BOLETÍN Nº 212 - 26 de octubre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 101/2015, de 29 de septiembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de Inicio del expediente de Clasificación y Reposición de los Mojones Deteriorados o Desaparecidos de las Vías Pecuarias de los términos municipales de Urraúl Alto, Urraúl Bajo y Lerín.

La Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre de Vías Pecuarias de Navarra, determina que es competencia del Departamento de Medio Ambiente clasificar, deslindar, amojonar, ampliar y establecer las Vías Pecuarias de Navarra. En aras a estas facultades, el Servicio de Biodiversidad ha determinado la necesidad de iniciar los trabajos de Clasificación y Reposición de los mojones deteriorados o desaparecidos de las Vías Pecuarias de los términos municipales de Urraúl Alto, Urraúl Bajo y Lerín.

Considerando que la presente propuesta queda justificada de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, y en especial en el contenido de los artículos 5 y 6, y en la disposición adicional tercera de la misma.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y por el Decreto Foral 59/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

RESUELVO:

1. Aprobar el inicio del expediente de Clasificación y Reposición de los Mojones Deteriorados o Desaparecidos de las Vías Pecuarias de términos municipales de Urraúl Alto, Urraúl Bajo y Lerín.

2. Designar como representante de la Administración Foral en los expedientes de clasificación de vías pecuarias a don Cristóbal Molina Terrén, Jefe del Negociado de Gestión y Cooperación en Biodiversidad del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

3. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Trasladar esta Resolución al Servicio de Biodiversidad y al Negociado de Asuntos Económicos de este Departamento, a los efectos oportunos.

5. Notificar esta Resolución a los Ayuntamientos de Urraúl Alto, Urraúl Bajo y Lerín, advirtiendo que contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

Pamplona, 29 de septiembre de 2015.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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