BOLETÍN Nº 212 - 26 de octubre de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 1943/2015, de 28 de septiembre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se deja sin efecto la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Entidades Locales por la contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general o social.

Por la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, se aprobó la convocatoria de subvenciones a las Entidades Locales por la contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general o social, cofinanciadas en un 50% por el Fondo Social Europeo.

Dicha convocatoria ha sido objeto de diversas modificaciones, realizadas mediante las Resoluciones 2260/2012, de 25 de septiembre, 1411/2013, de 7 de agosto, y 1887/2014, de 4 de septiembre, habiendo resultado de aplicación durante los años 2012 a 2015.

No obstante, lo dispuesto en el Reglamento (UE) N.º 1304/2013, de 17 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1081/2006 del Consejo, las dudas surgidas en torno a la eficacia de determinados aspectos de la misma, los problemas evidenciados en cuanto a la valoración de los proyectos presentados y la experiencia adquirida durante este periodo, justifican la necesidad de revisar las bases reguladoras de esta convocatoria y de aprobar unas nuevas, con la finalidad de mejorar su eficiencia y de incentivar la creación de empleo.

Habida cuenta que el plazo de presentación de solicitudes es el mes de octubre de cada año, y como no se han aprobado las nuevas bases reguladoras, procede por cautela y seguridad jurídica dejar sin efecto la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, que será sustituida por la nueva convocatoria cuando ésta se apruebe y publique oficialmente.

Dichas bases reguladoras seguirán siendo de aplicación, no obstante, en relación con la justificación de las subvenciones concedidas durante el año 2015.

Visto el informe del Servicio de Promoción de Empleo e Igualdad de Oportunidades, en el que el que se propone dejar sin efecto la Resolución 233/2012, de 23 de febrero.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 13 del Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo,

RESUELVO:

1.º Dejar sin efecto la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las Entidades Locales por la contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general o social.

2.º Las subvenciones concedidas durante el año 2015 al amparo de la citada convocatoria deberán justificarse en los términos previstos en la misma, la cual será de aplicación igualmente en lo relativo a las obligaciones, incumplimientos y reintegro.

3.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Promoción de Empleo e Igualdad de Oportunidades del Servicio Navarro de Empleo, a los efectos oportunos.

4.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 28 de septiembre de 2015.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, Paz Fernández Mendaza.

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