Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano, comunicando tales actuaciones a los organismos competentes.

d) Velar por el cumplimiento de las Ordenanzas, Bandos y demás Disposiciones dictadas en virtud de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al Ayuntamiento.

e) Participar en las funciones de Policía Judicial colaborando con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando de la manera prevista en la leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.

g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos. Las actuaciones llevadas a término, se comunicarán a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado competentes.

h) Vigilancia de los espacios públicos, y colaborar con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y la Policía Foral, en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerida para ello.

i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

j) Realizar cualquier otra función policial y de seguridad que, de acuerdo con la legislación vigente, le sea encomendada.

Como valores en los que se inspirará la Policía Local de Tudela en el ejercicio de sus funciones, se tendrán en cuenta los previstos en el artículo 36 del citado Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra:

–Actuar con absoluto respeto al ordenamiento jurídico.

–Actuar con absoluta neutralidad política, imparcialidad y, sin discriminación alguna.

–Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.

–Mantener un trato correcto y esmerado en sus relaciones con la ciudadanía...

–Llevar a cabo sus funciones con total dedicación debiendo intervenir siempre ante la comisión de cualquier ilícito penal, aun encontrándose fuera de servicio.

–Guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones.

Servicios

–Seguridad ciudadana.

a) Protección de la ciudadanía y de las autoridades de la corporación, vigilancia y custodia de los edificios e instalaciones municipales.

b) Participar en las funciones de Policía Judicial colaborando con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

c) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando de la manera prevista en las leyes y en la ejecución de los planes de Protección Civil.

d) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos. Las actuaciones llevadas a término se comunicarán a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad competentes.

e) Vigilancia de los espacios públicos y colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y Policía Foral, en la protección de las manifestaciones y en el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas cuando sea requerida para ello.

f) Cooperar en la resolución de los conflictos privados siempre que sean solicitados sus servicios.

–Seguridad vial.

g) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre tráfico y seguridad vial.

h) Instruir atestados por accidentes de circulación en las vías urbanas, comunicando tales actuaciones a los organismos competentes.

Compromisos e indicadores de Seguridad Vial y Seguridad Ciudadana

COMPROMISOS

INDICADORES

ATENCIÓN EN LA VÍA PÚBLICA Y RAPIDEZ EN LA RESPUESTA

En caso de llamadas urgentes (accidentes con personas heridas o inconscientes, robo con violencia, agresiones o incendios) el tiempo de activación de recursos y la personación, será inferior a 10 minutos.

Tiempo de respuesta en personarse desde la llamada.

En llamadas no urgentes el 95% de los casos se personarán en un tiempo inferior a 20 minutos y el resto de las llamadas no excederá los 30 minutos.

Tiempo de respuesta en personarse desde la llamada.

Retirada de vehículos en 30’ desde el momento en que la persona comunique que el vehículo obstaculiza gravemente la circulación de otros vehículos o viandantes, esté estacionado en zonas reguladas (zona azul y verde) o sea un espacio reservado para determinadas personas (personas con discapacidad, bus, carga y descarga, personal sanitario, etc.).

Tiempo de respuesta retirada vehículo.

PRESENCIA POLICIAL Y PROFESIONALIDAD

Realizar un mínimo de 180 controles de tráfico en horarios y lugares diferentes de la ciudad, para prevenir conductas que puedan generar accidentes de tráfico: alcoholemia y drogas, velocidad, elementos de seguridad (cinturón de seguridad, sistema de retención infantil) móviles, semáforos, peatones, giros prohibidos, etc.

Número de pruebas e inspecciones efectuadas en los diferentes controles realizados durante el año.

Regular el tráfico con presencia de agentes en aquellos centros escolares en el 100% de los accesos que no estén regulados por semáforos y representen peligro para el alumnado con una dedicación mínima de 250 horas/año.

Número de horas de presencia policial en centros escolares sin semáforo.

Mantener la presencia en la calle de al menos 4 policías por turno, con dedicación de 7 horas por cada policía.

Número de horas patrulla.

EDUCACIÓN VIAL

Poner la educación vial a disposición del alumnado de primaria, de 1.º a 4.º de la ESO, 3.ª Edad y Educación especial, en el Parque Infantil de Tráfico municipal para atender mínimo 108 acciones con una asistencia mínima de 2000 alumnos/as.

–Número de alumnos/as que reciben instrucción en el Parque Infantil de Tráfico a lo largo del curso escolar.

–Número de acciones de educación vial realizadas.

SEGURIDAD, EMPATÍA Y TRATO PERSONAL

Prestar auxilio en el 100% de los casos de violencia de género y por accidentes de circulación con personas heridas: asistiendo y asesorando a las víctimas sobre los trámites a realizar e informando sobre los servicios municipales a los que pueden acudir en estos casos.

–% de servicios de atención a víctimas de violencia de género atendidas.

–% de accidentes con personas heridas atendidas.

El 90% de los informes de accidentes serán emitidos en el plazo de 15 días desde la solicitud de petición formulada por escrito y el resto en 30 días máximo.

% cumplimiento plazo de emisión informe accidentes.

Atención y trato esmerado en todas las actuaciones que afecten a la ciudadanía. El número de quejas mensuales por deficiente atención del personal no pasará de 2.

AQS recibidas por trato del personal inadecuado.

SERVICIO Y ATENCION INMEDIATA

Atención e información a la ciudadanía las 24 horas del día y todos los días del año.

AQS ausencia de atención servicio.

Trasmisión a la persona interesada, al menos en un 80% y en el plazo máximo de 15 días hábiles, de la respuesta a sus aviso, queja y/o sugerencia relacionada con los servicios municipales.

Tiempo de tramitación de las AQS.

Gestión de la Carta de Servicios

El Jefe de Policía Local será la persona responsable de coordinar, unificar y realizar el seguimiento, convocará reuniones periódicas del grupo motor contando con el apoyo y participación del resto de trabajadores/as de la unidad de Policía Local, con la periodicidad que se determine. Durante el primer año las reuniones tendrán mayor periodicidad y posteriormente se convocarán en función de las necesidades que se produzcan.

La supervisión y evaluación estará a cargo de la Técnica de Organización y Calidad municipal.

Relación normativa

Las funciones que tiene encomendadas la Policía Local de Tudela, tienen su fundamento jurídico en:

–Constitución Española de 1978.

–Ley Orgánica 13/1986, de 13 de marzo, reguladora de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

–Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo de las Policías de Navarra.

–Ley Foral 15/2010, de 25 de octubre, de modificación de la Ley Foral 8/2007.

–Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra.

–Reglamento de la Policía Municipal de Tudela, aprobado por el Pleno en sesión ordinaria el 25 de marzo de 1997.

–En relación con las Cartas de servicios:

  • Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, por el que se regulan las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
  • Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, por la que se regula el diseño y la estructura de las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
  • Capítulo IV de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos, dedicado específicamente a las Cartas de servicios.
  • Cartas de Servicios UNE 93200: 2008.

Fecha de entrada en vigor y vigencia

Esta Carta fue aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tudela, en sesión celebrada el 12 de enero de 2015 y estará vigente hasta el 12 de enero de 2017.

Derechos y deberes de las personas usuarias

La ciudadanía tiene los siguientes derechos en relación con los servicios prestados por la policía local de Tudela:

–Ser tratada siempre con una actitud correcta y respetuosa.

–Recibir una inmediata y adecuada intervención cuando la persona se encuentre en riesgo o en situación de conflicto.

–Ser atendida por personal cualificado de la forma más eficaz posible y con los recursos a nuestro alcance.

–Conocer la identidad del/ la funcionario/a que presta el servicio a través de su número de identificación policial.

–Ser informada y orientada sobre las circunstancias del servicio así como los cauces a utilizar para la tramitación de las correspondientes reclamaciones.

–A mantener la confidencialidad de la información relacionada con el servicio prestado, velando por su intimidad.

–Formular cualquier consulta, sugerencia y/o queja, utilizando las vías que el Ayuntamiento de Tudela haya establecido.

La ciudadanía tiene los siguientes deberes en relación con los servicios prestados por la policía local de Tudela:

–Mantener una actitud correcta y educada hacia el resto de la ciudadanía y hacia los y las agentes de la Policía local.

–Cumplir las normas establecidas facilitando la convivencia entre los/as ciudadanos/as.

–Dar conocimiento a la Policía local de cualquier información que pueda ser constitutiva de un delito o falta.

–A requerimiento de la autoridad competente colaborar en aquellos casos que determine la ley.

–Cumplir las normas, requisitos, condiciones y procedimientos establecidos en los servicios.

–Facilitar información veraz sobre sus circunstancias personales y familiares siempre que su conocimiento sea necesario para valorar y atender su situación, así como comunicar las variaciones que se produzcan.

Colaboración y participación para mejora de los servicios

Queremos colaborar con las actividades de prevención o voluntariado mediante acuerdos de colaboración.

Queremos saber su opinión, mediante encuestas periódicas que nos permitan conocer el grado de satisfacción en relación a los servicios que prestamos.

Díganos por qué, si no queda satisfecho/a en algún aspecto le invitamos a que nos formule propuestas que nos ayuden a corregir deficiencias o mejorar los servicios.

¿Cómo hacerlo?

–Presencialmente en nuestras oficinas de SAC Casa Consistorial (Plaza Vieja, número 1, 31500 Tudela) o SAC Barrio de Lourdes (calle Bernardo Escós Catalán, s/n, 31500 Tudela).

–Telefónicamente llamando al teléfono 010 (desde Tudela), a los teléfonos 948 417110 o 902 242010 (desde fuera de Tudela o móvil).

–On-line: a través de la web www.tudela.es o por correo electrónico sac010@tudela.es.

Comunicación del cumplimiento de compromisos

–Nos comprometemos a informar a la ciudadanía anualmente, a través de los medios de comunicación acerca del grado de cumplimento de nuestros compromisos.

–Además, periódicamente se informará a través de la web municipal: www.tudela.es, tanto del cumplimiento de los compromisos como de la información estadística del Servicio.

Direcciones y horarios de atención al público

–Dirección:

Dirección: Paseo del Cristo, s/n. 31500 Tudela (Navarra).

Teléfonos:

  • Urgencias*:
  • 092.
  • 948 848 309.

Ambos, son gratuitos y están disponibles las 24 horas del día.

Para un mejor servicio se le podría solicitar la identificación personal.

* Si llama desde un móvil al 092 es posible que el repetidor desvíe la llamada a 092 Pamplona. Le aconsejamos que configure un acceso directo en la pantalla de su móvil con el número 948848309 para cuando necesite una llamada urgente.

  • Consultas no urgentes:
  • 948 848 312.
  • Administración:
  • 948 41 71 00, extensiones: 217; 219; 220.

Fax: 948 412 258.

Mail: policia@tudela.es.

–Horarios de atención al público.

  • Atención administrativa (trámites multas, solicitud informes, vados, tarjetas minusvalía, etc.). De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
  • Atención operativa (depósito grúa, objetos perdidos, etc.) 24 horas.

–Unidad Responsable de la Carta de Servicios.

Unidad Administrativa de Policía Local.

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