BOLETÍN Nº 229 - 16 de noviembre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 88/2015, de 21 de octubre, del Director General de Educación, por la que se autoriza la impartición de la Segunda lengua extranjera desde 4.º de Primaria, Francés o Alemán, a partir del curso 2015-2016, al centro privado concertado “San Ignacio” de Pamplona.

La Directora del Servicio de Ordenación e Igualdad de Oportunidades presenta informe favorable para autorizar la impartición de la Segunda lengua extranjera desde 4.º de Primaria, Francés o Alemán, a partir del curso 2015-2016, al centro privado concertado “San Ignacio” de Pamplona.

La Orden Foral 51/2014, de 2 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan la implantación y el horario de las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en los centros educativos situados en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, tras la modificación producida por la Orden Foral 64/2015, de 3 de julio, establece que los centros podrán ofertar el área de Segunda lengua extranjera a partir de cualquier curso de la Educación Primaria y previa autorización por parte del Departamento de Educación.

La Orden Foral 73/2014, de 22 de agosto, regula el procedimiento de autorización para impartir el área de Segunda lengua extranjera, en la Educación Primaria, en los centros públicos, privados y privados concertados situados en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Autorizar la impartición de la Segunda lengua extranjera desde 4.º de Primaria, Francés o Alemán, a partir del curso 2015-2016, al centro privado concertado “San Ignacio” de Pamplona.

2.º La autorización a la que se refiere el punto anterior de la presente Resolución será efectiva siempre que se cumplan los requisitos y el procedimiento establecidos en la Orden Foral 51/2014, de 2 de junio, y en la Orden Foral 73/2014, de 22 de agosto, respectivamente.

3.º El currículo del área de Segunda lengua extranjera será el establecido en el Decreto Foral 60/2014, de 16 de julio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de Educación primaria en la Comunidad Foral de Navarra.

4.º El Departamento de Educación podrá revocar la autorización en el caso de que se produzca alguno de los supuestos a que alude el punto 4 del artículo 3 de la Orden Foral 73/2014, de 22 de agosto, del Consejero de Educación.

5.º Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación e Igualdad de Oportunidades, al de Inspección Educativa, al de Recursos Económicos y al de Recursos Humanos, a la Sección de Ordenación Académica, a la de Inglés y Otras Lenguas Extranjeras, a la de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio y al centro privado concertado “San Ignacio”, a los efectos oportunos.

7.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 21 de octubre de 2015.–El Director General de Educación, Estebe Petrizan Iriarte.

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