BOLETÍN Nº 243 - 15 de diciembre de 2014

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Plan especial para instalación de ascensor en calle Bergamín 13-Modificación ficha XV-73 catálogo Plan Municipal de Pamplona. Aprobación definitiva

El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 21 de noviembre de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 21-NOV-14 (9/CU).

«Transcurrido el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial (JOB 7/UV de 16-09-2014) del Plan Especial para instalación de ascensor en el número 13 de la calle Bergamín-Modificación ficha XV-73 Catálogo Plan Municipal, sin que se hayan recibido alegaciones al respecto,

SE ACUERDA:

1.º Aprobar definitivamente el Plan Especial para instalación de ascensor en el número 13 de la calle Bergamín-Modificación ficha XV-73 Catálogo Plan Municipal, promovido por don Juan Antonio Franco Usoz en representación de la Comunidad de Propietarios de calle Bergamín, número 13.

2.º Dese traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del proyecto aprobado definitivamente al Gobierno de Navarra y publíquese en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de Anuncios municipal.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

L1416202_0.pdf

L1416202_1.pdf

Normativa.

“Artículo 1. Catálogo.

La Normativa correspondiente a la ficha del catálogo, en el apartado determinaciones particulares, se sustituye por el siguiente texto:

Determinaciones Particulares:

Eliminar levantes.

Eliminar cierres de balcones, a excepción de los que se planteen como consecuencia de la eliminación de barreras arquitectónicas en el edificio.

Eliminar revestimiento chaflán Bergamín-N. Villoslada en Farmacia que incluye el antepecho del balcón de la planta primera.

Tratamiento unitario de textura y color en todo el conjunto.

En el chaflán Bergamín-N. Villoslada, con fin de posibilitar la aplicación de la normativa correspondiente a la Sección Décima de la N.U.G.–Normas sobre instalación de ascensores, se permite la incorporación de la superficie correspondiente al balcón o terraza a las viviendas mediante su cierre, en la cuantía que corresponda, formando parte integrante de la pieza habitable orientada al mismo en todas las plantas. En la planta cuarta, con este mismo objeto, se permite la prolongación del alero, con el fin de posibilitar la cubrición y cierre del balcón y su incorporación a la vivienda. La carpintería de cierre no sobrepasará en ningún caso el antepecho existente, situándose en prolongación de las fachadas laterales a hoja interior. El cerramiento será totalmente acristalado permitiéndose la colocación de persianas.

Artículo 2. Definición volumétrica.

Las actuaciones se realizarán conforme a la propuesta definida en la Normativa Gráfica del presente Plan Especial únicamente en lo que atañe al volumen exterior de la edificación y al tratamiento de fachada, sin perjuicio de los ajustes que pudieran surgir en la redacción del proyecto por razones técnicas que, en cualquier caso se ajustarán a la Normativa del Catálogo, siendo libre la actuación en el interior de la edificación.

Artículo 3. Materiales.

Los materiales que se utilizarán en la construcción del cerramiento en el balcón serán de carpintería de madera similar a la existente, con vidrio de doble hoja, según CTE, y persiana.”

Pamplona, 26 de noviembre de 2014.–El Alcalde, Enrique Maya Miranda.

Código del anuncio: L1416202