BOLETÍN Nº 88 - 8 de mayo de 2014

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva del expediente de modificación
del Plan Municipal de las Unidades H-27, H-28 y H-29,
del Sector Ardoi

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor en la sesión celebrada el día 31 de enero de 2014, adoptó el acuerdo de aprobar provisionalmente el expediente de modificación del Plan Municipal de Zizur Mayor que afecta a las Unidades H-27, H-28 y H-29 del Sector Ardoi, promovido por ACR2 Promociones, S.L., Agrupación de Propietarios Arrobia y Belotxi, S.L.

Mediante Orden Foral 25E/2014, de 15 de abril, del Consejero de Fomento, se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Zizur Mayor que afecta a las Unidades H-27, H-28 y H-29 del Sector Ardoi, promovido por ACR2 Promociones, S.L., Agrupación de Propietarios Arrobia y Belotxi, S.L.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.1, de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a la publicación de la Normativa Urbanística, en el Boletín Oficial de Navarra.

Zizur Mayor, 24 de abril de 2014.–El Alcalde, Luis María Iriarte Larumbe.

Modificación del Plan Municipal de Zizur Mayor
de las Unidades h-27, h-28 y h-29 del Sector Ardoi

Normativa urbanística

Se modifican los artículos 29, 46 y 57 de las Normas Urbanísticas del Sector Ardoi, que forman parte integrante del vigente Plan Parcial del Sector Ardoi, cuyo acuerdo de aprobación definitiva fue adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor en la sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2004 y publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 8 de 19 de enero de 2005, y cuya redacción se sustituye por la siguiente:

Artículo 29. Condiciones Bioclimáticas de la Edificación.

1.–Las condiciones recogidas en este apartado persiguen la defensa del alojamiento frente a la radiación solar en los meses cálidos, así como y, especialmente, dadas las condiciones climatológicas locales, el aprovechamiento de esa radiación en beneficio de los espacios habitables de la vivienda en los meses invernales.

2.–La ordenación del espacio interior del alojamiento deberá perseguir, –habida cuenta de la latitud 42.º, 48’ en que se sitúa el Sector Ardoi–, orientaciones componente Sur para las estancias de uso común. En este sentido y para tales estancias, quedaría desaconsejada la orientación NO.

3.–Se exige la inclusión en el diseño de la edificación de dispositivos exteriores al alojamiento, tales como persianas, que permitan regular la intensidad de radiación incidente en los planos de cerramiento exterior. Se recomienda en particular, la contraventana de lamas orientables como elemento incorporado al diseño del hueco en la edificación.

4.–Se recomiendan soluciones arquitectónicas compactas donde el factor de forma del edificio (superficie total S/volumen total V) sea mínimo. En cualquier caso, dicho factor de forma nunca deberá ser superior a 1.

5.–La compartimentación interior de las viviendas deberá favorecer en la medida de lo posible, la homogeneidad de las temperaturas, así como la ventilación cruzada entre las fachadas de distinta orientación.

6.–Los elementos constructivos de la envolvente del edificio, cerramientos en contacto con el exterior, soleras, muros y cubiertas, deberán favorecer la inercia térmica. A tal fin se recomienda utilizar importantes secciones de material de gran densidad y baja conductividad térmica.

7.–Al objeto de compensar el incremento de porcentaje de superficie construida respecto de la superficie útil en aquellos proyectos que, por razones de eficiencia energética, cumpliendo con los requisitos definidos por el Código Técnico de la Edificación y demás normativas de más reciente aplicación, debido al especial aislamiento térmico y/o acústico previsto o al desarrollo de las instalaciones, justifiquen la necesidad de aumentar la sección constructiva de los muros y divisiones, se podrá aplicar un tratamiento similar, atendiendo a proporciones equivalentes, al aplicado en la Modificación para la Unidad Morfológica I-14, modificación aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 25 de junio de 2009 (Boletín Oficial de Navarra número 94, de 31 de julio de 2009), siempre con la debida justificación, y condicionando su aplicación a la obtención de la correspondiente Certificación Energética.

Artículo 46. Tipología de las viviendas a construir en cada una de las Unidades Morfológicas.

1.–Se promoverán como Viviendas de Protección Oficial, Régimen General (VPO,) o como Viviendas de Precio Tasado (VPT), el número de viviendas y/o la superficie construida que se establece en el artículo 57.–Determinaciones Particulares de las Unidades Morfológicas.

Artículo 57. Determinaciones particulares de las Unidades Morfológicas.

Se adjuntan las fichas y desarrollo pormenorizado de las Unidades Morfológicas H-27, H-28 y H-29.

UNIDAD MORFOLÓGICA H-27

Determinaciones de carácter general

Superficie de la unidad morfológica: 1.637,55 m².

Aprovechamiento urbanístico de la unidad morfológica: 4.569,13 Uas.

Superficie máxima construida en plantas sobre rasante: 2.055,98 m².

Determinaciones funcionales

Número máximo de viviendas: 16 (10V libres, 6VPT).

Superficie construida mínima destinada a VPT: 771,00 m².

Superficie construida máxima destinada a vivienda libre: 1.284,98 m².

Superficie construida máxima destinada a usos residenciales: 2.055,98 m².

Superficie de suelo mínima destinada a vivienda libre: 1.016,67 m².

Número mínimo de plazas de aparcamiento fuera del espacio público: 18.

Usos de la edificación:

  • Usos permitidos.
  • Planta de sótano: Aparcamiento y usos complementarios de la actividad residencial.
  • Plantas bajas: Residencial, aparcamiento y usos complementarios de la actividad residencial.
  • Usos tolerados.
  • Plantas bajas: Actividades terciarias vinculadas al uso residencial.

Usos prohibidos.–Resto de usos no permitidos o tolerados.

Usos de la parcela libre privada.–Usos complementarios de la actividad residencial. Podrá asignarse al uso de VPT parte de la parcela libre privada sin que ello suponga modificación de la edificabilidad.

Determinaciones formales

N.º máximo de plantas: B+3.

Altura máxima de la edificación: 12 m.

Fondo máximo de la edificación. 15 m.

UNIDAD MORFOLÓGICA H-28

Determinaciones de carácter general

Superficie de la unidad morfológica: 1.664,58 m².

Aprovechamiento urbanístico de la unidad morfológica: 4.569,13 Uas.

Superficie máxima construida en plantas sobre rasante: 2.055,982 m².

Determinaciones funcionales

Número máximo de viviendas: 16.

Superficie construida máxima destinada a usos terciarios: -.

Superficie construida máxima destinada a usos residenciales: 2.055,98 m².

Número mínimo de plazas de aparcamiento fuera del espacio público: 18.

Usos de la edificación:

  • Usos permitidos.
  • Planta de sótano: Aparcamiento y usos complementarios de la actividad residencial.
  • Plantas bajas: Residencial,aparcamiento y usos complementarios de la actividad residencial.
  • Usos tolerados.
  • Plantas bajas: Actividades terciarias vinculadas al uso residencial.
  • Usos prohibidos.–Resto de usos no permitidos o tolerados.

Usos de la parcela libre privada.–Usos complementarios de la actividad residencial.

Determinaciones formales

Número máximo de plantas: B+3.

Altura máxima de la edificación: 12 m.

Fondo máximo de la edificación: 15 m.

UNIDAD MORFOLÓGICA H-29

Sub-unidad H-29.1

Determinaciones de carácter general

Superficie de la unidad morfológica: 922,43 m².

Aprovechamiento urbanístico de la unidad morfológica: 1.483,55 Uas.

Superficie máxima construida en plantas sobre rasante: 457,88 m².

SUB-UNIDAD H-29.2

Determinaciones de carácter general

Superficie de la unidad morfológica: 640,08 m².

Aprovechamiento urbanístico de la unidad morfológica: 947,87 Uas.

Superficie máxima construida en plantas sobre rasante: 266,37 m².

SUB-UNIDAD H-29.3

Determinaciones de carácter general

Superficie de la unidad morfológica: 921,98 m².

Aprovechamiento urbanístico de la unidad morfológica: 958,13 Uas.

Superficie máxima construida en plantas sobre rasante: 1.164,59 m².

Cesión de local en PB para uso polivalente público: 100,00 m².

Determinaciones funcionales

Número máximo de viviendas: H-29.1 2V; H-29.2 1V; H-29.3 13VPO.

Superficie construida máxima destinada a usos residenciales: 1.749,73 m².

N.º mínimo de plazas de aparcamiento fuera del espacio público: 21.

Usos de la edificación:

  • Usos permitidos.
  • Planta de sótano: Aparcamiento y usos complementarios de la actividad residencial.
  • Plantas bajas: Residencial, usos complementarios de la actividad residencial y uso polivalente publico.
  • Usos tolerados.
  • Plantas bajas: Actividades terciarias vinculadas al uso residencial.

Usos prohibidos.–Resto de usos no permitidos o tolerados.

Usos de la parcela libre privada.–Usos complementarios de la actividad residencial.

Determinaciones formales

Número máximo de plantas: B+1+E / B+3.

Altura máxima de la edificación: 11 m. / 12 m.

Fondo máximo de la edificación: 12 m.

Código del anuncio: L1406082