BOLETÍN Nº 102 - 28 de mayo de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 186/2015, de 15 de mayo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba la relación de municipios afectados por los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2015, en la Comunidad Foral de Navarra.

Durante el primer trimestre de 2015 se han producido en la Comunidad Foral de Navarra unas precipitaciones muy por encima de lo normal, unidas a la presentación de nevadas importantes y repetidas que han provocado que entre finales de enero y febrero se hayan producido hasta tres avenidas de distinta intensidad.

La situación más complicada se produjo a finales de febrero. Esta situación se originó al existir unas cantidades de nieve importantes en cotas medias-altas, y comenzar el martes 24 con unas precipitaciones moderas de lluvia (40-30 litros por metro cuadrado en zonas altas de las cuencas) y unas temperaturas muy bajas.

El miércoles 25 un frente descargó cantidades mucho más importantes, más de 100 litros por metro cuadrado en cotas altas y del orden de 30-40 en cotas medias de la cuenca, e incluso llovió en la propia ribera Navarra. La subida de las temperaturas incrementó el fenómeno de tal manera que, a la importante lluvia caída, aunque no excepcional, se sumó la nieve fundida. Y el fenómeno se agravó por el hecho de que fuese simultáneo en todas las cuencas de los ríos. Todas las estaciones de control de los ríos en Navarra, tanto de la Confederación Hidrográfica del Ebro como del Gobierno de Navarra, se encontraron en prealerta o alerta simultáneamente, desde el Bidasoa, hasta los grandes afluentes de margen izquierda del Ebro, Ega, Arga y Aragón y sus respectivos tributarios. De hecho, de no ser por la laminación de los embalses navarros de Yesa e Itoiz, que absorbieron más de 700 m³/s de caudal, la avenida hubiera sido de proporciones difícilmente imaginables.

El Gobierno de la Nación mediante Real Decreto-Ley 2/2015, de 6 de marzo, ha adoptado medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por desbordamientos en la cuenca del río Ebro en las fechas citadas que comprende un conjunto de actuaciones encaminadas a reparar los daños sufridos.

Mediante Orden IMT/673/2015, de 17 de abril, se han determinado los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el referido Real Decreto-Ley.

El Servicio de Infraestructuras Agrarias ha emitido un informe, en el que hace constar los municipios afectados por las inundaciones, de conformidad con la información de que dispone en relación con su ámbito competencial.

De igual modo, la Agencia Navarra de Emergencias ha elaborado una relación de municipios ordenados por cuencas fluviales, en los que, en algún momento de los tres primeros meses del año, el valor del caudal en el cauce ha superado el valor de la avenida ordinaria, coincidente con la avenida de periodo de retorno de los dos años y medio o donde se tiene conocimiento de la existencia de daños materiales, según los dato extraídos de los valores aportados por las estaciones de aforo existentes o de la intervención de los Bomberos, respectivamente.

En consecuencia procede aprobar una relación de municipios afectados por los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2015, en la Comunidad Foral de Navarra, a los efectos de aplicación de las ayudas que el Gobierno de Navarra apruebe para paliar los daños sufridos en esas localidades como consecuencia de los fenómenos descritos y en las fechas expresadas.

El proyecto de Orden Foral ha obtenido informe favorable de la Comisión Foral de Régimen Local.

En su virtud y en aplicación de las atribuciones que me confiere el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 11/2012, de 22 de junio, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento y con el Decreto Foral 70/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

ORDENO:

1.º Aprobar la siguiente relación de municipios afectados por los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2015, en la Comunidad Foral de Navarra, a los efectos de aplicación de las ayudas que el Gobierno de Navarra apruebe para paliar los daños sufridos en esas localidades como consecuencia de los fenómenos descritos y en las fechas expresadas:

Abárzuza, Aberin, Allín, Allo, Altsasu/Alsasua, Améscoa Baja, Ancín, Andosilla, Arakil, Aranarache, Arano, Arantza, Areso, Arguedas, Aria, Aribe, Arruazu, Atez, Azagra, Azuelo, Bakaiku, Barañáin, Barásoain, Barbarin, Barillas, Baztan, Beintza-Labaien, Belascoáin, Bera, Berbinzana, Bidaurreta, Buñuel, Burlada, Cabanillas, Cadreita, Cárcar, Cascante, Castejón, Cintruénigo, Ciriza, Corella, Cortes, Dicastillo, Echarri, Ergoiena, Estella/Lizarra, Esteribar, Etxarri Aranatz, Etxauri, Ezcabarte, Ezkurra, Falces, Fontellas, Funes, Fustiñana, Galar, Garralda, Goizueta, Huarte, Igúzquiza, Imotz, Iturmendi, Iza, Juslapeña, Lakunza, Lantz, Larraga, Larraun, Lazagurría, Legaria, Leitza, Lekunberri, Lerga, Lerín, Lesaka, Lodosa, Lónguida, Los Arcos, Mendavia, Mendaza, Mendigorría, Metauten, Milagro, Mirafuentes, Miranda de Arga, Morentin, Mués, Murieta, Nazar, Ochagavía, Oco, Olazti/Olazagutía, Olza, Orbaizeta, Orbara, Oteiza, Pamplona, Peralta, Piedramillera, Puente la Reina, Pueyo, Ribaforada, Sada, San Adrián, Sartaguda, Sorlada, Sunbilla, Tafalla, Tirapu, Torralba del Río, Tudela, Uharte Arakil, Ujué, Urdiain, Valle de Yerri, Valtierra, Viana, Villava, Zabalza, Zúñiga,

2.º Publicar esta Orden Foral el Boletín Oficial de Navarra, significando que contra la misma las Administraciones Públicas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 15 de mayo de 2015.–El Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, José Javier Esparza Abaurrea.

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