BOLETÍN Nº 51 - 14 de marzo de 2014

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación

Notificación para: Don Francisco Javier Sanz Huertas.

Acto que se notifica: Resolución número 302, de 3 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04180, interpuesto por don Francisco Javier Sanz Huertas contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 17175/12), sobre sanción por infracción normas de circulación, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 302 de 3 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Ordenar el archivo de las presentes actuaciones declarando concluso el expediente.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pedro Jesús Fernández Vaquero.

Acto que se notifica: Resolución número 210, de 28 de enero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04548, interpuesto por don Pedro Jesús Fernández Vaquero contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de junio de 2013 (expediente municipal número 419407/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 210 de 28 de enero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona el 4 de junio de 2013 por importe parcial de 81,63 euros para la recaudación en vía ejecutiva, entre otras, de una sanción en materia de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 419407/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pedro Jesús Fernández Vaquero.

Acto que se notifica: Resolución número 211, de 28 de enero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04549, interpuesto por don Pedro Jesús Fernández Vaquero contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de junio de 2013 (expediente municipal número 31907/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 211 de 28 de enero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona el 4 de junio de 2013 por importe parcial de 40,81 euros para la recaudación en vía ejecutiva, entre otras, de una sanción en materia de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 31907/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pedro Jesús Fernández Vaquero.

Acto que se notifica: Resolución número 212, de 28 de enero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04550, interpuesto por don Pedro Jesús Fernández Vaquero contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de junio de 2013 (expediente municipal número 276106/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 212 de 28 de enero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona el 4 de junio de 2013 por importe parcial de 40,45 euros para la recaudación en vía ejecutiva, entre otras, de una sanción en materia de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 276106/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Teófilo Erviti Eseverri.

Acto que se notifica: Resolución número 393, de 7 de febrero de2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04579, interpuesto por don Teófilo Erviti Eseverri contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Zizur Mayor de fecha 4 de octubre de 2013 (expediente municipal número 309/13), sobre sanción por no utilizar el conductor del vehículo el cinturón de seguridad o sistema de retención homologado, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 393 de 7 de febrero de2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra la resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Zizur Mayor de 4 de octubre de 2013 por la que se impuso multa por infracción grave de tráfico consistente en conducir sin utilizar el cinturón de seguridad (expediente municipal número 309/13); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Anthony Anderson Carrillo Machiz.

Acto que se notifica: Resolución número 394, de 7 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04580, interpuesto por don Anthony Anderson Carrillo Machiz contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Zizur Mayor de fecha 4 de octubre de 2013 (expediente municipal número 223/13), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 394 de 7 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra la resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Zizur Mayor de 4 de octubre de 2013 por la que se impuso multa por infracción leve de tráfico consistente en estacionar en zona reservada para carga y descarga (expediente municipal número 223/13); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Miguel Francés Gil Cuartero.

Acto que se notifica: Resolución número 253, de 30 de enero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04701, interpuesto por don José Miguel Francés Gil Cuartero contra providencia de apremio de la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de septiembre de 2013 (expediente municipal número 312585/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 253 de 30 de enero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio de 26 de septiembre de 2013 de la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona dictada por 40,06 euros y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 312585/11); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Miguel Ángel Vera Pérez.

Acto que se notifica: Resolución número 333, de 5 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04762, interpuesto por don Miguel Ángel Vera Pérez contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 8 de agosto de 2013 (expediente municipal número 591394/12), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 333 de 5 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 8 de agosto de 2013 por la que se impuso multa por la comisión de una infracción leve en materia de tráfico consistente en estacionar por tiempo superior al autorizado en el tique en una Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) (expediente sancionador número 591394/12); resolución que se confirma por ser ajustada a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ignacio San Julián Muerza.

Acto que se notifica: Resolución número 365, de 6 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-04768, interpuesto por don Ignacio San Julián Muerza contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 8 de agosto de 2013 (expediente municipal número 481597/12), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 365 de 6 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 8 de agosto de 2013 por la que se impuso multa por la comisión de una infracción leve en materia de tráfico consistente en estacionar por tiempo superior al autorizado en el tique en una Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) (expediente sancionador número 481597/12); resolución que se confirma por ser ajustada a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco Javier Benavente Andero.

Acto que se notifica: Resolución número 299, de 3 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-00008, interpuesto por don Francisco Javier Benavente Andero contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de fecha 28 de agosto de 2013 (expediente municipal número 1526/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 299 de 3 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio de 28 de agosto de 2013 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Estella/Lizarra en cuanto dictada en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 1526/11); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Suen Hiru Herb García.

Acto que se notifica: Resolución número 300, de 3 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-00009, interpuesto por don Suen Hiru Herb García contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra (expediente municipal número 2330/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 300 de 3 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio de 28 de agosto de 2013 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Estella/Lizarra en cuanto dictada en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 2330/11); acto que se anula por no ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Javier Carrillo de Albornoz Alfaro.

Acto que se notifica: Resolución número 368, de 6 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-00096, interpuesto por don Javier Carrillo de Albornoz Alfaro contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de junio de 2013 y embargo de bienes por importe de 82,13 euros (expediente municipal número 405830/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 368 de 6 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier Carrillo de Albornoz Alfaro, contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de junio de 2013 y embargo de bienes por importe de 82,13 euros (expediente municipal número 405830/09); acto que se anula por ser contrario al ordenamiento jurídico.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fernando Jara Lusarreta.

Acto que se notifica: Resolución número 370, de 6 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-00207, interpuesto por don Fernando Jara Lusarreta contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2 de octubre de 2013 (expediente municipal número 491507/12), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 370 de 6 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Fernando Jara Lusarreta, contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2 de octubre de 2013 (expediente municipal número 491507/12); acto que se anula por ser contrario al ordenamiento jurídico.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Juan Carlos Azcárate Urdiáin.

Acto que se notifica: Resolución número 371, de 6 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-00208, interpuesto por don Juan Carlos Azcárate Urdiáin contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2 de octubre de 2013 (expediente municipal número 720519/12), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 371 de 6 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Juan Carlos Azcárate Urdiáin, contra resolución sancionadora del Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2 de octubre de 2013 (expediente municipal número 720519/12); acto que se anula por ser contrario al ordenamiento jurídico.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Gabriel Saralegui Arribillaga.

Acto que se notifica: Resolución número 372, de 6 de febrero de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-00209, interpuesto por don Gabriel Saralegui Arribillaga contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2 de octubre de 2013 (expediente municipal número 768223/12), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 372 de 6 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Gabriel Saralegui Arribillaga, contra resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2 de octubre de 2013 (expediente municipal número 768223/12); acto que se anula por ser contrario al ordenamiento jurídico.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de marzo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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