BOLETÍN Nº 185 - 16 de septiembre de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Corrección de error en la Ordenanza
reguladora de administración electrónica

Advertido omisión de texto en la Ordenanza reguladora de administración electrónica, aprobada por el Pleno municipal con fecha de 31 de marzo de 2015 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Navarra, número 150, de 4 de agosto de 2015, se procede a exponer el contenido omitido:

Artículo 21. Catálogo de trámites y procedimientos.

1. Una vez aprobada la incorporación de un trámite o de un procedimiento a su tramitación por vía electrónica, se incluirá a efectos informativos en el catálogo de trámites y procedimientos electrónicos del Ayuntamiento, que estará publicado en su sede electrónica.

Ello sin menoscabo, si es el caso, de la preceptiva publicación en los diarios, boletines o tablones de anuncios oficiales de las normas que regulen los procedimientos administrativos o los procesos de trabajo.

2. El catálogo incorporará un resumen suficientemente explicativo y didáctico del contenido esencial de cada procedimiento electrónico, e indicará al menos:

a) Si se trata de un procedimiento de tramitación electrónica íntegra o es parcial.

b) Obligatoriedad de utilización del modelo normalizado y consecuencias de su incumplimiento, sin perjuicio, en su caso, de la normativa establecida con carácter general sobre la presentación de solicitudes ante las administraciones públicas.

c) Posibilidad de acompañar documentos a la solicitud, escrito, comunicación o consulta.

d) Derechos de acceso electrónico que ostente el ciudadano o ciudadana, en función de la letra a, anterior.

e) Indicación del nivel de identificación y autenticación exigido, a efectos de exigencia de sistemas de firma electrónica a utilizar.

f) Las indicaciones, advertencias y cautelas derivadas de la legislación vigente, tanto en materia de protección de datos de carácter personal como de cualquier otra que sea de aplicación.

g) Otras indicaciones previstas legal o reglamentariamente.

Artículo 22. Portal del Contratante.

1. El Ayuntamiento de Tudela utilizará como Portal de Contratación el Portal de contratación de Navarra.

DISPOSICIÓNES FINALES

Primera.–Normativa supletoria.

En lo no previsto en esta Ordenanza, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos y su normativa de desarrollo.

Segunda.–Entrada en vigor.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la presente Ordenanza no producirá efectos jurídicos en tanto no haya sido publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra y haya transcurrido el plazo establecido para el ejercicio por la Administración del Estado o de la Comunidad Foral de la facultad de requerimiento a las Entidades Locales en orden a la anulación de sus actos o acuerdos.

2. El texto íntegro de la presente Ordenanza, estará disponible para su consulta en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tudela.

Tudela, 4 de septiembre de 2015.–El Alcalde-Presidente, Eneko Larrarte Huguet.

Código del anuncio: L1512406