BOLETÍN Nº 100 - 26 de mayo de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Convocatoria de Subvenciones en régimen de evaluación individualizada, destinadas a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores

La Concejala Delegada de Empleo, Comercio y Turismo y Participación Ciudadana, Juventud y Deporte del Ayuntamiento de Pamplona aprobó, con fecha 13 de mayo de 2015, la Convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada, destinadas a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADA,
DESTINADAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS
POR PARTE DE JÓVENES EMPRENDEDORES

La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión, en régimen de evaluación individualizada, de las subvenciones destinadas a la realización de las actuaciones determinadas en el apartado B) de esta convocatoria y en ejecución de lo dispuesto por la Ordenanza general de subvenciones del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona aprobada inicialmente por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 3 de noviembre de 2005, acuerdo que ha pasado a ser definitivo al no haberse formulado reclamaciones durante el periodo de información pública. En lo no previsto en esta convocatoria serán de aplicación las prescripciones contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones. (Publicada en Boletín Oficial de Navarra, número 21, de fecha 17 de febrero de 2006).

A.–Entidad convocante.

1. Administración convocante: Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

2. Órgano concedente: Concejalía Delegada de Empleo, Comercio, Turismo, Participación Ciudadana, Juventud y Deporte.

3. Área gestora: Área de Participación Ciudadana, Juventud y Deporte.

4. Órgano instructor: Secretaría Técnica del Área gestora de la subvención.

B.–Objeto, condiciones, requisitos y finalidad de la concesión de subvención.

1. Objeto de la convocatoria:

El objeto de la convocatoria es subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de jovenes emprendedores en el término municipal de Pamplona.

Se considera nueva actividad económica la que se ha dado de alta en el IAE entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015, ambos inclusive.

Quedan excluidas las empresas que procedan de un cambio de denominación, forma jurídica, ampliación de capital o de una modificación estructural de una empresa preexistente. También será causa de exclusión de subvención el haber ejercido la misma o similar actividad, por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Si el solicitante es una persona jurídica o una sociedad, este requisito debe cumplirse por todos los partícipes o socios integrantes.

A efectos de esta convocatoria, no se considerarán nuevas actividades económicas las ampliaciones de actividad, es decir, las altas en un nuevo epígrafe de IAE, manteniendo la actividad inicial.

2. Finalidad de la convocatoria:

Apoyar a los jóvenes emprendedores en la creación de nuevas actividades económicas en Pamplona.

3. Condiciones y plazo de realización de las acciones/proyectos/conductas/actividades subvencionables:

La condición de beneficiario la obtendrán quienes, reuniendo los requisitos señalados en la letra D.1) de este cuadro, constituyan nuevas actividades económicas entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015 (ambos inclusive).

A estos efectos, la fecha de alta en el IAE se considerará como fecha de inicio de actividad.

Quedarán excluidas de esta subvención las actividades relacionadas con el juego, bares o similares. (epígrafes IAE 673 y 969).

No se subvencionarán aquellas actividades económicas que ya hubieren percibido subvención en anteriores ediciones de esta convocatoria. Esta subvención solamente podrá percibirse en una ocasión, imposibilitando concurrir en futuras ediciones.

4. Requisitos, formas y prioridades de valoración: SI NO

C.–Créditos presupuestarios, cuantía total máxima y cuantía individualizada de la subvención.

1. Cuantía total máxima convocada: 65.000 euros.

De estos 65.000 euros, 5.218,73 euros son para atender aquellas solicitudes presentadas en plazo en la convocatoria anterior y que no fueron atendidas, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Si a la fecha de resolución de la misma no se hubiesen ejecutado otras actividades contempladas inicialmente en el programa municipal de convenios y subvenciones para el presente año 2015, las cantidades previstas para dichas actividades podrían ser destinadas a esta convocatoria, sin que ello implique la apertura de una nueva convocatoria, sino que se beneficiarán de ello las entidades que hayan efectuado la petición conforme a estas bases y dentro del plazo de presentación de solicitudes.

No se podrán conceder subvenciones por cuantía superior a la establecida en esta convocatoria.

2. Partida presupuestaria: 90/45320/470000.

3. Cuantía individualizada máxima y criterios para su determinación: Se establece una subvención de hasta el 70 % del total de gastos realizados para la creación y puesta en marcha de la actividad, con un límite máximo de 1.500 euros de subvención, para personas físicas, sociedades civiles y sociedades irregulares sin personalidad jurídica, y de 2.000 euros de subvención, para sociedades con personalidad jurídica.

4. Convocatoria plurianual:SI NO

En el caso de convocatoria plurianual, la autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al crédito que para ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.

5. Anualidades:

Anualidad corriente: 65.000 euros.

1.ª anualidad: ....................... euros.

2.ª anualidad: ....................... euros.

3.ª anualidad: ....................... euros.

4.ª anualidad: ....................... euros.

D.–Requisitos para obtener la condición de la persona o entidad beneficiaria.

1. Requisitos para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:

Podrán obtener la condición de beneficiaria las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas a continuación, siempre que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención este último requisito se exceptúe y así se indique en este apartado.

Requisitos específicos:SI NO

Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas que constituyan nuevas actividades económicas de acuerdo con lo especificado en el apartado B, punto 3 y que, reuniendo los requisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, cumplan, además, los requisitos siguientes:

I. Personas físicas que tengan entre 18 y 35 años (ambos incluidos) y constituyan una unidad económica.

II. Sociedades civiles, irregulares, colectivas o comanditarias simples, en que dos tercios de sus socios hayan cumplido los 18 años y no superen la edad de 35 años.

III. Sociedades mercantiles de capital, laborales y cooperativas en que al menos dos tercios del capital social deberá estar aportado por socios jóvenes de entre 18 y 35 años.

(*) En todos los casos, el requisito de la edad deberá cumplirse en la fecha de inicio de la actividad. A efectos de esta convocatoria, la fecha de alta en el IAE se considera como fecha de inicio de actividad.

IV. Deberán tener su domicilio fiscal y negocio en que se desarrolle la actividad económica objeto de subvención situado en el término municipal de Pamplona y acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como frente a la seguridad social.

V. Deberán haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el Ayuntamiento de Pamplona dentro del plazo establecido en el apartado B.3), esto es, entre el 1 de octubre de 2014 y 30 de septiembre de 2015.

VI. Deberán contar con Plan de empresa que será visado por técnicos economistas del Área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Pamplona, que incluya como mínimo un desarrollo de los siguientes aspectos: Descripción del proyecto y del emprendedor, fase actual en la que se encuentra el proyecto, previsión de ingresos, estructura de gastos, financiación del proyecto, umbral de rentabilidad y número de empleos creados.

En atención a la especial naturaleza de la subvención se exime a la persona o entidad beneficiaria de acreditar el cumplimiento de los requisitos regulados en el artículo 10.2 de la Ordenanza General de Subvenciones:

SI NO

2. Forma de acreditar los requisitos para la obtención de la condición de persona o entidad beneficiaria: Se realizará mediante la aportación de la documentación e información que debe acompañar a la solicitud de subvención que se exige en el apartado G.4) de esta convocatoria.

E.–Obligaciones de la persona o entidad beneficiaria.

Son obligaciones de la persona o entidad beneficiaria a los efectos de esta convocatoria, las indicadas en el artículo 11 de la Ordenanza General de Subvenciones y las que se establezcan en este apartado.

Obligaciones específicas:SI NO

Además de las obligaciones generales previstas en la normativa general de subvenciones y en la Ordenanza municipal, el beneficiario:

–Deberá mantener la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda durante 18 mesesa partir de la fecha del alta en el IAE.

–Comunicar la obtención de cualquier subvención o ayudas, que teniendo el carácter de minimis, según lo establecido por la normativa de la Comisión Europea, le fuesen concedidas procedente de Administración Pública y/o cualquier otro ente público o privado nacional o internacional.

–Obligación de dar la adecuada publicidad de que los programas, actividades, inversiones o actuaciones objeto de subvención son financiadas por el Ayuntamiento Pamplona:SI NO

Medidas de difusión que debe adoptar la persona o entidad beneficiaria:

Inclusión imagen institucional del Ayuntamiento de Pamplona.

Leyendas en carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, etc.

Placas conmemorativas.

Menciones en medios de comunicación.

Otras: el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de celebrar un acto público de entrega de subvenciones al que asistirán los beneficiarios, personalmente o a través de la persona en quien deleguen.

–Obligación de destinar los bienes al fin concreto para el que se concede la subvención, en los términos del artículo 29.4 de la Ordenanza General de Subvenciones:SI NO

Indicar período de destino:

F.–Modificaciones del proyecto.

Posibilidad de introducir modificaciones en el proyecto: SI NO

La alteración de las condiciones tenidas en cuenta par la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención de otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

G.–Presentación de solicitudes.

1. Lugar de presentación de las solicitudes:

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, (calle Mayor, número 2, planta baja-Palacio del Condestable), en sus registros auxiliares (calle Descalzos, número 72, 2.ª planta; calle Monasterio de Irache, número 2, planta baja; avenida del Ejército, número 2, 5.ª planta; calle Zapatería, número 40, planta baja; calle Eslava, número 1, planta baja) o en cualquiera de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Plazo de presentación de las solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y concluirá el 15 de octubre de 2015 (incluido).

La presentación de solicitudes fuera del plazo señalado dará lugar a la inadmisión de las mismas.

3. Forma de presentación de solicitudes y de la documentación:

Las solicitudes deberán formularse mediante instancia firmada por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho, conforme al modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria. A las solicitudes se acompañarán los documentos e informaciones a los que hace referencia el apartado G.4) de esta convocatoria.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo máximo e improrrogable de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

Si los documentos exigidos ya estuviesen en poder del Ayuntamiento de Pamplona o sus Organismos Autónomos, podrán sustituirse por una declaración responsable sobre su vigencia y en la que se indique la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, o en el que obran, sin que en ningún caso hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que correspondan.

La presentación de la solicitud de subvención supone la aceptación de la totalidad de las bases que rigen esta convocatoria.

4. Documentos que deben acompañarse a las solicitudes:

Las personas interesadas deberán presentar la documentación siguiente:

a) Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre.

a.1, Los solicitantes que sean personas físicas:

–D.N.I. o documento que reglamentariamente le sustituya.

a.2. Los solicitantes que sean sociedades irregulares o sociedad civil:

–Documento acreditativo de su constitución, inscrito, en su caso, en el registro correspondiente.

–D.N.I. de los representantes legales de la actividad constituida.

–Certificado de Identificación fiscal.

a.3. Los solicitantes que sean personas jurídicas distintas a las mencionadas:

–Escritura de constitución de la empresa debidamente inscrita en el Registro Mercantil o registro oficial que corresponda.

–D.N.I. del representante legal de la actividad constituida.

–D.N.I. de todos los socios trabajadores.

–Certificado de Identificación fiscal.

b) Declaración responsable en la que se haga constar que la persona solicitante cumple los requisitos generales para obtener la condición de beneficiaria exigidos por la ordenanza general de subvenciones y los específicos de esta convocatoria y que no se halla incursa en ninguna causa de prohibición para obtener la condición de beneficiaria de las enumeradas en el artículo 10 de la ordenanza general de subvenciones, conforme al modelo que figura como Anexo II de esta convocatoria.

c) Acreditación de que la persona solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se realizará mediante la aportación de:

Certificados expedidos por las Administraciones competentes.

Declaración responsable otorgada por la persona solicitante de hallarse al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se deberá requerir a la persona interesada la presentación de los certificados emitidos por las administraciones competentes que acrediten la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a 15 días.

El Ayuntamiento comprobará de oficio que el interesado se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con esta administración, haciendo constar dicha circunstancia mediante la oportuna diligencia.

Así mismo, se comprobará de oficio que el interesado se encuentra dado de alta en el IAE de Pamplona en el plazo establecido en el apartado D.1.V), esto es, entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015.

d) Cuando la persona solicitante sea una agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada cual, que tendrán igualmente la consideración de persona beneficiaria. Deberá nombrarse un/a representante o apoderada/o única/o de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.

e) Declaración de las solicitudes de subvención para el mismo objeto solicitadas y/o percibidas de otras administraciones, entidades o personas públicas o privadas, detallando la cantidad solicitada, nombre de la entidad y cantidad obtenida. (Véase, en su caso, Anexo III de esta convocatoria).SI NO

f) Memoria con la descripción del proyecto/acción/actividad/programa para el que se solicita subvención.

g) Presentación del Plan de empresa correspondiente visado por técnicos economistas del Área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Pamplona, que incluya como mínimo un desarrollo de los siguientes aspectos: descripción del proyecto y del emprendedor, fase actual en la que se encuentra el proyecto, previsión de ingresos, estructura de gastos, financiación del proyecto, umbral de rentabilidad y número de empleos creados.

h) Solicitud de abono por transferencia (según modelo municipal).

i) Justificación del cumplimiento de las condiciones de la presente convocatoria de conformidad a lo estipulado en el apartado Ñ) de la presente convocatoria.

j) Declaración expresa responsable sobre cualquier otra ayuda de minimis recibida y en su caso de la cuantía percibida, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.

Los documentos deberán ser originales, copias compulsadas o copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.

H.–Instrucción y resolución del procedimiento. Notificación de la resolución.

1. Instrucción del procedimiento: Los expedientes serán tramitados y resueltos según el orden de entrada de los mismos y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello y, conforme a los requisitos, formas y prioridades de valoración que se hayan indicado en el apartado B.4) de esta convocatoria. La propuesta de resolución, debidamente motivada, será formulada por el órgano instructor a la vista del expediente y trasladada al órgano competente para resolver.

2. Plazo de resolución y notificación: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.

La resolución de concesión deberá ser motivada, se hará constar de manera expresa: la persona o entidad solicitante o solicitantes a quienes se concede la subvención, y su cuantía, y, en su caso, la persona o entidad solicitante o solicitantes cuyas peticiones hayan resultado desestimadas.

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a la persona o entidad solicitante o solicitantes de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El plazo máximo de resolución y notificación se computará desde la fecha:

–De la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra:SI NO

–En que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación:SI NO

Otro sistema de cómputo de plazo:

Transcurrido el plazo máximo establecido para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

I.–Publicidad de las subvenciones concedidas.

Publicación de la resolución de concesión:SI NO

Indicación del medio en que ha de practicarse la publicación:

Boletín Oficial de Navarra. Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona.

J.–Gastos subvencionables.

1. Determinación de los gastos subvencionables:

Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en el apartado J.2). Específicamente, a los efectos de esta convocatoria, se considerarán gastos subvencionables:

Aquellos gastos relacionados con la creación y puesta en funcionamiento de la actividad económica en el término municipal de Pamplona, tales como:

–Gastos necesarios para el inicio de la actividad (gastos de notaría, registro y otros gastos directamente relacionados con la apertura o inicio de la actividad: tarjetas de visita, diseño de logotipos e imagen de marca, página web...).

–Gastos de alquiler, hasta un límite correspondiente a tres meses siguientes consecutivos al inicio de la actividad. En ningún caso se subvencionaran los alquileres en los que exista relación de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, entre parte arrendataria y arrendadora. Tampoco se subvencionan las cantidades abonadas en concepto de fianza.

–Traspasos de negocio. Sólo se considerará gasto subvencionable la cuantía total satisfecha en este concepto excluidas existencias y mercaderías.

En cuanto a los gastos que puedan considerarse como periódicos, tales como: Alquiler de locales (excluyendo fianzas de alquiler), cuotas de Seguridad Social, consumo eléctrico, consumo telefónico y similares, tendrán la consideración de subvencionables y serán tenidos en cuenta, únicamente, los correspondientes a los tres primeros meses a partir de la fecha de inicio de la actividad siempre que no sobrepasen la fecha de presentación de la solicitud.

A estos efectos se considerará como fecha de realización del gasto la fecha de emisión de las facturas justificativas del gasto realizado.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que se determina en el apartado Ñ.2) de esta convocatoria:SI NO

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables:

1.–Los tributos locales.

Los tributos no locales son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona directamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables:

a) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Concretamente, en cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido, únicamente serán gastos subvencionables aquellas cantidades abonadas por el beneficiario que representen un coste real, es decir, que haya sido efectivamente abonado por el beneficiario, y que no sea deducible, puesto que de poder serlo, este impuesto sería recuperable por el beneficiario, debiendo éste justificarlo fehacientemente.

b) Los impuestos personales sobre la renta.

2.–No tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la adquisición de bienes o en general aquellos gastos que no estén definidos y los gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad económica subvencionable por esta convocatoria, así como aquellos que puedan ser afectados al uso privado de personas socias de la empresa, propietarios o sus familiares, tales como los derivados de facturas de teléfonos móviles, gasolina, peajes de autopista o similares, ni tampoco los gastos de formación.

3.–Adquisición de bienes destinados a su venta.

2. Plazo de realización de los gastos subvencionables: Seis meses anteriores y tres meses posteriores a la fecha de alta en el IAE del solicitante.

K.–Subcontratación.

Posibilidad de concertar con terceras personas la ejecución total o parcial de la actividad en los términos establecidos en el artículo 30 de la Ordenanza General de Subvenciones:

SI NO

Indicación del porcentaje: ...................................................................

L.–Financiación de las actividades subvencionadas.

La persona o entidad beneficiaria deberá cubrir la actividad subvencionada bien con aportación propia o bien procedente de otros medios, en el importe o porcentaje indicado en este apartado. Debiendo justificarse el importe, procedencia y aplicación a la actividad subvencionada de la mencionada financiación:

SI NO

Indicación importe o porcentaje: ........................................................

M.–Compatibilidad e incompatibilidad de la actividad subvencionada.

La percepción de la subvención municipal es compatible incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administración, entidad o persona.

Las subvenciones de esta convocatoria tienen el carácter de ayudas de minimis conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. La entidad solicitante de la ayuda deberá declarar sobre otras ayudas de minimis recibidas en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, con objeto de probar que la nueva ayuda de minimis no supera el límite máximo establecido en el Reglamento.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En el supuesto de que ello sucediera, procederá el reintegro del exceso obtenido, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

La persona o entidad beneficiaria deberá comunicar al órgano concedente la solicitud u obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

N.–Pago.

1. Sistema de pago: El pago de la subvención revestirá la siguiente modalidad:

Pago previa justificación de las acciones/proyectos/conductas/actividades subvencionadas.

Pago a cuenta:

Pago fraccionado: ....................................................................

Pago anticipado: ......................................................................

Sistema mixto de pago fraccionado y pago anticipado: ...........

No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona o entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

No obstante lo anterior, el Ayuntamiento de Pamplona podrá de oficio proceder a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones, o de parte de éstas, con las cantidades adeudadas.

Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación adecuada o de concurrencia de alguna de las causas de reintegro previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o en la Ordenanza General de Subvenciones.

2. Constitución de garantías:

SI NO

Medio de constitución e importe: ........................................................

Ñ.–Justificación.

1. Modalidad de justificación: La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la subvención revestirá la siguiente modalidad:

Cuenta justificativa:

Cuenta justificativa con aportación de justificante de gasto (siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 35 de la Ordenanza).

La cuenta justificativa estará formada por los documentos que a continuación se indican:

a) Plan de Empresa.

b) Relación suscrita y numerada secuencialmente de los gastos realizados y los ingresos obtenidos, ordenada y totalizada por conceptos. (Anexo I. 5. Justificación).

c) Documentos justificativos, facturas o documentos sustitutivos conforme a la normativa vigente, recibos, incluso nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada.

Las facturas originales que justifiquen las inversiones serán originales, en las que deberá hacerse referencia expresa, o estar dirigidas, al local o actividad para el cual se solicita la ayuda.

Cuando una entidad emisora de facturas esté exenta de IVA habrá de acompañarse certificado expedido por órgano competente que acredite de forma fehaciente la exención de que se trate.

Para considerar acreditados como costes salariales los correspondientes a gastos de personal, deberán acompañarse copias del contrato de trabajo, nóminas correspondientes firmadas por el perceptor y pagadas, o abonaré bancario en su caso, así como los justificantes correspondientes a las cotizaciones a la Seguridad Social.

d) Documentos acreditativos de los pagos a los acreedores. La acreditación de pago se efectuará mediante adeudo bancario, “recibí” debidamente firmado, u otro documento acreditativo de que las facturas presentadas han sido pagadas.

Toda la documentación exigida deberá ser original, copia compulsada o copia que tenga carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.

Cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría:

Contenido adicional:SI NO

Cuenta justificativa simplificada: ..............................................

Acreditación del gasto por módulos (siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 37 de la Ordenanza):

Determinación de:

–Unidades que conformarán el módulo:

–Coste unitario módulo:

–Demás extremos pertinentes:

Presentación de estados contables:

La persona o entidad beneficiaria deberá aportar certificado que acredite que los estados contables presentados son los oficiales y que han sido debidamente aprobados por el órgano competente correspondiente de la entidad.

Otro sistema:

2. Plazo de rendición de la justificación: Hasta la fecha final de presentación de solicitudes.

O.–Causas específicas de reintegro.

Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, cuando concurra alguna de las causas de reintegro contempladas en el artículo 45 de la Ordenanza General de Subvenciones, así como en los demás supuestos previstos en este apartado.

Causas específicas de reintegro:SI NO

Procederá el reintegro de la subvención en caso de incumplimiento de la obligación de mantener el proyecto durante 18 meses a partir de la fecha de alta en IAE, siempre y cuando, el cierre no haya sido imputado a causas de fuerza mayor. El reintegro será proporcional al tiempo que reste del cumplimiento de los 18 meses siguientes desde la fecha de alta en el IAE.

P.–Régimen de recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo del mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

–Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

Q.–Otras consideraciones.

............................................................................................................

............................................................................................................

............................................................................................................

R.–Índice de anexos.

Anexo I. Modelo de solicitud.

Anexo II. Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos y no estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiaria.

Anexo III. Declaración responsable de solicitudes de subvención para el mismo objeto.

Anexos complementarios.

–Anexo IV. Justificación.

–Anexo V. Autorización para el uso de imágenes.

Pamplona, 13 de mayo de 2015.–La Concejala Delegada de Empleo, Comercio y Turismo y Participación Ciudadana, Juventud y Deporte, firma ilegible.

ANEXO I

Solicitud de subvención

DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre y apellidos o razón social

DNI, NIF, NIE, CIF

Domicilio

Teléfono

Número

Escalera

Piso

C.P.

Población

[Tachar lo que no proceda]

Actuando en nombre propio o en representación de*

Nombre y apellidos o razón social

DNI, NIF, NIE, CIF

DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN

Nombre y apellidos o razón social

DNI, NIF, NIE, CIF

Domicilio

Número

Escalera

Piso

C.P.

Población

Teléfono

Fax

Correo electrónico

Conociendo la convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada, destinadas a ................................................................................................................., publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ........., de fecha .......................

SOLICITA:

Sea tenida en cuenta la solicitud, a cuyo efecto acompaña la siguiente documentación:

Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre, en la forma indicada en el apartado G.4 a) de la convocatoria.

Declaración responsable de que la persona o entidad solicitante cumple los requisitos exigidos por la ordenanza general de subvenciones y la convocatoria y que no se halla incursa en ninguna causa de prohibición para obtener la condición de beneficiaria de las previstas en el artículo 10 de la ordenanza general de subvenciones, conforme al modelo que figura como Anexo II de esta convocatoria.

Acreditación de que la persona o entidad solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en la forma indicada en el apartado G.4) de la convocatoria.

Declaración de las solicitudes de subvención para el mismo objeto solicitadas y/o percibidas de otras administraciones, entidades o personas públicas o privadas, detallando la cantidad solicitada, nombre de la entidad y cantidad obtenida. (Anexo III).

Memoria con la descripción del proyecto/acción/conducta/actividad para el que se solicita subvención. Plan de empresa correspondiente visado por técnico economista del Área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Pamplona, que incluya descripción del proyecto y del emprendedor, fase actual en la que se encuentra el proyecto, previsión de ingresos, estructura de gastos, financiación del proyecto, umbral de rentabilidad y número de empleos creados.

Documentación indicada en el apartado G.4) de esta convocatoria.

 Pamplona, a ......... de ..................... de ........

(Firma)

Protección de datos.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales facilitados en la convocatoria, se utilizarán exclusivamente para la gestión de la subvención y podrán ser incorporados a los ficheros que conforman las bases de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mayor 2, 31001 Pamplona) o a la sede electrónica (www.pamplona.es).

NOTA IMPORTANTE:

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ANEXO II

Declaración responsable

Don ...................................................................................................., con domicilio a efectos de notificaciones en ..............................................................................................................., y D.N.I. ................................, teléfono ..................., fax ..................., email .........................................., por sí o en representación de (según proceda) .............................................................................................., con domicilio en ..............................................................................................................., NIF ......................

Teléfono número ......................, fax número ......................, y teniendo conocimiento de la convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada, destinadas a .......................................................................................................................................................................,

DECLARA:

–Que cumple los requisitos generales exigidos para obtener la condición de beneficiario establecidos en la ordenanza general de subvenciones y los específicos previstos en la convocatoria.

–Que no se halla incursa en ninguna causa de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria de las previstas en el artículo 10 de la ordenanza general de subvenciones.

–Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

–Que se compromete a destinar el importe de la subvención que solicita al cumplimiento de los objetivos y actividades que fundamenta la concesión de la subvención.

–Que se compromete a acreditar en un plazo de quince días a partir del requerimiento que se le formule, los extremos a que se refiere esta declaración, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.7 de la ordenanza general de subvenciones.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente,

 Pamplona, a ......... de ..................... de ........

(Firma)

Protección de datos.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales facilitados en la convocatoria, se utilizarán exclusivamente para la gestión de la subvención y podrán ser incorporados a los ficheros que conforman las bases de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mayor 2, 31001 Pamplona) o a la sede electrónica (www.pamplona.es).

ANEXO III

Declaración responsable de solicitud de subvención para el mismo objeto

Don ...................................................................................................., con domicilio a efectos de notificaciones en ..............................................................................................................., y D.N.I. ................................, teléfono ..................., fax ..................., email .........................................., por sí o en representación de (según proceda) .............................................................................................., con domicilio en ..............................................................................................................., NIF ......................

Teléfono número ......................, fax número ......................, y teniendo conocimiento de la convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada, destinadas a .......................................................................................................................................................................,

En relación con la subvención solicitada,

DECLARA:

No haber solicitado ni obtenido ningún tipo de subvención de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, para la misma finalidad que la de esta convocatoria.

Haber solicitado las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, para la misma finalidad que la de esta convocatoria:

Haber obtenido las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, para la misma finalidad que la de esta convocatoria:

Subvenciones solicitadas: (Indíquese fecha, entidad, importe):

............................................................................................................

............................................................................................................

Subvenciones obtenidas: (Indíquese fecha, entidad, importe):

............................................................................................................

............................................................................................................

En relación con la actualización de datos,

Me comprometo a comunicar por escrito a este Departamento, en el plazo máximo de 15 días a partir de su notificación, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración. Asimismo, me comprometo a ponerlo en conocimiento de toda Entidad pública a la que haya solicitado algún tipo de subvención. Así como, cualquier variación que se pueda producir dentro de los 18 primeros meses de funcionamiento de la actividad, con la posibilidad de tener que modificar o reintegrar la subvención, siempre y cuando, el cierre no haya sido imputado a causa de fuerza mayor.

En Pamplona, a ......... de ..................... de ........
(Firma)

ANEXO IV

Justificación

Puestos de trabajo creados: .................

Relación de los gastos realizados y de los ingresos obtenidos. (Adjuntar las facturas en el mismo orden y numeración que en el cuadro).

NÚMERO (1)

FECHA FACTURA

CONCEPTO Y EMISOR

IMPORTE

1.

1

2

3

4

2.

5

6

7

8

3.

9

10

4.

11

12

13

5.

14

15

6.

16

17

18

TOTAL IMPORTE

(1) Se presentarán las facturas por conceptos de gastos y en orden cronológico.

Nota: En caso de ser necesario, pueden añadirse en más filas otros conceptos a la tabla de relación de justificantes.

ANEXO V

Autorización para el uso de imágenes

A tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Pamplona solicita su consentimiento para poder publicar imágenes en las que aparezca, individualmente o en grupo, en todos los actos que se organicen en el desarrollo de la convocatoria de subvenciones destinadas a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores. Asimismo, se le solicita también el consentimiento para la utilización de los datos de carácter personal.

Don/Doña ...........................................................................................

Con DNI número: ...........................................

AUTORIZO:

Al Ayuntamiento de Pamplona a usar mis imágenes realizadas en todos los actos que se organicen en el desarrollo de la convocatoria de subvenciones destinadas a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores y publicarlas en la página Web del Ayuntamiento.

En Pamplona, a ......... de ..................... de 2015

 Fdo.: ................................................

  (Interesado)

DNI número: ..................................

Protección de datos.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales facilitados en la convocatoria, se utilizarán exclusivamente para la gestión de la subvención y podrán ser incorporados a los ficheros que conforman las bases de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mayor 2, 31001 Pamplona).

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