BOLETÍN Nº 83 - 30 de abril de 2014

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 56E/2014, de 15 de abril, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se establece el calendario y el régimen de distribución de la jornada del personal de los Equipos de Atención Primaria y de los Servicios de Urgencias Rurales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por Orden Foral 267/2013, de 20 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se ha aprobado el calendario laboral del año 2014 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Esta norma excluye al personal adscrito a centros sanitarios del régimen general de distribución de dicha jornada anual de trabajo, disponiendo para el mismo el mantenimiento del régimen vigente tanto en lo referente a los turnos como a los días de la semana en que se distribuye la jornada anual; todo ello sin perjuicio de que puedan establecerse otros regimenes de horario o distribución de la jornada anual, previa negociación en la Mesa general o Sectorial que corresponda.

Por Resolución 331/2013, de 6 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se estableció el calendario y el régimen de distribución de la jornada del personal de los Equipos de Atención Primaria y de los Servicios de Urgencias Rurales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Mediante Acuerdo, de 31 de enero de 2014, de la Mesa sectorial de los Organismos Autónomos adscritos al Departamento de Salud se actualiza la organización de los Servicios de Urgencias Rurales creados por Acuerdo de 13 de marzo de 2008 en lo que respecta a la atención continuada y urgente en Atención Primaria de Navarra.

Puesto que los Equipos de Atención Primaria funcionan coordinadamente con los Servicios de Urgencias Rurales se hace preciso adaptar, la jornada del personal de los Servicios de Urgencias Rurales y la participación del personal de las Zonas Básicas de Salud en la atención continuada, al nuevo acuerdo adoptado en la Mesa Sectorial de los Organismos Autónomos adscritos al Departamento de Salud.

Esta Resolución ha sido objeto de negociación en la Mesa Sectorial de los Organismos Autónomos adscritos al Departamento de Salud, conforme a lo prescrito por la normativa citada y en consonancia asimismo con lo dispuesto por el artículo 83.6 h) del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en las reuniones celebradas los días 2 y 14 de abril de 2014, contando con la conformidad de los sindicatos UGT, CCOO, AFAPNA y SATSE.

En virtud de las facultades conferidas por los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea aprobados por Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio,

RESUELVO:

1.º Jornada del personal de los Equipos de Atención Primaria.

a) La jornada diaria de trabajo, de lunes a viernes, del personal de los Equipos de Atención Primaria tendrá la duración establecida, con carácter general, para el personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, dando inicio a las 8:00 horas, para los que trabajan de mañana, y finalizando a las 15:20 horas. Para el personal que trabaje de tarde esta jornada dará comienzo a las 12:40 horas, y finalizará a las 20 horas.

b) No obstante lo previsto en el apartado anterior, y a fin de garantizar el inicio de la actividad asistencial en el horario establecido en este apartado, el Director del Equipo de Atención Primaria, con la conformidad de la Dirección de Atención Primaria correspondiente, podrá establecer el adelanto en el inicio de la jornada del personal que sea preciso, sin que se supere la jornada en cómputo diario.

2.º Jornada del personal de los Servicios de Urgencias Rurales.

a) La jornada del personal de los Servicios de Urgencias Rurales dará comienzo, los días laborables, salvo viernes y vísperas de festivo, a las 20:00 horas, y finalizará a las 8:00 horas del día siguiente, y los sábados, domingos y festivos, dará comienzo a las 8:00 horas y finalizará a las 8:00 horas del día siguiente.

b) En los Puntos de Atención Continuada previstos en el punto 4.º de esta Resolución la jornada del personal de los Servicios de Urgencias Rurales dará comienzo, los sábados, domingos y festivos, a las 8:00 horas, y finalizará a las 8:00 horas del día siguiente, los jueves y viernes de cada semana, cuando sean laborables, dará comienzo a las 15:20 horas y finalizara a las 8:00 horas del día siguiente, y los miércoles, cuando sean laborables, dará comienzo a las 20:00 horas y finalizara a las 8:00 horas del día siguiente.

c) En cualquier caso, a este personal le corresponde una jornada efectiva, en cómputo anual, de 1.457 horas.

3.º Atención Continuada realizada por el personal de las Zonas Básicas de Salud.

a) La atención continuada se llevara a cabo, de lunes a jueves, garantizando la presencia física de los profesionales, desde las 15:20 horas hasta las 20:00 horas, y los viernes o vísperas de festivo desde las 15:20 horas hasta las 8 horas del día siguiente.

b) En los Puntos de Atención Continuada previstos en el punto 4.º de esta Resolución, la atención continuada se llevará a cabo los días laborables, de lunes a miércoles, garantizando la presencia física de los profesionales desde las 15:20 hasta las 20:00 horas, y los lunes y martes de manera localizada, dentro del ámbito de actuación del respectivo Punto de Atención Continuada, desde las 20:00 hasta las 8:00 horas del día siguiente.

4.º Puntos de Atención Continuada en los que la atención continuada se organiza de forma mixta.

La atención continuada se organiza de forma mixta en los siguientes Puntos de Atención Continuada:

–Villatuerta Sur (Villatuerta).

–Ancin II (Zudaire).

–Elizondo II (Oronoz-Mugaire).

5.º Dejar sin efecto la Resolución 331/2013, de 6 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se establece el calendario y el régimen de distribución de la jornada del personal de los Equipos de Atención Primaria y de los Servicios de Urgencias Rurales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

6.º Jornada del personal de los Servicios Normales de Urgencias y del Centro sanitario doctor San Martín.

La jornada del personal de los Servicios Normales de Urgencias de Tafalla, Estella/Lizarra y Tudela, y del Centro Sanitario doctor San Martín de Pamplona dará comienzo a las 15:00 horas, los días laborables de lunes a viernes, y finalizará a las 8:00 horas del día siguiente. La jornada de los sábados, domingos y festivos, dará comienzo a las 8:00 horas y finalizará a las 8:00 horas del día siguiente.

7.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 15 de abril de 2014.–El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Juan José Rubio Vela.

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