BOLETÍN Nº 154 - 7 de agosto de 2014

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

IRURTZUN

Aprobación definitiva de modificación
pormenorizada del Plan Municipal

El Ayuntamiento de Irurtzun, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2014, adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente la modificación del artículo 5.2 de la Ordenanza de Edificación del Plan Urbanístico, para incluir en el mismo un nuevo apartado, con el siguiente texto.

Regulación de edificaciones auxiliares abiertas, porche, en viviendas unifamiliares.

Estos porches deberán reunir las siguientes características y condiciones:

  • Limite de superficie edificable u ocupación en planta de 30 m². Podrá ocupar el ancho de la parcela y máximo 5 metros de fondo.
  • Altura máxima a cumbrera 3,50 metros.
  • Cubierta inclinada con terminación en teja.
  • Madera en estructura soporte o vista.
  • Deberá ser abierto, porche (excepto en medianerías).
  • No podrá incorporarse a la vivienda.
  • Deberá transcurrir al menos dos años desde la obtención de la licencia de primera utilización para la solicitud de licencia de construcción de anexos... etc.
  • Cuando la parte no edificada de la parcela tenga una superficie inferior a los 30 m² y ancho menor de 3 metros, podrá cubrirse el 100%.
  • Se prohíbe verter aguas a parcelas colindantes”.

Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo y el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Irurtzun, 3 de julio de 2014.–El Alcalde, Juan José Iriarte Vitoria.

Código del anuncio: L1410563