BOLETÍN Nº 142 - 23 de julio de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Delegación competencia celebración matrimonios civiles

Dada cuenta de la instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notario, sobre autorización de Matrimonio Civil por los Alcaldes. Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 44 y 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como lo establecido en el punto séptimo de la Ordenanza reguladora de la celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Tafalla,

RESUELVO:

Primero.–Delegar en todos los Concejales de este Ayuntamiento la competencia para celebrar matrimonios civiles en este Ayuntamiento cuando así lo soliciten los contrayentes.

Segundo.–Dar cuenta del presente decreto al Pleno del M.I. Ayuntamiento de Tafalla, proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarla asimismo al Expediente de Matrimonios Civiles en el Ayuntamiento, para su conocimiento.

Tafalla, 7 de julio de 2015.–El Alcalde, Arturo Goldaracena Asa.

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