BOLETÍN Nº 95 - 19 de mayo de 2014

4. Procedimientos Judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA

Edicto. Procedimiento 153/2011

Antonio Fernández Ayesa, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: que en el Recurso contencioso-administrativo número 153/2011 se dictó sentencia que ha quedado firme cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 154/2014:

Ilmos. Sres. Magistrados Joaquín Galve Sauras. Antonio Rubio Pérez. Francisco Javier Pueyo Calleja.

Pamplona, trece de marzo de 2014.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del Recurso número 153/2011 promovido contra Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de diciembre de 2010, por el que en el marco del “Plan Navarra 2012. Actuación prioritaria: Plan de Impulso a la Vivienda Protegida de Navarra”, se aprueba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el desarrollo de un área residencial de vivienda protegida en términos de Galar y Cizur en el paraje conocido como Guendulain. Siendo en ello partes: como recurrente, el Ayuntamiento de la Cendea de Cizur y Ayuntamiento de la Cendea de Galar, representados por el Procurador don Rafael Ortega Yagüe y dirigidos por el Letrado don Antonio Madurga Gil; como demandado, el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior representado y defendido por el Letrado de la Comunidad Foral Navarra; y como codemandado, Desarrollo Sostenible de Navarra, S.L., representado por el Procurador don Pablo Epalza Ruiz de Alda y defendido por el Letrado don Fernando Ruiz de Alda Rodríguez.

Fallamos:

Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo número 132/2011, anulamos por contrario al ordenamiento Jurídico el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de diciembre de 2010, por el que, en el marco de “Plan Navarra 2012. Actuación prioritaria: Plan de Impulso a la Vivienda Protegida de Navarra”, se aprueba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el desarrollo de un área residencial de vivienda protegida en términos de Galar y Cizur en el paraje conocido como Guendulain. Sin costas.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, y contra la que cabe recurso de casación, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Navarra, conforme a lo establecido en los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido y firmo el presente.

Pamplona, 8 de mayo de 2014.–El Secretario de Sala, Antonio Fernández Ayesa.

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