BOLETÍN Nº 109 - 8 de junio de 2015

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO SIETE DE PAMPLONA

Edicto. Sentencia 91/2015

Pamplona, 4 de mayo de 2015.

Vistos por doña Beatriz García Noain, Magistrada-Juez titular del Juzgado de 1.ª Instancia número Siete de los de Pamplona y su partido, los presentes autos de juicio verbal 12/2015, tramitados en este Juzgado, a instancia de Rafael y Francisco Menchero Garrido C.B., representada en autos por la Procuradora doña Nekane Astiz Otazu, y asistida por el Letrado don Rafael Menchero Ortega, contra Soluciones Combinadas, S.L., declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo: Se estima, íntegramente, la demanda formulada por Rafael y Francisco Menchero Garrido C.B, representada en autos por la Procuradora doña Nekane Astiz Otazu, contra Soluciones Combinadas, S.L., declarada en rebeldía procesal, y en consecuencia, se condena a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de dos mil novecientos noventa y ocho con veintitrés euros (2.998,23 euros), más el interés legal correspondiente desde la fecha de interpelación judicial, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno al tratarse de una Sentencia dictada en juicio verbal por razón de la cuantía, siendo la misma inferior a 3.000 euros. (Artículo 455.1 de la LEC según la modificación introducida por la Ley 37/2011 de 10 de octubre).

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Soluciones Combinadas, S.L., se extiende el presenta para que sirva de cedula de notificación.

Pamplona, 11 de mayo de 2015.–El Secretario, firma ilegible.

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