BOLETÍN Nº 157 - 13 de agosto de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 56/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Educación.

Habiéndose establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El artículo 20.2 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que cada Departamento se estructura en una o varias Direcciones Generales y en una Secretaría General Técnica, que depende directamente del respectivo Consejero. Asimismo, el párrafo 3 de dicho artículo señala que no obstante lo anterior, podrán existir dentro de cada Departamento otros órganos dependientes directamente del Consejero titular del mismo. El artículo 25.2 dispone que los Servicios podrán estar integrados en Direcciones Generales o depender directamente de los Consejeros.

Por otra parte, el artículo 21.2 de la mencionada Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, señala que la creación, modificación, agrupación y supresión de Direcciones Generales, así como la determinación del área o áreas a las que se extenderá la competencia de cada una de ellas, corresponde al Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero titular del respectivo Departamento.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Educación y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día doce de agosto de dos mil quince,

DECRETO:

Artículo Único.–Estructura básica del Departamento de Educación.

1. El Departamento de Educación bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

a) Dirección General de Educación.

b) Dirección General de Universidades y Recursos Educativos.

c) Secretaría General Técnica.

2. La Dirección General de Educación sucede y asume las competencias de la Dirección General de Educación, Formación Profesional y Universidades, salvo las relacionadas con la enseñanza universitaria.

3. La Dirección General de Universidades y Recursos Educativos sucede y asume las competencias relacionadas con la enseñanza universitaria de la Dirección General de Educación, Formación Profesional y Universidades y las de la Dirección General de Recursos Educativos.

Disposición derogatoria única.–Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto Foral 81/2011, de 18 de julio, por el que se determina la estructura básica del Departamento de Educación, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto foral.

Disposición final primera.–Habilitaciones.

Se habilita a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y al Consejero de Hacienda y Política Financiera, para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.

Disposición final segunda.–Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 12 de agosto de 2015.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.–El Consejero de Educación, José Luis Mendoza Peña.

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