BOLETÍN Nº 190 - 23 de septiembre de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE VALDIZARBE/IZARBEIBARKO MANKOMUNITATEA

Aprobación definitiva de modificación de presupuestos 6/2015

Publicado el Acuerdo de aprobación inicial de modificación presupuestaria en el Boletín Oficial de Navarra número 167, de fecha 27 de agosto de 2015 y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, a la aprobación definitiva de dicha modificación presupuestaria, disponiendo su publicación a los efectos procedentes.

Suplemento de crédito (modificación 6/2015).

PARTIDA

CONCEPTO

IMPORTE

87000

Remanente de tesorería para gastos generales

15.000 euros

A la partida:

PARTIDA

CONCEPTO

IMPORTE

441 62722

Construcción escollera río Arga

15.000 euros

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

a) El recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto y no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso, o se haya producido su desestimación presunta.

b) El recurso de alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

c) El recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados contencioso administrativos de Navarra (o la Sala correspondiente) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la resolución del recurso.

Puente la Reina, 15 de septiembre de 2015.–La Presidenta, Sabina García Olmeda.

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