BOLETÍN Nº 253 - 22 de diciembre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 196E/2015, de 23 de noviembre, del Director de Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se archiva el expediente de proyecto de abastecimiento de agua potable a la piscifactoría de Yesa, promovido por Ayuntamiento de Yesa.

Con fecha 12 de marzo de 2015 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático el expediente señalado en el párrafo anterior.

A la vista del proyecto técnico presentado para el expediente, se ha requerido al promotor mediante escrito de fecha 17 de marzo de 2015, notificado con fecha 18 de marzo de 2015, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación. En dicho requerimiento se advertía expresamente que transcurridos tres meses, desde que se produzca la notificación del citado escrito, sin haberse realizado la aportación de la documentación precisa, se procedería a declarar la caducidad del expediente, con los requisitos y efectos del artículo 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que implicaría la imposibilidad de llevar a cabo las obras e instalaciones proyectadas.

Habiendo transcurrido el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, en virtud de las competencias derivadas de la aplicación del artículo 35.3 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente del proyecto de abastecimiento de agua potable a la piscifactoría de Yesa, promovido por Ayuntamiento de Yesa.

2.º Archivar las actuaciones seguidas hasta la fecha, y devolver el expediente al promotor, señalando, en su efecto, que en modo alguno puede ejecutarse la actividad solicitada.

3.º Señalar que si en el futuro se pretendiera ejecutar esta actividad, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente, en la forma establecida en el Reglamento que desarrolla la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, aprobado por Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

4.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, por los interesados que no sean Administraciones Públicas podrá interponerse recurso de alzada ante en el plazo de un mes a contar desde su notificación.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Director General de Medio Ambiente, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Trasladar la presente Resolución al interesado y al Ayuntamiento de Yesa, a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de noviembre de 2015.–El Director de Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

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