BOLETÍN Nº 229 - 16 de noviembre de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación definitiva de modificación de Presupuestos 10/2015

El Pleno del Ayuntamiento de Tafalla, en sesión ordinaria celebrada el 29 de septiembre de 2015, con el quorum reglamentario, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 10/2015 al Presupuesto General Único del Ayuntamiento para el 2015, consistente en una “suplemento de crédito”.

Publicado el Acuerdo de aprobación inicial de modificaciones presupuestarias en el Boletín Oficial de Navarra número 205, de fecha 15/10/2015, dándose asimismo publicidad suficiente al citado anuncio mediante edicto publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles sin que se hayan formulado alegaciones o reclamaciones de ningún tipo, la referida modificación ha de considerarse aprobada definitivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 202 y 214.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y con el artículo 271 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

La modificación 10/2015 aprobada definitivamente es la que se detalla a continuación:

Expediente de suplemento de crédito.

1. Altas en gastos.

0.0110.9 Amortización préstamos Caja Rural 162.100 euros.

Total 162.100 euros.

Financiación del expediente.

2. Altas en ingresos.

0.8 Remanente de Tesorería para gastos generales 162.100 euros.

Total 162.100 euros.

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

a) El Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto y no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso, o se haya producido su desestimación presunta.

b) El Recurso de Alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

c) El Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados contencioso administrativos de Navarra (o la Sala correspondiente) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la resolución del recurso.

Puede interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Tafalla, 4 de noviembre de 2015.–El Alcalde, Arturo Goldaracena.

Código del anuncio: L1515011