BOLETÍN Nº 83 - 30 de abril de 2014

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO SIETE DE PAMPLONA

Subasta pública. Ejecución hipotecaria 151/2014

Aranzazu Chocarro Ucar, Secretaria Judicial.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución hipotecaria, bajo el número 151/2014, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la Secretaría de este órgano, el día 5 de junio de 2014 a las diez horas quince minutos, con los requisitos siguientes:

1. La certificación registral y, en su caso, la titulación del bien que se subasta se encuentra de manifiesto en la sede de esta Oficina judicial.

2. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

3. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

4. Para tomar parte en la subasta los postores deberán:

a) Identificarse de forma suficiente.

b) Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la Subasta.

c) Presentar resguardo de que han depositado, previamente, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano número 2757 0000 06 0151 14 en la entidad Banco Santander o de que han prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor de las fincas a efecto de subasta. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo. Finalizado el acto de la subasta se devolverán las cantidades depositadas, excepto la que corresponda al mejor postor y la de aquellos postores que expresamente lo soliciten para que, si el rematante no depositase en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a su favor.

5. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones indicadas en el apartado anterior. Estas posturas serán abiertas al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

6. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

7. En cuanto a la situación posesoria se hace constar que: No consta.

8. Cualquier interesado en la subasta podrá solicitar del tribunal inspeccionar el inmueble o inmuebles hipotecados, quien lo comunicará a quien estuviere en la posesión, solicitando su consentimiento. Cuando el poseedor consienta la inspección del inmueble y colabore adecuadamente ante los requerimientos del tribunal para facilitar el mejor desarrollo de la subasta del bien hipotecado, podrá solicitar al tribunal una reducción de la deuda hipotecaria de hasta un 2 por cien del valor por el que el bien hubiera sido adjudicado. El tribunal, atendidas las circunstancias, y previa audiencia del ejecutante por plazo no superior a cinco días, decidirá lo que proceda dentro del máximo deducible.

Identificación de las Fincas:

1.–Urbana. Vivienda sita en entreplanta del edificio número 2 de la Calle San Juan de Olagüe. Inscrita al Tomo 3324, Libro 30, Folio 18, Finca 2074 de Olagüe.

2.–Urbana. Local comercial sito en planta baja en la Calle San Juan número 2 de Olagüe. Inscrita al Tomo 3324, Libro 30, Folio 4, Finca número 2.069 de Olagüe.

Valoración: Finca número 2074, 120.000 euros y Finca número 2069, 24.000 euros.

Pamplona, 23 de abril de 2014.–La Secretaria Judicial, Aranzazu Chocarro Ucar.

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