BOLETÍN Nº 53 - 18 de marzo de 2014

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OCHAGAVÍA

Aprobación definitiva de la modificación
de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa
por suministro de agua y de la tasa por el servicio
de enterramiento, mantenimiento
y limpieza del cementerio municipal

El Ayuntamiento de Ochagavía en sesión celebrada en fecha 16 de diciembre de 2013 acordó la aprobación inicial de la modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por suministro de agua y de la tasa por el servicio de enterramiento, mantenimiento y limpieza del Cementerio Municipal.

Habiendo transcurrido el plazo de información pública, previa publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 10 de fecha 16 de enero de 2014 y en el tablón municipal, no han sido presentadas reclamaciones, reparos u observaciones, por lo que se entiende definitivamente aprobada publicándose a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

Ochagavía, 10 de marzo de 2014.–La Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Sáez García-Falces.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LA TASA POR EL SUMINISTRO DE AGUA

Artículo 5. Tarifas. Las tarifas por la prestación del servicio se girarán por los siguientes conceptos:

a) Por disponibilidad y mantenimiento del servicio de abastecimiento: doce euros (12,00 euros).

b) Por el suministro para usos domésticos, por cada metro cúbico consumido: cuarenta y siete céntimos (0,47 euros).

c) Por el suministro para usos industriales o de riegos, por cada metro cúbico consumido: cuarenta y siete céntimos (0,47 euros).

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA
POR EL SERVICIO DE ENTERRAMIENTO, MANTENIMIENTO
Y LIMPIEZA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL

Artículo 7. Cuota tributaria. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de enterramiento, limpieza y mantenimiento se exigirá por una sola vez al año y consistirá en la cantidad fija de treinta y cinco euros anuales (35,00 euros anuales).

Código del anuncio: L1403646