BOLETÍN Nº 229 - 16 de noviembre de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANSOÁIN

Convocatoria reguladora de las ayudas sociales para asistencia a cursos y actividades de carácter educativo, cultural, deportivo o social, organizados por el Ayuntamiento de Ansoáin en el año 2015

La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo de fecha 4 de noviembre de 2015, ha aprobado la convocatoria pública reguladora de las ayudas para asistencia a cursos y actividades de carácter educativo, cultural, deportivo o social organizados por el Ayuntamiento de Ansoáin en el año 2015.

Ansoáin, 4 de noviembre de 2015.–El Alcalde, Ander Andoni Oroz Casimiro.

TEXTO NORMATIVO

Fundamento

A tenor de lo estipulado en la vigente Ordenanza fiscal reguladora de precios públicos por entrada, inscripción o matrícula en cursos y actividades de carácter educativo, cultural, deportivo o social, organizados por el Ayuntamiento de Ansoáin, publicada en Boletín Oficial de Navarra número 14, de 22 de enero de 2015, y en cumplimiento del punto 5 de las Notas a los epígrafes, se realiza la presente convocatoria para facilitar el acceso a todas las personas de la localidad en igualdad de condiciones a las actividades deportivas y culturales.

1.–Objeto.

El objeto de esta convocatoria es regular el régimen de concesión de ayudas individualizadas para el pago de costes por realización de actividades deportivas y culturales en el año 2015, con el objeto de favorecer el acceso a la cultura y el deporte en condiciones de igualdad para toda la población de Ansoáin.

Se subvencionarán las matrículas y/o cuotas de inscripción en cursos y actividades culturales y deportivas organizadas por el Ayuntamiento de Ansoáin especificadas en el punto 4.

Esta convocatoria se financiará con cargo a la partida 1-3131-48002 de los presupuestos municipales 2015, con una dotación de 2.000,00 euros.

2.–Criterios de concesión de las ayudas.

–Las personas solicitantes deberán tener empadronamiento en Ansoáin en el momento de la solicitud.

–Solo se admitirá una solicitud de subvención de actividad por persona.

–Contar con unos rendimientos anuales de la unidad familiar por todos los conceptos inferiores a los establecidos en la siguiente tabla (Declaración de la Renta ejercicio 2014):

NÚMERO MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR

RENDIMIENTOS MÁXIMOS ANUALES

2 miembros

12.139 euros

3 miembros

13.050 euros

4 miembros

14.280 euros

5 miembros

15.305 euros

6 miembros

16.330 euros

7 miembros

17.354 euros

8 miembros

18.478 euros

–En el ejercicio de 2015, se aprobarán las ayudas económicas antes del 31 de diciembre de ese mismo año.

–En ningún caso, el importe total de las ayudas económicas podrá ser superior a la consignación de la partida presupuestaria. En este supuesto se repartirá el crédito disponible de manera proporcional entre las personas solicitantes.

–No se concederán este tipo de ayudas económicas cuando no se esté al corriente de pago de las obligaciones con este Ayuntamiento.

–Excepcionalmente, y previo informe del Servicio Social de Base de recomendación de la inscripción en las actividades para generar un cambio de la situación de la familia que facilite un proceso de incorporación social, el órgano municipal competente podrá valorar aquellos expedientes que no cumplan alguno de los requisitos específicos señalados anteriormente.

3.–Documentación, plazo y lugar de presentación de solicitudes.

–Instancia general que se adjunta como Anexo.

–Declaración de la renta del ejercicio anterior.

–Si la situación económica en el momento de la solicitud ha variado respecto a la Declaración de la Renta del año 2014, documentación justificativa de dicho cambio.

–El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

–Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ansoáin –Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento– en Plaza Consistorial, 1, 1.ª planta, en horario de atención al público de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas. También podrán presentarse las solicitudes a través del Registro electrónico de la página web del Ayuntamiento: www.ansoain.es en la pestaña “sede electrónica”.

–Se comprobará de oficio la situación de la deuda y las obligaciones con el Ayuntamiento en el momento previo a la concesión de la ayuda. Igualmente el Ayuntamiento podrá requerir al solicitante cualquier otro tipo de documentación complementaria que sea necesaria para acreditar los requisitos exigidos en la convocatoria.

4.–Actividades susceptibles de ser subvencionadas.

Deportivas: Escuelas infantiles deportivas, cursillos infantiles y juveniles de natación curso completo y actividades deportivas juveniles (hasta 17 años).

Culturales: Taller de teatro y danzas vascas.

5.–Evaluación y resolución de las subvenciones.

La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por personal del área de Intervención del Ayuntamiento. Quien elevará informe a la Comisión de Asuntos Sociales y Convivencia. El órgano competente para la resolución de la convocatoria será la Junta de Gobierno Local.

Se concederá una subvención máxima del 50% del precio fijado para la actividad, no pudiendo superar un importe de 75 euros por persona y año. El Ayuntamiento comprobará de oficio la parte del pago efectuada y según la cuantía de la subvención concedida, procederá a la comunicación del importe pendiente de pago o, en su defecto, a la devolución de la diferencia con respecto a la subvención a la persona solicitante. Para ello en el modelo de instancia se incluirá el número de cuenta corriente de la persona solicitante.

ANEXO

Modelo de instancia de solicitud de ayudas para asistencia a actividades deportivas y culturales Ayuntamiento de Ansoáin 2015 (PDF).

Código del anuncio: L1515012