BOLETÍN Nº 102 - 28 de mayo de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 158E/2015, de 28 de abril, del Director de Servicio de Calidad Ambiental, la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de “Apertura zanja para soterramiento de tubería en camino de las huertas de Ororbia”, en el término municipal de la Cendea de Olza, promovido por Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Con fecha 16 de abril de 2015 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada tiene por objeto la apertura de una zanja con el fin de soterrar una tubería general de 2” PBD, entre la carretera de Astrain y la entrada a la fábrica Graftech Ibérica S.L., que abastecerá a esta empresa y a la casa Molino. Originada por las crecidas extraordinarias del pasado febrero y marzo, se produjo la rotura de la tubería que atravesaba el cauce del río Arga y suministraba a la fábrica. Tras ello, se produjo una reparación de urgencia mediante un tendido aéreo que ahora se plantea ser subsanada.

La apertura de la zanja de 283 m longitud, 40 cm de anchura y entre 80-100 cm de profundidad, discurrirá por la margen izquierda del río Arga, entre el margen izquierdo del camino del paseo fluvial y la valla de la fábrica.

La gravilla y el material de relleno a emplear se obtendrán de cantera comercial. Los materiales extraídos de la apertura de la zanja serán acopiados en el lugar autorizado por el Ayuntamiento de la Cendea de Olza (polígono 3, parcela 178 de Olza) y serán reutilizados en la cubrición de la misma y los materiales sobrantes, si los hubiera, serán gestionados por Gestor autorizado.

Consta en el expediente informe favorable del Ayuntamiento de la Cendea de Olza, de 16 de abril de 2015 e informe favorable condicionado del Servicio de Ordenación del Territorio, de 27 de abril de 2015. La Sección de Evaluación Ambiental informa favorablemente.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 1158/2013, de 31 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de Apertura zanja para soterramiento de tubería en camino de las huertas de Ororbia, promovido por Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

De contenido Ambiental:

–Se evitarán todo tipo de vertidos o arrastres de sólidos al cauce del río.

–Las tierras de excavación deberán acopiarse convenientemente en el punto autorizado y ser reutilizadas en la cubrición de la zanja.

–Todas las superficies afectadas por la obra (trazado de la tubería, zona de acopio, zona de estacionamiento y tránsito de la maquinaria) habrán de quedar regularizadas y sembradas con una mezcla de semillas pratenses propias de la zona.

–Todos los residuos generados en la obra serán gestionados en función de su naturaleza por gestor de residuos autorizado.

–Previo al inicio de la obras se dará aviso al Guarderío Forestal de la Demarcación de Pamplona (ogfopamp7@cfnavarra.es 608-062649).

De contenido Urbanístico:

–Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, la empresa promotora se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones/informes fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate. En particular de la Confederación Hidrográfica, al tratarse de una actuación dentro de la zona de policía del río Arga, de la Dirección General de Obras Públicas, dado que la zanja parte del cruce del camino con la carretera NA-7010 Astrain - Irurtzun, así como del informe favorable del Sección de Patrimonio Arquitectónico, al situarse el inicio de la zanja junto al Crucero de Ororbia (B.I.C.) y al puente de Ororbia.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de la Cendea de Olza, al Guarderío Forestal (demarcación Pamplona) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de abril de 2015.–El Director de Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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