BOLETÍN Nº 139 - 17 de julio de 2014

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 2 de julio de 2014, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto “Transporte de las aguas residuales del barrio de Alkerdi en Urdax”.

Mediante Resolución 123/2014, de 3 de abril, del Director General de Administración Local, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto de referencia y la relación de bienes y derechos afectados.

Transcurrido el plazo de información pública, a través de Resolución 279/2014, de 10 de junio, del Director General de Administración Local, se aprobó definitivamente el proyecto mencionado, así como la relación de bienes y derechos afectados.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto se fundamenta en que la rápida ejecución de las obras es imprescindible para solucionar de forma inmediata la problemática medioambiental que implica el vertido de este barrio, que no recibe en la actualidad ningún tipo de depuración. El proyecto prevé la conexión del vertido a la depuradora de Zugarramurdi.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por “Navarra de Infraestructuras Locales, S.A.” (NILSA), y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

ACUERDA

1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto “Transporte de las aguas residuales del barrio de Alkerdi en Urdax”.

2.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, produciendo efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa y que el mismo puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar este Acuerdo a Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. (NILSA).

Pamplona, 2 de julio de 2014.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, F. Javier Morrás Iturmendi.

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