BOLETÍN Nº 62 - 1 de abril de 2014

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 111E/2014, de 6 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, por la que se acuerda no someter el proyecto de Planta de producción y centro de investigación de productos de química fina en Nave número 61, Polígono Morea Sur, Beriain, promovido por Bioaz 14, S.L. al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, por la que se acuerda no someter el proyecto de Planta de producción y centro de investigación de productos de química fina en Nave número 61, Polígono Morea Sur, Beriain, promovido por Bioaz 14, S.L. al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental.

Con fecha 24 de febrero de 2014 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la Memoria Resumen para decisión sobre sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental del expediente arriba citado, para que se determine, a efectos de lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental el sometimiento o no del proyecto a Evaluación de Impacto Ambiental.

La actividad proyectada centra su actividad en la producción de sustancias químicas derivados del biodiesel o aceite vegetal.

Analizado el proyecto que se incluye en el Anejo 4A, del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, teniendo en cuenta las dimensiones y, las características del mismo, la ubicación en nave de polígono industrial y su potencial impacto, según se establece en el anexo 3C, se considera que no precisa someterse a Evaluación de Impacto Ambiental por no existir impactos ambientales significativos con necesidad de aplicación de medidas correctoras de gran entidad.

En consecuencia, una vez analizadas las características del proyecto, la ubicación del mismo y su potencial impacto, vistos los informes obrantes en el expediente y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 1158/2013, de 31 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua,

RESUELVO:

1.º El Proyecto de Planta de producción y centro de investigación de productos de química fina en Nave número 61, Polígono Morea Sur, Beriain, promovido por Bioaz 14, S.L. que se incluye en el Anejo 4.A, aplicados los criterios del Anejo 3.C del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, no debe someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante en el plazo de un mes a contar desde su notificación.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de Beriáin y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de marzo de 2014.–El Director General de Medio Ambiente, Andrés Eciolaza Carballo.

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