BOLETÍN Nº 11 - 19 de enero de 2015

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Notificación por edicto

Notificación de resoluciones de incoación de expedientes sancionadores por infracciones de La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi.

No habiendo podido ser notificadas las resoluciones de incoación de expedientes sancionadores dictadas por el Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona por infracciones tipificadas en la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi, que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.

En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra, podrán presentarse alegaciones y proponer las pruebas que consideren convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En caso de no efectuar alegaciones en el plazo establecido sobre el contenido de esta resolución, ésta podrá ser considerada Propuesta de Resolución a los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento Sancionador.

Si el interesado decide voluntariamente hacer efectiva la sanción antes de que transcurran los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra, la cuantía pecuniaria de la sanción se reducirá en un 25 por 100, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.5 de la Ley Foral 9/2005, del Taxi.

Respecto a la forma de realizar el pago, éste deberá realizarse en efectivo (artículo 24.2 RGRCFN), por alguno de los medios establecidos en el artículo 25 del RGRCFN, es decir, dinero de curso legal, cheque, o cualesquiera otros que se autoricen por el Departamento de Economía y Hacienda. El pago se puede hacer mediante transferencia a la cuenta de la MCP N.º ES 67 2100 9161 46 2200124523; o bien mediante pago en la Caja situada en la oficina de Navas de Tolosa, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del RGRCFN.

Pamplona, 13 de enero de 2015.–La Secretaria, María Teresa Donázar Pascal.

ANEXO

Expediente: 2014/PCD-SAN/000014.

Número de Resolución de inicio: 355/2014.

Nombre: Pedro María Espinal Tellechea. Población: Burlada.

Fecha de la denuncia: 05/10/2014.

Hecho denunciado: No entregar el ticket impreso al finalizar la carrera al cliente.

Precepto infringido: Artículo 60.b.3) de la Ley Foral 9/2005 del Taxi y 25.3 de la Ordenanza.

Sanción: Multa de 301 euros a 1.300 euros (artículo 63 de la Ley Foral 9/2005). Multa de 225,75 a los efectos del artículo 65.5 de la Ley Foral 9/2005, del Taxi; y multa de 301 euros a los efectos de los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento Sancionador.

Código del anuncio: L1500493