BOLETÍN Nº 148 - 31 de julio de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

RIBAFORADA

Nombramiento y delegación Junta de Gobierno

Por Resolución 116/2015, de 1 de julio, del Alcalde-Presidente de Ribaforada, se ha nombrado a los miembros de la Junta de Gobierno Local y se han delegado en la misma determinadas atribuciones, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

“Primero.–Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local, además del Alcalde, a los siguientes:

–Don Tirso Calvo Zardoya, Primer Teniente de Alcalde.

–Doña Noemí Beatriz Hernández Rodríguez, Segunda Teniente de Alcalde.

–Don Rafael Eraso Salazar.

Segundo.–Delegar en la Junta de Gobierno Local, como órgano colegiado, las siguientes atribuciones, de acuerdo con las previstas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 226.1.de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en la Disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y normativa concordante:

–Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales (artículo 21.1.d) LRBRL).

–Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobarlas bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo (artículo 21.1.g) LRBRL).

–Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización (artículo 21.1.j) LRBRL).

–Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos (artículo 21.1.n) LRBRL).

–Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Se exceptúan de esta delegación los contratos en los que los únicos trámites exigibles sean la previa reserva de crédito conforme a la legislación presupuestaria aplicable y la presentación de la correspondiente factura, así como los contratos inferiores a 3.000 euros, IVA excluido, en los que únicamente se exige la presentación de factura.

–La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto (artículo 21.1.o) LRBRL).

–El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno (artículo 21.1. q) LRBRL).

Tercero.–Notificar la presente Resolución a los designados personalmente interesando su aceptación, publicarla en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, trasladarla a Intervención Municipal y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.”

Ribaforada, 2 de julio de 2015.–El Alcalde, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.

Código del anuncio: L1509935