BOLETÍN Nº 109 - 8 de junio de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SAKANA

Resolución 334/2015, de 25 de mayo de 2015, del Presidente de la Mancomunidad de Sakana, que aprueba la convocatoria de subvenciones para la rotulación en euskara

La Comisión de Euskara, el día 22 de mayo de 2015, presentó al Presidente de la Mancomunidad de Sakana la propuesta de aprobación del expediente de subvenciones para la rotulación en euskara.

Visto el expediente de subvenciones para la rotulación en euskara, y considerando que se cumplen los requisitos legales para la concesión de subvenciones y que Intervención y Secretaría han dado el visto bueno al expediente.

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el expediente de subvenciones para la rotulación en euskara.

Segundo.–Aprobar un gasto de 1.500 euros con cargo al crédito de la partida 4 451 48205 (Subvenciones para rotulación) de los Presupuestos del ejercicio de 2015 del Servicio de Euskara.

Tercero.–Colocar las presentes bases en la web de la Mancomunidad de Sakana, publicarlas en el Boletín Oficial de Navarra, enviar nota de prensa a los medios de comunicación y notificarlo a aquellos que pudieran ser posibles receptores de las presentes subvenciones.

Contra el presente acto podrán interponerse los siguientes recursos:

–Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.

–Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes siguiente a la notificación de la resolución.

–Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación.

Lakuntza, 25 de mayo de 2015.–El Presidente de la Mancomunidad, Aitor Karasatorre Mugurutza.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
PARA ROTULACIÓN EN EUSKARA

Bases

1. Finalidad y objeto de estas bases. La finalidad de estas bases es regular el modo en que la Mancomunidad de Sakana concede subvenciones a establecimientos comerciales, establecimientos de hostelería y sociedades que coloquen rótulos en euskara.

2. Aspectos y conceptos subvencionables. Se darán subvenciones por rótulos, toldos y rotulación de vehículos comerciales.

3. Cuantía de la subvención. Con este objetivo se destinarán en total 500,00 euros, con cargo al crédito de la partida 4 451 48205 (Subvenciones para rotulación) de los Presupuestos del ejercicio de 2015 del Servicio de Euskara. El órgano que, teniendo en cuenta la cantidad modificada, tenga atribuida la competencia, podrá aumentar o disminuir el gasto aprobado, pero, de todas formas, ello no conllevará la necesidad de realizar una nueva convocatoria.

A quien coloque un rótulo exclusivamente en euskara, se le abonará el 50% del gasto, hasta un máximo de 500 euros. A quien coloque un rótulo en euskara y castellano, se le abonará el 25%, y, como máximo, 250 euros. Al realizar el cartel se deberá tener en cuenta el criterio de bilingüismo estimulante, es decir, que se dará prioridad al euskara (letra mayor, que ocupe más espacio o esté resaltado).

La consignación máxima prevista en los presupuestos se prorrateará entre las solicitudes que se presenten en tiempo y forma y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, en el supuesto de que el importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la misma.

4. Publicidad de la convocatoria. Esta convocatoria se publicitará por medio de una nota de prensa que se enviará a los medios de comunicación. Además, se notificará a aquellos que pudieran ser posibles receptores de la misma. Además, el texto completo de la convocatoria se publicará en la página web de la Mancomunidad de Sakana y en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Plazo para la presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 4 de diciembre de 2015.

6. Documentación a presentar. Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación en el registro de la Mancomunidad de Sakana:

a) Solicitud oficial debidamente cumplimentada.

b) Fotocopia del CIF.

c) Fotocopia de la factura.

d) Fotografía del rótulo.

e) Declaración de todas las subvenciones solicitadas a administraciones públicas o entidades privadas, o concedidas por ellas. Se hará constar si la subvención ha sido ya resuelta o está todavía sin resolver; en caso de que haya resolución sobre la concesión de la subvención, se adjuntará una copia.

Todo ello se podrá realizar directamente o mediante cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Dirección en la que se ha de presentar la documentación:

–Mancomunidad de Sakana.

–Uriz, 32, 31830 Lakuntza.

–948 464840.

–euskara@sakana-mank.com.

7. Requisitos a cumplir por los solicitantes. Las subvenciones se aplicarán a cada cartel o a cada elemento.

No recibirán subvención aquellos rótulos en los que sólo aparezcan nombres propios o topónimos, ni aquellos que estén mal escritos o tengan errores gramaticales.

La Mancomunidad de Sakana ofrecerá servicio de traducción y asesoramiento gratuito a todo aquel que esté interesado en poner un rótulo en euskara.

Estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales con la Mancomunidad de Sakana (la Mancomunidad comprobará de oficio dicha circunstancia y la recogerá mediante el procedimiento correspondiente).

8. Subsanación de errores en la solicitud presentada. Si se adviritiera en la documentación presentada por el solicitante la existencia de algún error o que la misma está incompleta, se le concederá un plazo de 10 días para que complete dicha documentación. Si el plazo transcurriera sin que el solicitante procediera a la subsanación, se entenderá que este ha desistido de seguir adelante con la solicitud. El presidente de la Mancomunidad de Sakana dictará una resolución con tal fin.

9. Resolución: La resolución para la concesión de subvenciones de esta convocatoria la dictará el presidente de la Mancomunidad de Sakana en un plazo de quince días y siempre en base a la decisión tomada por la Comisión de Euskera. Esta resolución se dará a conocer a todos los interesados.

En el acuerdo de adjudicación deberán detallarse los beneficiarios de la subvención, y deberá expresarse explícitamente que el resto de las solicitudes han sido denegadas. Del mismo modo, la resolución deberá expresar los recursos que existen para impugnarla, ante qué órganos deben presentarse dichos recursos y el plazo existente para hacerlo, sin anular, en ningún caso, el derecho de los interesados a adoptar otro modo de recurrir.

A partir de que se dicte la resolución se establece un plazo máximo de cuatro meses para su abono. Una vez concedida la subvención, el plazo para la resolución de pago finalizará el 31 de diciembre de 2015. Si no se adopta resolución expresa en dicho plazo, el solicitante podrá considerar que la petición ha sido denegada.

10. Pago de la subvención. Las subvenciones se pagarán de una sola vez. Las subvenciones se abonarán de una sola vez, una vez adoptada la resolución de concesión; se realizará transferencia al número de cuenta corriente proporcionado por los solicitantes.

11. Compatibilidad. Las subvenciones de la presente convocatoria son compatibles con otras concedidas con el mismo objetivo por otras entidades públicas o privadas, siempre que no exista sobrefinanciación.

12. Devolución de las subvenciones. Los beneficiarios deberán reintegrar totalmente o una parte de la subvención, cuando se den las siguientes circunstancias:

a) Haber conseguido la subvención sin cumplir las condiciones requeridas, por razones imputables al propio beneficiario.

b) No haber presentado los documentos requeridos en el plazo establecido para ello.

c) Recibir al mismo tiempo otras subvenciones que sean incompatibles.

d) No admitir y obstaculizar las verificaciones que se deben adoptar obligatoriamente.

13. Infracciones y sanciones. En lo que respecta a infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en la Ley General 38/2003 de 17 de noviembre y el Reglamento General de Subvenciones aprobado mediante el Decreto Real 887/2006 de 21 de julio. El procedimiento sancionador será el establecido en el Título V de la Ley Foral 15/2004 del 3 de diciembre.

14. Protección de datos. Los datos de los solicitantes se tratarán de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos. Los datos facilitados por los solicitantes se introducirán en los ficheros de datos personales que gestiona la Mancomunidad de Sakana. La finalidad siempre será la de gestionar esta convocatoria de subvenciones y cualquier otro expediente administrativo que esté relacionado con la misma. El responsable de ese fichero es el Servicio de Euskara de la Mancomunidad de Sakana, ante el que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a la oficina de atención al público de la Mancomunidad de Sakana (Uriz, 32, Lakuntza).

15. Normativa aplicable. Para todo lo no previsto en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones.

16. Recursos. Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas, podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

c) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
PARA LA ROTULACIÓN EN EUSKARA

Solicitud

Datos del solicitante:

–Nombre y apellidos:

–DNI del solicitante:

–Nombre de la sociedad o establecimiento:

–CIF de la sociedad o establecimiento:

–Dirección:

–Código postal:

–Población:

–Teléfono:

–Correo electrónico:

–Número de cuenta corriente:

Gastos totales ..................................... euros.

(Fecha y firma)

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que sus datos personales se introducirán en un fichero, cuya finalidad exclusiva será la gestión de las subvenciones de la presente convocatoria y de cualquier otro expediente administrativo relacionado. El responsable de ese fichero es el Servicio de Euskara de la Mancomunidad de Sakana, ante el que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose, con el DNI, a la oficina de atención al ciudadano de la Mancomunidad de Sakana (Uriz, 32, Lakuntza).

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
PARA LA ROTULACIÓN EN EUSKARA

Declaración jurada

El solicitante declara lo siguiente:

Que no se encuentra inmerso en ningún procedimiento de obligación de devolución de subvenciones públicas o proceso judicial.

Que aparte de esta solicitud de subvención no ha solicitado ni recibido ninguna otra subvención para el mismo fin, concedida por otra entidad pública ni privada.

Que ha solicitado subvención a las siguientes entidades:

ENTIDAD

CANTIDAD

SITUACIÓN
(Sin resolver, resuelta pero sin cobrar o cobrada)

Que en el caso de solicite ayuda para el mismo fin a otra entidad pública o privada, se compromete a comunicárselo a la Mancomunidad de Sakana.

Y, para que así conste, firma la presente.

(Fecha y firma)

Código del anuncio: L1508014