BOLETÍN Nº 53 - 18 de marzo de 2014

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ENÉRIZ

Asistencias e indemnizaciones cargos electos

El Ayuntamiento de Enériz, en sesión celebrada el pasado día cinco de marzo de dos mil catorce, adoptó el siguiente acuerdo:

Retribuciones corporativos.

Estudiado el expediente incoado para señalar retribuciones e indemnizaciones a los miembros de esta corporación.

Visto cuanto disponen los artículos 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Entes Locales y cuanto dispone la Ley Foral 23/2003, de 4 de abril.

Por la Corporación se acuerda:

1.º Establecer para el cargo de Alcalde de este ayuntamiento de Enériz la dedicación parcial, que se ejercerá en una jornada anual de 483 horas para la que se fija una retribución de 9.600 euros anuales.

2.º Fijar la siguiente asignación de asistencias a los Concejales: Por cada asistencia a sesión plenaria, Comisión Informativa o Grupo de Trabajo presidido por el Alcalde, la cantidad de 60 euros por Concejal.

3.º Determinar que los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por gasto efectivo ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente justificados, en los términos y cuantías que se establezcan cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las administraciones Públicas de Navarra.

4.º Que en cumplimiento de cuanto dispone el punto 5.º del artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local se publique este acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Foral y Tablón de Anuncios de la Corporación.

Lo que se hace público, en cumplimiento de cuanto determina el artículo 75,5 de la Ley de Bases de Régimen Local, a los efectos oportunos y para general conocimiento.

Enériz, 7 de marzo de 2014.–El Alcalde-Presidente, José Alberto Valencia Trueba.

Código del anuncio: L1403606