BOLETÍN Nº 214 - 28 de octubre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 175/2015, de 23 de septiembre, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se delegan en el Director de Servicio de Agricultura el ejercicio de competencias administrativas, que en materia de Agricultura, la normativa vigente atribuye al Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

Por Decreto Foral 59/2015, de 12 de agosto, se estable la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Por Decreto Foral 137/2015, de 28 de agosto se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

La Disposición Final Primera de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra establece que corresponden a los Directores Generales las competencias resolutorias atribuidas a los Consejeros por la normativa anterior a la misma con algunas salvedades.

El artículo 36.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra dispone que el ejercicio de las competencias propias de los órganos podrán ser delegadas en otros de igual o inferior rango.

Con el fin de lograr la necesaria eficacia y celeridad en el desarrollo de las actividades del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local se considera oportuno delegar en el Director de Servicio de Agricultura, Director del Servicio de Ganadería y Director del Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario determinadas competencias que la normativa vigente atribuye al Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 137/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Se delegan en el Director de Servicio de Agricultura el ejercicio de las siguientes competencias administrativas, que en materia de Agricultura, la normativa vigente atribuye al Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería:

–Designación de entidades autorizadas para impartir cursos de formación de usuarios profesionales de productos fitosanitarios.

–Validación y homologación de cursos de capacitación de manipulador de productos fitosanitarios.

–Inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO).

–Inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas (ROESP).

–Inscripción en el Registro de fabricantes de fertilizantes y sustratos de cultivo.

–Inscripción en el Registro de entidades dedicadas a la explotación agrícola de lodos.

–Autorización de Estaciones de Inspección Técnica de equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

–Aprobación del programa anual de inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

–Las relacionadas con el régimen jurídico aplicable a la producción y comercialización de semillas y plantas de vivero, excepto en lo referente a subvenciones y tasas.

2.º Se delegan en el Director de Servicio de Ganadería el ejercicio de las siguientes competencias administrativas que, en materia de Ganadería, la normativa vigente atribuye al Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería:

–Habilitación o acreditación de veterinarios para actividades relacionadas con la ganadería.

–Autorización e inscripción en registro de las explotaciones ganaderas: altas, bajas y modificaciones.

–Autorización e inscripción en registro de transportistas, vehículos de ganado y cuidadores autorizados.

–Autorización e inscripción en el Registro de los Agentes Certificadores para Animales y Productos Animales.

–Autorización e inscripción en registro de comerciantes u operadores comerciales para intercambios intracomunitarios.

–Autorización e inscripción en el Registro Oficial de los Establecimientos y operadores en materia de Alimentación Animal.

–Autorización e inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos relacionados con los medicamentos veterinarios.

–Autorización e inscripción en el Registro Oficial de los Operadores de Subproductos Animales no destinados a consumo humano (SANDACH).

–Autorización e inscripción en registro de los centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte animal.

–Autorización e inscripción en registro de los operadores de recogida, almacenamiento, distribución y comercialización de material genético de las especies bovina, ovina, caprina y porcina, y de los équidos.

–Aprobación de los Planes sanitarios de las Asociaciones de Defensa Sanitaria y sus modificaciones posteriores.

3.º Se delegan en el Director del Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario el ejercicio de las siguientes competencias administrativas que la normativa vigente atribuye al Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería:

–Autorización de transferencia de derechos de replantación de viña.

–Autorización de plantación de viña.

–Autorización de inscripción, baja y modificación en el Registro Vitícola de Navarra.

–Aprobación de las catalogaciones de los titulares de explotación y de las explotaciones agrarias inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

4.º Establecer que en las Resoluciones que se dicten en virtud de la delegación realizada se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán a todos los efectos, dictadas por el Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

5.º Notificar esta Resolución al Servicio de Agricultura, al Servicio de Ganadería, al Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario y a la Secretaría General Técnica.

6.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de septiembre de 2015.–El Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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