BOLETÍN Nº 241 - 2 de diciembre de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BARILLAS

Aprobación definitiva de Ordenanzas fiscales
y tipos de gravamen para el año 2016

El Ayuntamiento de Barillas, en sesión plenaria celebrada el 14 de septiembre de 2015, acordó la aprobación inicial de la modificación de las ordenanzas fiscales de tasas y precios públicos en cuanto a las tarifas a aplicar en 2016, así como los giros de contribuciones de dicho año.

El anuncio correspondiente se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 189, de 22 de septiembre de 2015, sin que durante el plazo establecido de treinta días se hayan formulado reclamaciones, reparos u observaciones al expediente.

En su virtud, han quedado definitivamente aprobadas las modificaciones de las ordenanzas y las tarifas aplicables para 2016, lo que se publica para general conocimiento y efectos:

1. Las Ordenanzas, Tarifas y Giros para 2016 son, en resumen, las que seguidamente se detallan, con una previsión general de incremento del 1% sobre las cuotas del ejercicio 2015, en las exacciones que lo permiten sin exceder los límites legales, con el resultado siguiente: Guarderío, 0,4126 euros/almutada. Ambulantes, 3,65 euros/ por puesto y día. Por expedición de fotocopias, de 0,25 euros/ por unidad. Utilización fax, 0,42 euros a Navarra; 0,85 euros resto España; y 1,72 al extranjero, por página. Porcentaje en el giro del ICIO: 4% de presupuesto de ejecución material. Cédulas parcelarias, 2,10 euros/unidad. Concesiones cementerio: nicho 778.61euros; sepultura sencilla: 235,33 euros; sepultura doble: 958,64euros. Coto Caza, según Mancomunidad. Abonos y entradas en Instalaciones Deportivas:

A) Abonos.

Quinc. / Mensual / Tempor.

–Individual menores (4 a 14 años), y jubilados 17,70 euros, 25,65 euros, 52,42 euros.

–Jubilados 17,70 euros, 25,65 euros, 52,42 euros.

–Individual mayores (15 o más) 21,82 euros, 37,07 euros, 64,35 euros.

–Matrimonios sin hijos 39,40 euros, 64,34 euros, 122,00 euros.

–Matrimonios con 1 hijo 47,67 euros, 82,21 euros, 130,80 euros.

–Matrimonios con 2 hijos 57,07 euros, 99,18 euros, 141,20 euros.

–Matrimonios con 3 o más hijos. 68,48 euros, 110,10 euros, 158,17 euros.

B) Entradas. Las entradas por día tienen el precio de 3,15 euros para los menores, jubilados y estancia en el recinto, y de 4,15 euros para los mayores.

Se fijan para 2016 los porcentajes aplicados en 2015 para el cálculo de las bases imponibles del Impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana, establecidos en 3,30/3,30/3,20/3,10/, para los respectivos tramos de hasta 5, 10, 15 y 20 años; y el tipo del 12%.

2.–Ordenanzas Fiscales:

Ordenanza Fiscal General.

Ordenanza Fiscal general de contribuciones especiales.

Ordenanza Fiscal de Tasas por expedición y tramitación de documentos.

Ordenanza fiscal de Precios Públicos por uso instalaciones deportivas.

Ordenanza Fiscal de Precios públicos por aprovechamientos especiales de suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común.

Ordenanza Fiscal del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

Ordenanza Fiscal de tasa de guarderío rural.

Ordenanza Fiscal del aprovechamiento de bienes y pastos del común.

Ordenanza Fiscal del comercio no sedentario y sus Tasas.

Ordenanza utilización cementerio, y derechos y tasas por servicio.

3.–Tipos de Giro:

Contribución Rústica: 0,80%.

Contribución Urbana: 0,3409%.

Recargo Impuesto Actividades Económicas: 40%.

4.–Las presentes modificaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2016”.

Barillas, 3 de noviembre de 2015.–El Alcalde, Ramón Martínez Zardoya.

Código del anuncio: L1514862