BOLETÍN Nº 138 - 17 de julio de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ALTSASU/ALSASUA

Delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local

El Alcalde del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, con fecha 1 de julio de 2015, ha dictado la siguiente Resolución:

Resolución de Alcaldía número 802/2015, de 1 de julio, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local.

En uso de las atribuciones que legalmente me están conferidas y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 43 y ss. del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO:

1.º Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

a) Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.

b) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

c) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los seis millones de euros incluidas las de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

d) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

e) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni los tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:

1.–La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto.

2.–La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el Presupuesto.

f) La aprobación de las convocatorias de subvenciones, cuando no sean competencia del Pleno, y su resolución.

2.º Dar cuenta de la presente resolución a la Junta de Gobierno Local y al Pleno para su conocimiento y efectos, así como disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra el presente acto administrativo podrán interponerse los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Altsasu/Alsasua, 1 de julio de 2015.–El Alcalde, Javier Ollo Martínez.

Código del anuncio: L1509967